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Renovación de la Licencia Municipal de Funcionamiento. (Renovación de la Licencia Municipal de Funcionamiento.)


Descripción:

Refrendo de la Licencia Municipal de Funcionamiento (Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento), previo cumplimiento de las condicionantes establecidas en su última expedición y nuevas disposiciones en materia.

Código:
TR-280100-010
Revisión:
21
Fecha de creación:
18/FEB/2016
Última actualización:
28/MAY/2026
Tipo:
Trámite
Dependencia:
Secretaría de Desarrollo Económico
Dirección:
Dirección de Impulso Económico
Clasificación:
Empresas, Negocios, Comercios y Particulares
Tipo de trámite:
Municipal.
Dirigido a:
El/la titular de la Licencia Municipal de Funcionamiento.
Vigencia del documento:
Anual con vigencia al 31 de diciembre de cada ejercicio fiscal. Modalidad Multianual con vigencia por: 2 años o 3 años.

Beneficio del trámite:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento.

En que casos se debe presentar el trámite:

Periodo ordinario: 02 Enero a 30 junio 2026
RequisitosOriginalCopias
1. Última Licencia Municipal de Funcionamiento.NoN/A
2. Identificación oficial vigente del tramitante, si es distinta a aquella que tramitó la Licencia a renovar (INE, IFE, Cartilla Militar, Pasaporte, FM2, Cédula Profesional).No1
3. Constancia que acredite la representación legal del tramitante mediante documento oficial y/o lo que en su caso sea requerido por la autoridad Municipal (Licencias a nombre de personas morales).SiN/A
4. Acreditar el cumplimiento de los requisitos por lo que haya quedado condicionada la Licencia Municipal de Funcionamiento.SiN/A
5. Establecimientos de riesgo bajo y medio: -Visto Bueno 2025 de la Coordinación Municipal de Protección Civil, y Carta compromiso firmada por la persona solicitante. -O en su caso Visto Bueno 2026 de Protección Civil. *Establecimientos de riesgo alto: Visto Bueno 2026 de la Coordinación Municipal de Protección Civil. No1
6. Deberá acreditarse el cumplimiento de la obligación relativa al pago del Impuesto Predial, vigente (validación vía Sistema de Información Municipal SIM).NoN/A
7. Los demás requisitos que establezcan las disposiciones legales aplicables en materia de operación de establacimientos mercantiles y/o Licencias de Funcionamiento.No1

Información adicional:

 

Críterios de Resolución

Deberá contar con las condicionantes según el giro y las características del establecimiento, así como efectuar el pago de los derechos correspondientes.
Para la autorización de la Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento o de la autorización de la Licencia Municipal de Funcionamiento, deberá acreditarse el cumplimiento de la obligación relativa al pago del Impuesto Predial, vigente.

¿Requiere inspección o verificación?


Objetivo de la inspección o verificación

 Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

  • De conformidad con lo establecido en el artículo 51, fracción IV, de la Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2026, para la autorización de la Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento o de la autorización de la Licencia Municipal de Funcionamiento, deberá acreditarse el cumplimiento de la obligación relativa al pago del Impuesto Predial, vigente.

  • Tratándose de placas de empadronamiento municipal de funcionamiento con vigencia de dos o tres años, la Secretaria de Desarrollo Económico, verificara durante el primer bimestre del ejercicio fiscal que corresponda, que el pago del Impuesto Predial anual se haya realizado; en caso de incumplimiento a dicha obligación, la citada dependencia procederá a revocar la placa de empadronamiento. 

