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Viendo información de trámite

Tramita la Constancia de Baja en el Padrón Municipal de Licencias de Funcionamiento. (Constancia de Baja en el Padrón Municipal de Licencias de Funcionamiento.)


Descripción:

Es el documento oficial que acredita la baja del registro activo en el Padrón Municipal de Licencias de Funcionamiento.

Código:
TR-280100-021
Revisión:
13
Fecha de creación:
23/FEB/2016
Última actualización:
31/OCT/2024
Tipo:
Trámite
Dependencia:
Secretaría de Desarrollo Económico
Dirección:
Dirección de Impulso Económico
Clasificación:
Empresas, Negocios, Comercios y Particulares
Tipo de trámite:
Municipal.
Dirigido a:
Personas físicas o morales.
Vigencia del documento:
6 meses.

Beneficio del trámite:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Constancia de Baja.

En que casos se debe presentar el trámite:

Cuando se requiera acreditar no contar con registro activo en el Padrón Municipal de Licencias de Funcionamiento.
RequisitosOriginalCopias
1. Aviso de Suspensión de Actividades o Baja Licencia Municipal de Funcionamiento (FM-170303-006) con sello, rubrica del personal municipal y debidamente firmado en el rubro de Requiere Constancia.SiN/A
2. Identificación oficial vigente con fotografía (IFE, INE, pasaporte, cédula profesional y FM-2 o residencia permanente para extranjeros).No1
3. Acta Constitutiva inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, o dependencia afín (aplica para personas morales). - Poder Notarial que valide su representación legal para actos de administración, en casos donde el/la representante legal no figure en el Acta Constitutiva o cuando el/la titular no pueda firmar el trámite.No1
4. En caso de ser el/la titular del predio, presentar documento que acredite la propiedad.Si1
5. En caso de no contar con el formato FM-170303-006 anteriormente señalado, podrá utilizar el formato "Solicitud de Constancia de No Registro en el Padrón Municipal de Licencias de Funcionamiento" (FM-170303-010), haciendo la observación correspondiente.SiN/A
6. Constancia que acredite la representación legal mediante documento oficial, y/o lo que en su caso sea requerido por la autoridad Municipal, para casos en donde un tercero no acreditado mediante Acta Constitutiva o Poder Notarial acuda a realizar el trámite (aplica para personas morales).No1

Información adicional:

Ver comentarios.

Críterios de Resolución

Deberá contar con la documentación completa y pagar los derechos correspondientes.
Deberá acreditar el cumplimiento de la obligación relativa al pago del Impuesto Predial, que ampare al mismo periodo de expedición que  la Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento.

¿Requiere inspección o verificación?


Objetivo de la inspección o verificación

Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

  • El trámite deberá ser solicitado y realizado por la persona física o el representante legal de la persona moral a quién se emitirá la Constancia de Baja. En caso de que un tercero requiera solicitarlo o realizarlo deberá presentar constancia que acredite la representación legal mediante documento oficial y/o lo que en su caso sea requerido por la autoridad Municipal (aplica para personas morales).
  • La Constancia de Baja en el Padrón Municipal de Licencias de Funcionamiento será de 180 días naturales a partir de la fecha de expedición.
  • Sólo se emitirán Constancias de Baja a nombre del/de la titular de la Licencia Municipal de Funcionamiento o dueño/a del predio.
  • El tiempo de aplicación de pagos realizados en Oxxo, Matador, Super Q y bancos será de cinco días.
  • De conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro, las solicitudes se presentarán en las ventanillas de atención de la administración pública municipal o a través de medios electrónicos, junto con los requisitos necesarios para su trámite.
  • Conforme a lo establecido en el artículo 9 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro, en caso de documentación incompleta se requerirá al solicitante a fin de que subsane la omisión dentro del término de 5 días hábiles. Transcurrido el plazo sin que el interesado subsane la prevención, se dará de baja automáticamente la solicitud de Licencia o, en su caso, la Licencia emitida o trámite realizado.
  • Los plazos de prevención empezarán a contar a partir del día hábil siguiente al que la persona interesada reciba el requerimiento, salvo para trámites en línea a través de herramientas informáticas, supuesto en el que el plazo de prevención empezará a contar al momento de realizar la solicitud. En caso de que el solicitante no cumpla con el requerimiento formulado por la autoridad, se hará efectivo el apercibimiento realizado en el requerimiento.
  • Una vez expedida la Licencia correspondiente, la persona titular de la misma se encuentra obligada a cumplir con todas las condicionantes dentro del plazo que se determine, lo cual le será requerido para su refrendo. En caso de incumplimiento se impondrán las sanciones estipuladas en el Reglamento de Simplificación y demás normas aplicables, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro.
  • El tiempo de aplicación de pagos realizados en Oxxo, Súper Q, Matador y bancos será de cinco días.
  • Teléfono de atención: (442) 238 7700 Ext. 6783, 6784, 6785 y 6786.

Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

- Acudir al centro de atención especificado. 
- Presentarse en la Ventanilla de Atención.
- Entregar al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. 
- Realizar el pago de tu trámite.
- Recibir constancia.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

De 08:15 a 15:30 hrs.


Costos:

                        

2.05 UMA

 


Formas de Pago aceptadas:

 Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Tarjeta de Débito

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

Inmediato.

Opción de tiempo:

Respuesta Inmediata

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

  • Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos.
  • Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.
  • Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro vigente.
  • Código Municipal de Querétaro.
  • Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles en el Municipio de Querétaro.
  • Reglamento de Simplificación del Municipio de Querétaro

Registro de Regulaciones

Documentos

Carta poder simple Ver Descargar
FM-170303-006 Aviso de Suspensión de Actividades o Baja (REV10) Ver Descargar
Solicitud de Constancia de No Registro Ver Descargar

Contacto

Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.



