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Viendo información de trámite

Obtén tu Licencia de Construcción y Terminación de Obra (LRT). (Regularización de Licencia de Construcción con Terminación de Obra)


Descripción:

Expedir Licencia de Construcción por medio de los cuales se autoriza a los propietarios o propietarias, poseedores o poseedoras y/o representante legal, regularizar, validar, cambiar de DRO, propietario o el proyecto, respecto de autorizaciones previas, en sus predios y cotejar mediante el aviso de terminación de obra que corresponde al proyecto, en un solo trámite.

Código:
TR-170100-062
Revisión:
9
Fecha de creación:
04/AUG/2020
Última actualización:
01/FEB/2024
Tipo:
Trámite
Dependencia:
Secretaría de Desarrollo Sostenible
Dirección:
Dirección de Desarrollo Urbano
Clasificación:
Uso de Suelo, Construcción e Imagen Urbana
Tipo de trámite:
Municipal
Dirigido a:
Constructores/as, fraccionadores/as, D.R.O., propietario/a de predios o representante legal(es).
Vigencia del documento:
Sin Vigencia

Beneficio del trámite:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Se entrega información digital en formato PDF con firmas y sellos electrónicos, en disco compacto (CD): Licencia de construcción, Terminación de obra, planos arquitectónicos con sello y firma de autorización.

En que casos se debe presentar el trámite:

Todo aquel trabajo de construcción que se haya realizado dentro de los límites de un predio y reporte el aviso de término de la obra.
RequisitosOriginalCopias
Solicitud /Carta Responsiva firmada por propietario(s) o representante legal y DRO.SiN/A
Contrato, Recibo o Factibilidad vigente de agua potable y servicio sanitario.No1
**Director Responsable de Obra (DRO).No1
**Corresponsable(s) en Instalaciones y/o Estructuras.No1
**Licencia y proyecto aprobado, o constancia emitida por el instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), para predios ubicados en Zona de Monumentos y Barrios Históricos, presentar Terminación de Obra emitida por INAH.No1
Dictamen final de obra de Protección CivilNo1
Oficio plano(s) aprobado(s) por los condóminos o asociación, para predios en régimen en condominio (Anexando acta constitutiva y/o protocolo notarial con identificación (oficial) de firmante).No1
Proyecto Ejecutivo (En formato DWG, DXF y PDF).No1
** Manifestación de Impacto Ambiental y evidencia documental del cumplimiento.No1
Validación en sistema del pago del predial al corriente.No1
** Oficio y plano(s), de dictamen en movilidad y documento de cumplimiento de obras de mitigación.No1
- Un juego impreso y en archivo PDF, de fotografías a color de la obra que muestre las fachadas, todos los espacios interiores y exteriores de la construcción, elementos que puedan considerarse como relevantes o aspectos generales de la obra según sea el caso (alberca, roof garden, fuentes, muros colindantes, escaleras, tapancos, sala de maquinas, lineas de producción bodegas, oficinas, etc) .SiN/A

Información adicional:

NOTA CUANDO SE CUENTA CON DUS:

Cuando existe construcción dentro del predio y se requiere realizar cualquiera de las modalidades indicadas en la posterior del tríptico, deberá cotejar si coincide con el proyecto actual y/o terminación de obra, para atender a lo siguiente:

Si cuenta con licencia de construcción y terminación de obra, no incluirá los metros autorizados, pero deberá indicar en plano llave e incluir ambas autorizaciones.

Si cuenta con licencia de construcción autorizada para mayor superficie que la autorizada, deberá aplicar la modalidad de cambio de proyecto.

Críterios de Resolución

La construcción deberá estar terminada al 100% y de acuerdo al proyecto ingresado El/La Propietario/a o el/la Representante, deberá estar presente durante la verificación que se realizará a la obra por motivo de esta solicitud, dentro de los 2 días hábiles siguientes al ingreso del trámite, en horario de 8:30 a 15:00 hrs. En caso de no encontrar persona alguna que atienda la visita de verificación, el resultado se determinará CANCELADO.

¿Requiere inspección o verificación?

No

Objetivo de la inspección o verificación

No Aplica

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

El expediente que forme parte de la solicitud de Licencia de Construcción deberá cumplir con las condicionantes del  Dictamen de Uso de Suelo (en caso de predios con uso Comercial o habitacional plurifamiliar)

 

Si del resultado de la visita de verificación y del cotejo de la documentación correspondiente, se verificara  que la obra no se ajustó a las condiciones del Proyecto presentado, o las modificaciones excedieron los parámetros de tolerancia, la Dirección ordenará al interesado o a la interesada efectuar las modificaciones que fueren necesarias; En tanto éstas modificaciones no sean ejecutadas, la autoridad municipal no podrá autorizar el uso y ocupación de la obra. (Art. 276, Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro).