  • Se deberá cumplir las observaciones y condicionantes de la Licencia Municipal de Funcionamiento.
  • Los establecimientos que por su ubicación o giro estén obligados a cubrir un derecho y/o impuesto adicional, deberán liquidarlo al momento de su renovación.
  • De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro, respecto a los trámites de riesgo bajo y medio, si no se acredita al momento de la solicitud el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos previstos en la Cédula de Trámite, la respuesta será condicionada al cumplimiento de los mismos, con excepción de  los requisitos que se establecen en el artículo 17 del mismo Reglamento como requisitos indispensables, los requisitos a los que se refiere este apartado son los siguientes:
  1. Acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Cédula de Trámite correspondiente o realizar la manifestación a que se refiere el artículo 7 del presente ordenamiento;
  2. Identificación oficial vigente de la persona que realiza el trámite, si es distinta a aquella que tramitó la licencia a renovar;
  3. Documentación que acredite la representación legal de la persona que realiza el trámite, si la titular es persona moral;
  4. Carta compromiso firmada por la persona solicitante para tramitar el Visto Bueno ante la Dirección de Protección Civil;
  5. Acreditar el cumplimiento a los requisitos por los que haya quedado condicionada la Licencia Municipal de Funcionamiento a partir de su primera expedición mediante el trámite de simplificación, y
  6. Deberá acreditarse el cumplimiento de la obligación relativa al pago del Impuesto Predial, vigente.
  7. Dictamen Técnico posterior al 13 de septiembre de 2017 y Visto Bueno vigente de la Secretaría de Movilidad, póliza y pago de seguro validada para el año en curso con cobertura de Responsabilidad Civil por $150,000.00. Para trámites de estacionamiento público.
  8. Visto Bueno emitido por la Coordinación Municipal de Protección Civil.

    Establecimientos de riesgo bajo y medio: 
    -Visto Bueno 2025 de la Coordinación Municipal de Protección Civil, y Carta compromiso firmada por la persona solicitante. 
    -En su caso Visto Bueno 2026 de Protección Civil. 

    *Establecimientos de riesgo alto: Visto Bueno 2026 de la Coordinación Municipal de Protección Civil.

  9. Licencia Ambiental Municipal vigente.

  10. Copia de la Obligación del Impuesto Estatal al mes corriente. Para hoteles.

  11. Autorización de Mobiliario en Vía Pública.

  12. Visto Bueno de la Delegación correspondiente de acuerdo a su demarcación. Si aplica.
  • De conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro, las solicitudes se presentarán en las ventanillas de atención de la administración pública municipal o a través de medios electrónicos, junto con los requisitos necesarios para su trámite.
  • De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro, en caso de documentación incompleta se requerirá al solicitante a fin de que subsane la omisión dentro del término de 5 días hábiles. Transcurrido el plazo sin que el interesado subsane la prevención, se dará de baja automáticamente la solicitud de Licencia o, en su caso, la Licencia emitida.
  • Los plazos de prevención empezarán a contar a partir del día hábil siguiente al que la persona interesada reciba el requerimiento, salvo para trámites en línea a través de herramientas informáticas, supuesto en el que el plazo de prevención empezará a contar al momento de realizar la solicitud. En caso de que el solicitante no cumpla con el requerimiento formulado por la autoridad, se hará efectivo el apercibimiento realizado en el requerimiento.
  • Una vez expedida la Licencia correspondiente, la persona titular de la misma se encuentra obligada a cumplir con todas las condicionantes dentro del plazo que se determine, lo cual le será requerido para su refrendo. En caso de incumplimiento se impondrán las sanciones estipuladas en el Reglamento de Simplificación y demás normas aplicables, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro.
  • Las Licencias Municipales de Funcionamiento con almacenaje, venta, porteo o consumo de bebidas alcohólicas podrán efectuar su renovación en las ventanillas del Centro Cívico o en cualquiier Delegación Municipal excepto Villa Cayetano Rubio.
  • El tiempo de aplicación de pagos realizados en Oxxo, Súper Q, Matador y bancos será de 48 horas.
  • Teléfono de atención: (442) 238 7700 Ext. 6782, 6785, 6786 y 6787.

Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

- Acudir a Centro Cívico Querétaro o a la delegación municipal de su preferencia, excepto Villa Cayetano Rubio.
- Presentarse en la Ventanilla de Licencias de Funcionamiento.
- Entregar al/a la Verificador/a de Licencias de Funcionamiento los requisitos solicitados. 
- Realizar el pago de derechos del trámite.
- Recibir la Licencia Municipal de Funcionamiento.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Realiza este trámite en línea:

Comenzar trámite

- Ingresa a la liga de la Ventanilla Digital desde la página de internet del Municipio.
- Crea tu perfil como persona física o moral. 
- Acepta los términos y condiciones para realizar el trámite en línea.
- Ingresa tu número de Licencia Municipal de Funcionamiento y correo electrónico.
- Imprime el pase de caja y realiza el pago. 
-Recibe mediante correo electrónico la Licencia Municipal de Funcionamiento.  