Tramita la Constancia de Baja en el Padrón Municipal de Licencias de Funcionamiento.


(Constancia de Baja en el Padrón Municipal de Licencias de Funcionamiento.)

Descripción:

Es el documento oficial que acredita la baja del registro activo en el Padrón Municipal de Licencias de Funcionamiento.

Código: TR-280100-021
Revisión: 13
Fecha de creación: 23/FEB/2016
Última actualización: 31/OCT/2024
Tipo: Trámite
Dependencia: Secretaría de Desarrollo Económico
Dirección: Dirección de Impulso Económico
Clasificación: Empresas, Negocios, Comercios y Particulares
Tipo de trámite: Municipal.
Dirigido a: Personas físicas o morales.
Vigencia del documento: 6 meses.

Beneficio del Trámite o Servicio:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Constancia de Baja.

En que casos se debe presentar el trámite:

Cuando se requiera acreditar no contar con registro activo en el Padrón Municipal de Licencias de Funcionamiento.
RequisitosOriginalCopias
1. Aviso de Suspensión de Actividades o Baja Licencia Municipal de Funcionamiento (FM-170303-006) con sello, rubrica del personal municipal y debidamente firmado en el rubro de Requiere Constancia.SiN/A
2. Identificación oficial vigente con fotografía (IFE, INE, pasaporte, cédula profesional y FM-2 o residencia permanente para extranjeros).No1
3. Acta Constitutiva inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, o dependencia afín (aplica para personas morales). - Poder Notarial que valide su representación legal para actos de administración, en casos donde el/la representante legal no figure en el Acta Constitutiva o cuando el/la titular no pueda firmar el trámite.No1
4. En caso de ser el/la titular del predio, presentar documento que acredite la propiedad.Si1
5. En caso de no contar con el formato FM-170303-006 anteriormente señalado, podrá utilizar el formato "Solicitud de Constancia de No Registro en el Padrón Municipal de Licencias de Funcionamiento" (FM-170303-010), haciendo la observación correspondiente.SiN/A
6. Constancia que acredite la representación legal mediante documento oficial, y/o lo que en su caso sea requerido por la autoridad Municipal, para casos en donde un tercero no acreditado mediante Acta Constitutiva o Poder Notarial acuda a realizar el trámite (aplica para personas morales).No1

Información adicional:

Ver comentarios.

Críterios de Resolución

Deberá contar con la documentación completa y pagar los derechos correspondientes. Deberá acreditar el cumplimiento de la obligación relativa al pago del Impuesto Predial, que ampare al mismo periodo de expedición que la Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento.

¿Requiere inspección o verificación?


Objetivo de la inspección o verificación

Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

  • El trámite deberá ser solicitado y realizado por la persona física o el representante legal de la persona moral a quién se emitirá la Constancia de Baja. En caso de que un tercero requiera solicitarlo o realizarlo deberá presentar constancia que acredite la representación legal mediante documento oficial y/o lo que en su caso sea requerido por la autoridad Municipal (aplica para personas morales).
  • La Constancia de Baja en el Padrón Municipal de Licencias de Funcionamiento será de 180 días naturales a partir de la fecha de expedición.
  • Sólo se emitirán Constancias de Baja a nombre del/de la titular de la Licencia Municipal de Funcionamiento o dueño/a del predio.
  • El tiempo de aplicación de pagos realizados en Oxxo, Matador, Super Q y bancos será de cinco días.
  • De conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro, las solicitudes se presentarán en las ventanillas de atención de la administración pública municipal o a través de medios electrónicos, junto con los requisitos necesarios para su trámite.
  • Conforme a lo establecido en el artículo 9 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro, en caso de documentación incompleta se requerirá al solicitante a fin de que subsane la omisión dentro del término de 5 días hábiles. Transcurrido el plazo sin que el interesado subsane la prevención, se dará de baja automáticamente la solicitud de Licencia o, en su caso, la Licencia emitida o trámite realizado.
  • Los plazos de prevención empezarán a contar a partir del día hábil siguiente al que la persona interesada reciba el requerimiento, salvo para trámites en línea a través de herramientas informáticas, supuesto en el que el plazo de prevención empezará a contar al momento de realizar la solicitud. En caso de que el solicitante no cumpla con el requerimiento formulado por la autoridad, se hará efectivo el apercibimiento realizado en el requerimiento.
  • Una vez expedida la Licencia correspondiente, la persona titular de la misma se encuentra obligada a cumplir con todas las condicionantes dentro del plazo que se determine, lo cual le será requerido para su refrendo. En caso de incumplimiento se impondrán las sanciones estipuladas en el Reglamento de Simplificación y demás normas aplicables, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro.
  • El tiempo de aplicación de pagos realizados en Oxxo, Súper Q, Matador y bancos será de cinco días.
  • Teléfono de atención: (442) 238 7700 Ext. 6783, 6784, 6785 y 6786.

Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

- Acudir al centro de atención especificado. 
- Presentarse en la Ventanilla de Atención.
- Entregar al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. 
- Realizar el pago de tu trámite.
- Recibir constancia.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

De 08:15 a 15:30 hrs.

Costos:


                                

Formas de Pago aceptadas:

Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Tarjeta de Débito

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

Inmediato.

Opción de tiempo:

Respuesta Inmediata

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

  • Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos.
  • Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.
  • Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro vigente.
  • Código Municipal de Querétaro.
  • Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles en el Municipio de Querétaro.
  • Reglamento de Simplificación del Municipio de Querétaro

Registro de Regulaciones

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Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

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* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.

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