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Solicita la Licencia Temporal de Funcionamiento de Micronegocios para Giros de Bajo Riesgo. (Expedición Inicial de la Licencia Municipal de FuncionamientoTemporal de Micronegocios (PATMIN).)


Descripción:

Es la emisión inicial de la Licencia Munipal de Funcionamiento (Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento) para establecimientos con giros de bajo riesgo e impacto social, que se obtiene a través del Programa de Apertura Temporal de Micronegocios (ver catálogo).

Código:
TR-170303-023
Revisión:
14
Fecha de creación:
18/FEB/2016
Última actualización:
09/FEB/2024
Tipo:
Trámite
Dependencia:
Secretaría de Desarrollo Sostenible
Dirección:
Dirección de Desarrollo Económico y Emprendedurismo
Clasificación:
Empresas, Negocios, Comercios y Particulares
Tipo de trámite:
Municipal.
Dirigido a:
Personas físicas.
Vigencia del documento:
1 año calendario.

Beneficio del trámite:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento.

En que casos se debe presentar el trámite:

Cuando se ejerce actividad comercial y de servicios de bajo impacto, que no cuenta con un local debidamente establecido.
RequisitosOriginalCopias
1. Formato Único de Apertura de Negocios (FM-170303-022).NoN/A
2. Identificación oficial vigente con fotografía (FE, INE, pasaporte, cédula profesional, y FM-2 o residencia permanente para extranjeros).NoN/A
3. Clave Única de Registro de Población CURP para personas físicas.NoN/A
4. Constancia de Situación Fiscal con fecha de impresión no mayor a 3 meses y con estatus activo para personas morales.No1
5. Lista de Firmas de Conformidad de Vecinos Licencia Municipal de Funcionamiento (FM-170303-004).Si1
6. Comprobante del domicilio en el Municipio de Querétaro del establecimiento con antigüedad no mayor a 3 meses (agua, luz, teléfono para predios irregulares).No1
7. Fotografías que abarquen la fachada principal y predios vecinos (en dos diferentes ángulos).NoN/A
8. Fotografías que muestren las instalaciones de gas (cuando aplique).NoN/A
9. Constancia que acredite la representación legal mediante documento oficial, y/o lo que en su caso sea requerido por la Autoridad Municipal.SiN/A
10. Informe de Uso de Suelo o Dictamen de Uso de Suelo en el que se establezca la compatibilidad de la actividad solicitada con el Plan Parcial de Desarrollo Urbano.Si1
11. Visto Bueno de la Delegación a través de una verificación.Si1
12. Estar al corriente en el pago del predial (excepto asentamientos irregulares).NoN/A
13. Para predios en régimen condominal: Acta Protocolizada ante Notario Público de la aprobación de condóminos firmada por el presidente de la asociación en la que se señale el domicilio y la actividad autorizada para realizar en el condominio.Si1

Información adicional:

 

Críterios de Resolución

Deberá contar con la documentación completa y efectuar el pago de derechos correspondiente.
Deberá acreditarse el cumplimiento de la obligación relativa al pago del Impuesto Predial, que ampare el mismo ejercicio fiscal y/o periodo correspondiente a la placa en mención.
*Superficie de 20 metros cuadrados como máximo.
*Capital de inversión máximo de 460 VSMGZ.

¿Requiere inspección o verificación?