Horarios de Atención:

De 08:15 a 16:00 horas en Ventanillas de Licencias de Funcionamiento.


Costos:

                        

Renovación Giro General 1 año  : Enero a Marzo 2.55 UMA. Abril a Junio 3.18 UMA. Julio a Diciembre 3.35 UMA.

Renovación Giro General 2 años riesgo bajo : 5.10 UMA.

Renovación Giro General 3 años riesgo bajo: 7.65 UMA.

Renovación Giro Industrial: 89 UMA.

Renovación Alcoholes Envase Cerrado primer semestre del año:  25 UMA. Renovación Alcoholes Envase Cerrado segundo semestre del año: 75 UMA.

Renovación Alcoholes Envase Abierto primer semestre del año: 37.50 UMA. Renovación Alcoholes Envase Abierto segundo semestre del año: 100 UMA.

Renovación Centro Nocturno y Centro de Juegos: 890.24 UMA .

 Al momento de realizar el refrendo de la Placa de Empadronamiento podrán cobrarse impuestos o derechos derivados, tal es el caso de piso en mercados municipales y vía pública, gafete, servicio municipal de recolección de residuos urbanos, pagos mensuales aplicables, etc.


Formas de Pago aceptadas:

 Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Cheque
Pago con Cheque Certificado
Pago con Tarjeta de Débito

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

Inmediato.

Opción de tiempo:

Respuesta Inmediata

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro.
  • Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro.
  • Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.
  • Ley sobre Bebidas Alcohólicas del Estado de Querétaro.
  • Código Municipal de Querétaro.
  • Reglamento Ambiental del Municipio de Querétaro.
  • Reglamento de Estacionamientos y Servicio de Recepción y Depósito de Vehículos del Municipio de Querétaro.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de Servicios Públicos Municipales de Querétaro.
  • Reglamento para el Almacenaje, Venta, Porteo y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Municipio de Querétaro.
  • Reglamento de Protección Civil  del Municipio de Querétaro.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de Movilidad del Municipio de Querétaro.
  • Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles en el Municipio de Querétaro.
  • Reglamento de Simplificación de Municipio de Querétaro.

Registro de Regulaciones

Documentos

Carta poder simple (10) Ver Descargar

Contacto

Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.



Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.



Renovación de la Licencia Municipal de Funcionamiento.


(Renovación de la Licencia Municipal de Funcionamiento.)

Descripción:

Refrendo de la Licencia Municipal de Funcionamiento (Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento), previo cumplimiento de las condicionantes establecidas en su última expedición y nuevas disposiciones en materia.

Código: TR-280100-010
Revisión: 21
Fecha de creación: 18/FEB/2016
Última actualización: 28/MAY/2026
Tipo: Trámite
Dependencia: Secretaría de Desarrollo Económico
Dirección: Dirección de Impulso Económico
Clasificación: Empresas, Negocios, Comercios y Particulares
Tipo de trámite: Municipal.
Dirigido a: El/la titular de la Licencia Municipal de Funcionamiento.
Vigencia del documento: Anual con vigencia al 31 de diciembre de cada ejercicio fiscal. Modalidad Multianual con vigencia por: 2 años o 3 años.

Beneficio del Trámite o Servicio:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento.

