Descripción:
Brindar Certeza jurídica a la población poseedora de predios irregulares de origen de Propiedad Privada del Municipio de Querétaro, a través de la entrega de una Escritura Pública.
Beneficio del trámite:
Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.
Documento ó comprobante:
Escritura Pública
En que casos se debe presentar el trámite:
Cuando cumpla con los requisitos que marca la Ley para la Regularización de Asentamientos Humanos Irregulares, Predios Urbanos, Predios Rústicos, Predios Familiares y Predios Sociales del Estado de Querétaro. (Vigente)
Requisitos | Original | Copias |
---|---|---|
Solicitud de Inicio del Procedimiento de la Regularización. | Si | 1 |
Nombres y firmas de los representantes de la Asociación que promueve la regularización. | Si | 1 |
Documento que acredite la personalidad jurídica de sus respresentantes (Acta Constitutiva) | No | 1 |
Domicilio para recibir notificaciones (puede ir señalado dentro de la solicitud de inicio) | Si | 1 |
Identificación geográfica del Asentamiento (croquis o plano que contenga las calles, manzanas y toda división interna del Asentamiento) | Si | 1 |
Certificados de ropiedad y de libertad de gravamen expedidos por el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Querétaro. | Si | 1 |
La indicación del estado que guarda el Asentamiento en relación con antigüedad, la propiedad y los trámites realizados ante las autoridades respecto de la regularización y peticiones de servicios públicos o infraestructura urbana. | No | 1 |
Listado de los poseedores del Asentamiento Humano expedida por el promovente, indicando la ubicación de los predios en relación al croquis o plano exhibido. | Si | 1 |
Información adicional:
- Se deberá cumplir con el porcentaje de habitabilidad que marca la Ley. - No encontrarse en zonas de riesgo. - Contar con el uso de suelo adecuado. - El predio no deberá estar en algún proceso jurídico. - Contratar a una empresa para elaboración de plano de lotificación.
Críterios de Resolución
Es necesario que exista una Asociación de Colonos constituida jurídicamente y que el propietario este de acuerdo con el trámite de regularización.
¿Requiere inspección o verificación?
No
Objetivo de la inspección o verificación
No Aplica
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
Para cualquier información, favor de comunicarse al teléfono (442) 2387700 ext. 6253
Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Pasos para Realizar Tramite Presencial:
- La Asociación de Colonos deberá acudir a la oficina de la Dirección de Regularización Territorial. - Anunciarse y realizar su registro en la Recepción. - La persona de Recepción lo canalizará con el funcionario indicado. - Entregar la documentación enunciada en los requisitos para su revisión. - Se deberán proporcionar datos personales para contacto futuro. - Se realizará el análisis de los documentos entregados y se determinará si es viable iniciar el procedimiento de regularización, una vez realizado se le informará la respuesta al ciudadano. - Una vez cumplido con los requisitos se inicia el trámite de la regularización.
Necesidad de Agendar Cita:
No
Horarios de Atención:
De Lunes a Viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m.
Costos:
Pago Complementario: (- Pago de Escrituración: honorarios estipulados por el notario y los impuestos correspondientes a la escritura. - Pago correspondiente a la empresa topográfica.)
Formas de Pago aceptadas:
Vigencia de la Línea de Captura:
No aplica
Tiempo de Respuesta:
Opción de tiempo:
Tiempo de respuesta Maximo
Aplica afirmativa ficta:
No
Fundamento Jurídico
LEY PARA LA REGULARIZACIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES, PREDIOS URBANOS, PREDIOS RÚSTICOS, PREDIOS FAMILIARES Y PREDIOS SOCIALES DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
Documentos
Trámite no cuenta con documentos capturadosContacto
Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]
Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070
En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.
Protesta Ciudadana
Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:
Órgano Interno de Control* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.
Regulariza tu predio vía Propiedad Privada
(Regularización de Asentamientos Humanos Irregulares vía Propiedad Privada)
Descripción:
Brindar Certeza jurídica a la población poseedora de predios irregulares de origen de Propiedad Privada del Municipio de Querétaro, a través de la entrega de una Escritura Pública.