Objetivo de la inspección o verificación

Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

  • Que el espacio donde se pretendan establecer tenga una superficie de 20 metros cuadrados como máximo
  • El capital de inversión máximo en mercancias y mobiliario para establecer el negocio será de 460 (cuatrocientos sesenta) salarios mínimos vigentes en el Estado de Querétaro.
  • La autoridad dará respuesta en un plazo no mayor a 48 horas (dos días hábiles).
  • Los giros que se autorizarán a través de este Programa son exclusivamente aquellos mencionados en el Catálogo de Giros PATMIN.
  • No se permite la invasión a la vía pública.
  • El programa pretende la regularización o la apertura de giros comerciales en el interior de la vivienda o en predios urbanos sin construcción.
  • El programa no permitirá ampliaciones ni construcciones adicionales en el giro comercial.
  • La revocación de la Licencia estará sujeta a la normatividad vigente en la materia.
  • Dado que un negocio que se abre a través de este programa puede llegar a crecer en superficie, inversión, etc., sus condiciones puedes variar y dejar de aplicar para la Licencia.
  • La Licencia inicial tendrá vigencia de un año calendario, y su renovación estará sujeta a la normatividad vigente en la materia.
  • Si el negocio sigue aplicando para el programa, se renovará la Licencia. Si el negocio ya no aplica para el programa, procederá a su baja y el titular deberá solicitar su apertura por los programas de Licencias vigentes.
  • Por consecuencia, la apertura temporal a través de este programa no garantiza la renovación de la Licencia en el siguiente periodo.
  • El trámite deberá ser realizado directamente por el interesado o por su autorizado, dando cumplimiento a los requisitos que establezca la normatividad vigente.
  • El trámite se podrá realizar en las ventanillas de atención del Departamento de Licencias de Funcionamiento, correo electrónico, y en las plataformas electrónicas que establezca el Municipio de Querétaro para tal fin.
  • El Programad de Apoyo para la Apertura Temporal de Micro Negocios (PATMIN), será un proceso alterno que por excepción se aplicará para el otorgamiento de Licencias.
  • No entran en este programa los negocios relacionados con la extracción, fermentación y envase de alcohol etílico, ni para el almacenaje, venta, porteo y consumo de bebidas alcohólicas.
  • El trámite deberá ser solicitado y realizado por la persona física o el representante legal de la persona moral a quién se emitirá la Licencia Municipal de Funcionamiento. En caso de que un tercero requiera solicitarlo o realizarlo deberá presentar constancia que acredite la representación legal mediante documento oficial y/o lo que en su caso sea requerido por la autoridad Municipal (aplica para personas morales).
  • De conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro, las solicitudes se presentarán en las ventanillas de atención de la administración pública municipal o a través de medios electrónicos, junto con los requisitos necesarios para su trámite.
  • Conforme a lo establecido en el artículo 9 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro, en caso de documentación incompleta se requerirá al solicitante a fin de que subsane la omisión dentro del término de 5 días hábiles. Transcurrido el plazo sin que el interesado subsane la prevención, se dará de baja automáticamente la solicitud de Licencia o, en su caso, la Licencia emitida.
  • Los plazos de prevención empezarán a contar a partir del día hábil siguiente al que la persona interesada reciba el requerimiento, salvo para trámites en línea a través de herramientas informáticas, supuesto en el que el plazo de prevención empezará a contar al momento de realizar la solicitud. En caso de que el solicitante no cumpla con el requerimiento formulado por la autoridad, se hará efectivo el apercibimiento realizado en el requerimiento.
  • Una vez expedida la Licencia correspondiente, la persona titular de la misma se encuentra obligada a cumplir con todas las condicionantes dentro del plazo que se determine, lo cual le será requerido para su refrendo. En caso de incumplimiento se impondrán las sanciones estipuladas en el Reglamento de Simplificación y demás normas aplicables, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro.
  • El tiempo de aplicación de pagos realizados en Oxxo, Súper Q, Matador y bancos será de cinco días.
  • Teléfono de atención: (442) 238 7700 Ext. 6782, 6784, 6785 ,6786 y 6787.

Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

- Acudir a la delegación municipal de su preferencia o Centro Cívico Querétaro. 
- Tomar turno de atención.
- Presentarse en la Ventanilla de Licencias de Funcionamiento.
- Entregar al/a la Verificador/a de Licencias de Funcionamiento los requisitos solicitados. 
- Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.
- Realizar el pago de derechos del trámite.
- Recibir la Licencia Municipal de Funcionamiento.

Horarios de Atención:

De 08:15 a 15:30 hrs.


Costos:

                        

Derechos por Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento: 9.20 UMA

Derechos por servicio de recolección de residuos urbanos: 9.98 UMA


Formas de Pago aceptadas:

 Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Tarjeta de Débito

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

Inmediato.

Opción de tiempo:

Respuesta Inmediata

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.
  • Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro.
  • Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro.
  • Código Municipal de Querétaro.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de Servicios Públicos Municipales de Querétaro.
  • Reglamento de Mejora Regulatoria del Municipio de Querétaro.
  • Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles en el Municipio de Querétaro.
  • Reglamento de Simplificación  del Municipio de Querétaro.

Registro de Regulaciones

Documentos

Carta poder simple Ver Descargar
Catálogo de giros PATMIN octubre 2021 listado 1 Ver Descargar
Catálogo de giros PATMIN octubre 2021 listado 2 Ver Descargar
Visio-FM-170303-022 Formato Único (REV10) (1) Ver Descargar
FM-170303-004 Lista de Firmas de Conformidad (REV8) (4) Ver Descargar
TP-170303-001Tríptico Apertura de Negocios (REV19) (3) Ver Descargar

Contacto

Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.