En que casos se debe presentar el trámite:

Periodo ordinario: 02 Enero a 30 junio 2026
RequisitosOriginalCopias
1. Última Licencia Municipal de Funcionamiento.NoN/A
2. Identificación oficial vigente del tramitante, si es distinta a aquella que tramitó la Licencia a renovar (INE, IFE, Cartilla Militar, Pasaporte, FM2, Cédula Profesional).No1
3. Constancia que acredite la representación legal del tramitante mediante documento oficial y/o lo que en su caso sea requerido por la autoridad Municipal (Licencias a nombre de personas morales).SiN/A
4. Acreditar el cumplimiento de los requisitos por lo que haya quedado condicionada la Licencia Municipal de Funcionamiento.SiN/A
5. Establecimientos de riesgo bajo y medio: -Visto Bueno 2025 de la Coordinación Municipal de Protección Civil, y Carta compromiso firmada por la persona solicitante. -O en su caso Visto Bueno 2026 de Protección Civil. *Establecimientos de riesgo alto: Visto Bueno 2026 de la Coordinación Municipal de Protección Civil. No1
6. Deberá acreditarse el cumplimiento de la obligación relativa al pago del Impuesto Predial, vigente (validación vía Sistema de Información Municipal SIM).NoN/A
7. Los demás requisitos que establezcan las disposiciones legales aplicables en materia de operación de establacimientos mercantiles y/o Licencias de Funcionamiento.No1

Información adicional:


Críterios de Resolución

Deberá contar con las condicionantes según el giro y las características del establecimiento, así como efectuar el pago de los derechos correspondientes. Para la autorización de la Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento o de la autorización de la Licencia Municipal de Funcionamiento, deberá acreditarse el cumplimiento de la obligación relativa al pago del Impuesto Predial, vigente.

¿Requiere inspección o verificación?


Objetivo de la inspección o verificación

 Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

  • De conformidad con lo establecido en el artículo 51, fracción IV, de la Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro, Qro., para el Ejercicio Fiscal 2026, para la autorización de la Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento o de la autorización de la Licencia Municipal de Funcionamiento, deberá acreditarse el cumplimiento de la obligación relativa al pago del Impuesto Predial, vigente.

  • Tratándose de placas de empadronamiento municipal de funcionamiento con vigencia de dos o tres años, la Secretaria de Desarrollo Económico, verificara durante el primer bimestre del ejercicio fiscal que corresponda, que el pago del Impuesto Predial anual se haya realizado; en caso de incumplimiento a dicha obligación, la citada dependencia procederá a revocar la placa de empadronamiento. 

  • Se deberá cumplir las observaciones y condicionantes de la Licencia Municipal de Funcionamiento.
  • Los establecimientos que por su ubicación o giro estén obligados a cubrir un derecho y/o impuesto adicional, deberán liquidarlo al momento de su renovación.
  • De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro, respecto a los trámites de riesgo bajo y medio, si no se acredita al momento de la solicitud el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos previstos en la Cédula de Trámite, la respuesta será condicionada al cumplimiento de los mismos, con excepción de  los requisitos que se establecen en el artículo 17 del mismo Reglamento como requisitos indispensables, los requisitos a los que se refiere este apartado son los siguientes:
  1. Acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Cédula de Trámite correspondiente o realizar la manifestación a que se refiere el artículo 7 del presente ordenamiento;
  2. Identificación oficial vigente de la persona que realiza el trámite, si es distinta a aquella que tramitó la licencia a renovar;
  3. Documentación que acredite la representación legal de la persona que realiza el trámite, si la titular es persona moral;
  4. Carta compromiso firmada por la persona solicitante para tramitar el Visto Bueno ante la Dirección de Protección Civil;
  5. Acreditar el cumplimiento a los requisitos por los que haya quedado condicionada la Licencia Municipal de Funcionamiento a partir de su primera expedición mediante el trámite de simplificación, y
  6. Deberá acreditarse el cumplimiento de la obligación relativa al pago del Impuesto Predial, vigente.
  7. Dictamen Técnico posterior al 13 de septiembre de 2017 y Visto Bueno vigente de la Secretaría de Movilidad, póliza y pago de seguro validada para el año en curso con cobertura de Responsabilidad Civil por $150,000.00. Para trámites de estacionamiento público.
  8. Visto Bueno emitido por la Coordinación Municipal de Protección Civil.

    Establecimientos de riesgo bajo y medio: 
    -Visto Bueno 2025 de la Coordinación Municipal de Protección Civil, y Carta compromiso firmada por la persona solicitante. 
    -En su caso Visto Bueno 2026 de Protección Civil. 