Código: | TR-170500-002 |
Revisión: | 2 |
Fecha de creación: | 18/MAY/2017 |
Última actualización: | 28/OCT/2024 |
Tipo: | Trámite |
Dependencia: | Secretaría de Desarrollo Urbano |
Dirección: | Dirección de Regularización Territorial |
Clasificación: | Otros Trámites |
Tipo de trámite: | Municipal |
Dirigido a: | Ciudadanía en General |
Vigencia del documento: | Indefinida |
Beneficio del Trámite o Servicio:
Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.
Documento ó comprobante:
Escritura Pública
En que casos se debe presentar el trámite:
Cuando cumpla con los requisitos que marca la Ley para la Regularización de Asentamientos Humanos Irregulares, Predios Urbanos, Predios Rústicos, Predios Familiares y Predios Sociales del Estado de Querétaro. (Vigente)
Requisitos | Original | Copias |
---|---|---|
Solicitud de Inicio del Procedimiento de la Regularización. | Si | 1 |
Nombres y firmas de los representantes de la Asociación que promueve la regularización. | Si | 1 |
Documento que acredite la personalidad jurídica de sus respresentantes (Acta Constitutiva) | No | 1 |
Domicilio para recibir notificaciones (puede ir señalado dentro de la solicitud de inicio) | Si | 1 |
Identificación geográfica del Asentamiento (croquis o plano que contenga las calles, manzanas y toda división interna del Asentamiento) | Si | 1 |
Certificados de ropiedad y de libertad de gravamen expedidos por el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Querétaro. | Si | 1 |
La indicación del estado que guarda el Asentamiento en relación con antigüedad, la propiedad y los trámites realizados ante las autoridades respecto de la regularización y peticiones de servicios públicos o infraestructura urbana. | No | 1 |
Listado de los poseedores del Asentamiento Humano expedida por el promovente, indicando la ubicación de los predios en relación al croquis o plano exhibido. | Si | 1 |
Información adicional:
- Se deberá cumplir con el porcentaje de habitabilidad que marca la Ley. - No encontrarse en zonas de riesgo. - Contar con el uso de suelo adecuado. - El predio no deberá estar en algún proceso jurídico. - Contratar a una empresa para elaboración de plano de lotificación.Críterios de Resolución
Es necesario que exista una Asociación de Colonos constituida jurídicamente y que el propietario este de acuerdo con el trámite de regularización.¿Requiere inspección o verificación?
No
Objetivo de la inspección o verificación
No Aplica
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
Para cualquier información, favor de comunicarse al teléfono (442) 2387700 ext. 6253Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Pasos para Realizar Tramite Presencial:
- La Asociación de Colonos deberá acudir a la oficina de la Dirección de Regularización Territorial. - Anunciarse y realizar su registro en la Recepción. - La persona de Recepción lo canalizará con el funcionario indicado. - Entregar la documentación enunciada en los requisitos para su revisión. - Se deberán proporcionar datos personales para contacto futuro. - Se realizará el análisis de los documentos entregados y se determinará si es viable iniciar el procedimiento de regularización, una vez realizado se le informará la respuesta al ciudadano. - Una vez cumplido con los requisitos se inicia el trámite de la regularización.
Necesidad de Agendar Cita:
No
Horarios de Atención:
De Lunes a Viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m.
Costos:
Formas de Pago aceptadas:
Vigencia de la Línea de Captura:
No aplicaTiempo de Respuesta:
Opción de tiempo:
Tiempo de respuesta MaximoAplica afirmativa ficta:
NoFundamento Jurídico
LEY PARA LA REGULARIZACIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES, PREDIOS URBANOS, PREDIOS RÚSTICOS, PREDIOS FAMILIARES Y PREDIOS SOCIALES DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
Documentos
Trámite no cuenta con documentos capturadosContacto
Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]
Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070
En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.
Protesta Ciudadana
Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:
Órgano Interno de Control* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.