Solicita la Licencia Temporal de Funcionamiento de Micronegocios para Giros de Bajo Riesgo.


(Expedición Inicial de la Licencia Municipal de FuncionamientoTemporal de Micronegocios (PATMIN).)

Descripción:

Es la emisión inicial de la Licencia Munipal de Funcionamiento (Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento) para establecimientos con giros de bajo riesgo e impacto social, que se obtiene a través del Programa de Apertura Temporal de Micronegocios (ver catálogo).

Código: TR-170303-023
Revisión: 14
Fecha de creación: 18/FEB/2016
Última actualización: 09/FEB/2024
Tipo: Trámite
Dependencia: Secretaría de Desarrollo Sostenible
Dirección: Dirección de Desarrollo Económico y Emprendedurismo
Clasificación: Empresas, Negocios, Comercios y Particulares
Tipo de trámite: Municipal.
Dirigido a: Personas físicas.
Vigencia del documento: 1 año calendario.

Beneficio del Trámite o Servicio:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento.

En que casos se debe presentar el trámite:

Cuando se ejerce actividad comercial y de servicios de bajo impacto, que no cuenta con un local debidamente establecido.
RequisitosOriginalCopias
1. Formato Único de Apertura de Negocios (FM-170303-022).NoN/A
2. Identificación oficial vigente con fotografía (FE, INE, pasaporte, cédula profesional, y FM-2 o residencia permanente para extranjeros).NoN/A
3. Clave Única de Registro de Población CURP para personas físicas.NoN/A
4. Constancia de Situación Fiscal con fecha de impresión no mayor a 3 meses y con estatus activo para personas morales.No1
5. Lista de Firmas de Conformidad de Vecinos Licencia Municipal de Funcionamiento (FM-170303-004).Si1
6. Comprobante del domicilio en el Municipio de Querétaro del establecimiento con antigüedad no mayor a 3 meses (agua, luz, teléfono para predios irregulares).No1
7. Fotografías que abarquen la fachada principal y predios vecinos (en dos diferentes ángulos).NoN/A
8. Fotografías que muestren las instalaciones de gas (cuando aplique).NoN/A
9. Constancia que acredite la representación legal mediante documento oficial, y/o lo que en su caso sea requerido por la Autoridad Municipal.SiN/A
10. Informe de Uso de Suelo o Dictamen de Uso de Suelo en el que se establezca la compatibilidad de la actividad solicitada con el Plan Parcial de Desarrollo Urbano.Si1
11. Visto Bueno de la Delegación a través de una verificación.Si1
12. Estar al corriente en el pago del predial (excepto asentamientos irregulares).NoN/A
13. Para predios en régimen condominal: Acta Protocolizada ante Notario Público de la aprobación de condóminos firmada por el presidente de la asociación en la que se señale el domicilio y la actividad autorizada para realizar en el condominio.Si1

Información adicional:


Críterios de Resolución

Deberá contar con la documentación completa y efectuar el pago de derechos correspondiente. Deberá acreditarse el cumplimiento de la obligación relativa al pago del Impuesto Predial, que ampare el mismo ejercicio fiscal y/o periodo correspondiente a la placa en mención. *Superficie de 20 metros cuadrados como máximo. *Capital de inversión máximo de 460 VSMGZ.

¿Requiere inspección o verificación?