    *Establecimientos de riesgo alto: Visto Bueno 2026 de la Coordinación Municipal de Protección Civil.

  9. Licencia Ambiental Municipal vigente.

  10. Copia de la Obligación del Impuesto Estatal al mes corriente. Para hoteles.

  11. Autorización de Mobiliario en Vía Pública.

  12. Visto Bueno de la Delegación correspondiente de acuerdo a su demarcación. Si aplica.
  • De conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro, las solicitudes se presentarán en las ventanillas de atención de la administración pública municipal o a través de medios electrónicos, junto con los requisitos necesarios para su trámite.
  • De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro, en caso de documentación incompleta se requerirá al solicitante a fin de que subsane la omisión dentro del término de 5 días hábiles. Transcurrido el plazo sin que el interesado subsane la prevención, se dará de baja automáticamente la solicitud de Licencia o, en su caso, la Licencia emitida.
  • Los plazos de prevención empezarán a contar a partir del día hábil siguiente al que la persona interesada reciba el requerimiento, salvo para trámites en línea a través de herramientas informáticas, supuesto en el que el plazo de prevención empezará a contar al momento de realizar la solicitud. En caso de que el solicitante no cumpla con el requerimiento formulado por la autoridad, se hará efectivo el apercibimiento realizado en el requerimiento.
  • Una vez expedida la Licencia correspondiente, la persona titular de la misma se encuentra obligada a cumplir con todas las condicionantes dentro del plazo que se determine, lo cual le será requerido para su refrendo. En caso de incumplimiento se impondrán las sanciones estipuladas en el Reglamento de Simplificación y demás normas aplicables, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro.
  • Las Licencias Municipales de Funcionamiento con almacenaje, venta, porteo o consumo de bebidas alcohólicas podrán efectuar su renovación en las ventanillas del Centro Cívico o en cualquiier Delegación Municipal excepto Villa Cayetano Rubio.
  • El tiempo de aplicación de pagos realizados en Oxxo, Súper Q, Matador y bancos será de 48 horas.
  • Teléfono de atención: (442) 238 7700 Ext. 6782, 6785, 6786 y 6787.

Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

- Acudir a Centro Cívico Querétaro o a la delegación municipal de su preferencia, excepto Villa Cayetano Rubio.
- Presentarse en la Ventanilla de Licencias de Funcionamiento.
- Entregar al/a la Verificador/a de Licencias de Funcionamiento los requisitos solicitados. 
- Realizar el pago de derechos del trámite.
- Recibir la Licencia Municipal de Funcionamiento.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Realiza este trámite en línea:

Comenzar trámite

- Ingresa a la liga de la Ventanilla Digital desde la página de internet del Municipio.
- Crea tu perfil como persona física o moral. 
- Acepta los términos y condiciones para realizar el trámite en línea.
- Ingresa tu número de Licencia Municipal de Funcionamiento y correo electrónico.
- Imprime el pase de caja y realiza el pago. 
-Recibe mediante correo electrónico la Licencia Municipal de Funcionamiento.  


Horarios de Atención:

De 08:15 a 16:00 horas en Ventanillas de Licencias de Funcionamiento.

Costos:


                                    

Formas de Pago aceptadas:

Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Cheque
Pago con Cheque Certificado
Pago con Tarjeta de Débito

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

Inmediato.

Opción de tiempo:

Respuesta Inmediata

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro.
  • Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro.
  • Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.
  • Ley sobre Bebidas Alcohólicas del Estado de Querétaro.
  • Código Municipal de Querétaro.
  • Reglamento Ambiental del Municipio de Querétaro.
  • Reglamento de Estacionamientos y Servicio de Recepción y Depósito de Vehículos del Municipio de Querétaro.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de Servicios Públicos Municipales de Querétaro.
  • Reglamento para el Almacenaje, Venta, Porteo y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Municipio de Querétaro.
  • Reglamento de Protección Civil  del Municipio de Querétaro.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de Movilidad del Municipio de Querétaro.
  • Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles en el Municipio de Querétaro.
  • Reglamento de Simplificación de Municipio de Querétaro.

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Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.

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