Objetivo de la inspección o verificación

Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

  • Que el espacio donde se pretendan establecer tenga una superficie de 20 metros cuadrados como máximo
  • El capital de inversión máximo en mercancias y mobiliario para establecer el negocio será de 460 (cuatrocientos sesenta) salarios mínimos vigentes en el Estado de Querétaro.
  • La autoridad dará respuesta en un plazo no mayor a 48 horas (dos días hábiles).
  • Los giros que se autorizarán a través de este Programa son exclusivamente aquellos mencionados en el Catálogo de Giros PATMIN.
  • No se permite la invasión a la vía pública.
  • El programa pretende la regularización o la apertura de giros comerciales en el interior de la vivienda o en predios urbanos sin construcción.
  • El programa no permitirá ampliaciones ni construcciones adicionales en el giro comercial.
  • La revocación de la Licencia estará sujeta a la normatividad vigente en la materia.
  • Dado que un negocio que se abre a través de este programa puede llegar a crecer en superficie, inversión, etc., sus condiciones puedes variar y dejar de aplicar para la Licencia.
  • La Licencia inicial tendrá vigencia de un año calendario, y su renovación estará sujeta a la normatividad vigente en la materia.
  • Si el negocio sigue aplicando para el programa, se renovará la Licencia. Si el negocio ya no aplica para el programa, procederá a su baja y el titular deberá solicitar su apertura por los programas de Licencias vigentes.
  • Por consecuencia, la apertura temporal a través de este programa no garantiza la renovación de la Licencia en el siguiente periodo.
  • El trámite deberá ser realizado directamente por el interesado o por su autorizado, dando cumplimiento a los requisitos que establezca la normatividad vigente.
  • El trámite se podrá realizar en las ventanillas de atención del Departamento de Licencias de Funcionamiento, correo electrónico, y en las plataformas electrónicas que establezca el Municipio de Querétaro para tal fin.
  • El Programad de Apoyo para la Apertura Temporal de Micro Negocios (PATMIN), será un proceso alterno que por excepción se aplicará para el otorgamiento de Licencias.
  • No entran en este programa los negocios relacionados con la extracción, fermentación y envase de alcohol etílico, ni para el almacenaje, venta, porteo y consumo de bebidas alcohólicas.
  • El trámite deberá ser solicitado y realizado por la persona física o el representante legal de la persona moral a quién se emitirá la Licencia Municipal de Funcionamiento. En caso de que un tercero requiera solicitarlo o realizarlo deberá presentar constancia que acredite la representación legal mediante documento oficial y/o lo que en su caso sea requerido por la autoridad Municipal (aplica para personas morales).
  • De conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro, las solicitudes se presentarán en las ventanillas de atención de la administración pública municipal o a través de medios electrónicos, junto con los requisitos necesarios para su trámite.
  • Conforme a lo establecido en el artículo 9 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro, en caso de documentación incompleta se requerirá al solicitante a fin de que subsane la omisión dentro del término de 5 días hábiles. Transcurrido el plazo sin que el interesado subsane la prevención, se dará de baja automáticamente la solicitud de Licencia o, en su caso, la Licencia emitida.
  • Los plazos de prevención empezarán a contar a partir del día hábil siguiente al que la persona interesada reciba el requerimiento, salvo para trámites en línea a través de herramientas informáticas, supuesto en el que el plazo de prevención empezará a contar al momento de realizar la solicitud. En caso de que el solicitante no cumpla con el requerimiento formulado por la autoridad, se hará efectivo el apercibimiento realizado en el requerimiento.
  • Una vez expedida la Licencia correspondiente, la persona titular de la misma se encuentra obligada a cumplir con todas las condicionantes dentro del plazo que se determine, lo cual le será requerido para su refrendo. En caso de incumplimiento se impondrán las sanciones estipuladas en el Reglamento de Simplificación y demás normas aplicables, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro.
  • El tiempo de aplicación de pagos realizados en Oxxo, Súper Q, Matador y bancos será de cinco días.
  • Teléfono de atención: (442) 238 7700 Ext. 6782, 6784, 6785 ,6786 y 6787.

Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

- Acudir a la delegación municipal de su preferencia o Centro Cívico Querétaro. 
- Tomar turno de atención.
- Presentarse en la Ventanilla de Licencias de Funcionamiento.
- Entregar al/a la Verificador/a de Licencias de Funcionamiento los requisitos solicitados. 
- Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.
- Realizar el pago de derechos del trámite.
- Recibir la Licencia Municipal de Funcionamiento.

Horarios de Atención:

De 08:15 a 15:30 hrs.

Costos:


                                

Formas de Pago aceptadas:

Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Tarjeta de Débito

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

Inmediato.

Opción de tiempo:

Respuesta Inmediata

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.
  • Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro.
  • Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro.
  • Código Municipal de Querétaro.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de Servicios Públicos Municipales de Querétaro.
  • Reglamento de Mejora Regulatoria del Municipio de Querétaro.
  • Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles en el Municipio de Querétaro.
  • Reglamento de Simplificación  del Municipio de Querétaro.

Registro de Regulaciones

Documentos

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Catálogo de giros PATMIN octubre 2021 listado 1 Ver Descargar
Catálogo de giros PATMIN octubre 2021 listado 2 Ver Descargar
Visio-FM-170303-022 Formato Único (REV10) (1) Ver Descargar
FM-170303-004 Lista de Firmas de Conformidad (REV8) (4) Ver Descargar
TP-170303-001Tríptico Apertura de Negocios (REV19) (3) Ver Descargar

Contacto

Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.

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