 

La Dirección podrá ordenar la demolición parcial o total de una obra que se haya realizado sin licencia, con cargo al propietario o a la propietaria, poseedor o poseedora o responsable, independientemente de las sanciones a que pudiera haber lugar. (Art. 278, Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro)

 

Para los casos de licencia de construcción en su modalidad de Regularización, ya sea total o parcial, y atendiendo al avance de la obra, la Dirección sancionará con una multa equivalente de 4 tantos de los derechos correspondientes a obra nueva, adicionales a lo señalado en la Ley de Ingresos vigente para el tipo de construcción(Art. 331, Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro)

 

___

**Para revisar los casos aplicables, es necesario considerar lo siguiente:

 

Si aplica por tratarse de predio en régimen condominal (revisar escritura)

Revisar Dictamen de Uso de Suelo, Acuerdos de cabildo para la indicación a presentar Estudios, Manifestaciones, dictámenes.

 

*En caso de contar con condicionantes previas de licencias anteriores, deberá presentar evidencia de cumplimiento de las mismas.

__

La construcción debe contar con un avance del 100%, en condiciones de habitabilidad y/o funcionamiento.

___

Requisitos  susceptibles a condicionar en caso de no contar con los mismos al ingreso  de la Licencia de Construcción (estos requisitos deberán encontrarse señalados  o condicionados en los trámites previos o acuerdo de cabildo) (Estudio Geológico,  Estudio Geotécnico,  Estudio Hidrológico avalado por autoridad competente y/o Estudio de Mecánica de Suelo).

Aquellos  requisitos  que se encuentran en el Sistema Municipal de Información, dentro de la carpeta de la clave catastral, no le serán requeridos en tanto se encuentren vigentes al momento de la autorización (Escritura del predio que indique medidas y colindancias, Identificaciones oficiales, Dictamen de uso de suelo (si se otorgó previo al 2011), Certificados de números oficiales (Exterior e interiores), poderes notariales, actas constitutivas, Contrato, recibo o factibilidad de agua vigente, Autorización de proyecto en condominio y licencias anteriores para aquellos que cuenten con licencias aprobadas en papel o anteriores al 2011)

___


Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

-Acude al centro de atención especificado. 
-Preséntate en la Ventanilla de Atención.
-Entrega al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. 
-Realiza el pago de tu trámite.
-Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

Horario de atención en Ventanilla 8:00 a 16:00 hrs., Horario de ingreso de trámites: 8:00 a 15:00 hr


Costos:

                        
Licencia Urbana  Ley de Ingreso 2024                                           
VALOR UMA$108,57
1.- POR LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN, SE CAUSARÁ Y PAGARÁ
CONCEPTOUMA$COSTO EN PESOS X M2
HABITACIONAL RESIDENCIAL 0,63$68,3991
HABITACIONAL POPULAR0,07$7,5999
HABITACIONAL CAMPESTRE0,63$68,3991
INDUSTRIAL0,75$81,4275
COMERCIAL0,63$68,3991
2.- POR ALINEAMIENTO SE CAUSARÁ Y PAGARÁ
CONCEPTOUMACOSTO  EN PESOS X ML
HABITACIONAL RESIDENCIAL 0,37$40,1709
HABITACIONAL POPULAR0,25$27,1425
HABITACIONAL CAMPESTRE0,37$40,1709
INDUSTRIAL1,25$135,7125
COMERCIAL0,63$68,3991
H) LOS MUROS DE DELIMITACIÓN INCLUIDOS EN LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, SE COBRARÁN POR METRO LINEAL CONFORME A LA TARIFA QUE SE SEÑALA EN  LA TABLA DEL INCISO J) DEL PRESENTE NUMERAL, ATENDIENDO AL TIPO DE CONSTRUCCIÓN.
TRATÁNDOSE DE LA REGULARIZACIÓN DE MUROS PERIMETRALES, ADICIONAL A LOS DERECHOS QUE CORRESPONDA PAGAR, SE SANCIONARÁ ATENDIENDO AL PORCENTAJE DE AVANCE DE LOS TRABAJOS DE DICHOS MUROS, CON UNA MULTA EQUIVALENTE A 4 TANTOS CORRESPONDIENTE AL 100% DE AVANCE, O LO QUE RESULTE SEGÚN SEA EL PORCENTAJE DE AVANCE DE LOS MUROS, CONFORME A LOS TARIFAS SEÑALADAS EN EL INCISO J) DE ESTE NUMERAL ATENDIENDO AL TIPO DE CONSTRUCCIÓN. 
J) PARA DETERMINAR EL COBRO EN MUROS PERIMETRALES DE ACUERDO AL FACTOR SOCIO ECONÓMICO Y ATENDIENDO AL TIPO DE CONSTRUCCIÓN, SE ATENDERA A LO SIGUIENTE:
CONCEPTOUMACOSTO EN PESOS X ML
HABITACIONAL RESIDENCIAL0,3$32,5710
HABITACIONAL POPULAR0,2$21,7140
HABITACIONAL CAMPESTRE0,3$32,5710
COMERCIAL0,5$51,8700
INDUSTRIAL0,6$65,1420
I)PARA DETERMINAR EL COBRO POR LOS CONCEPTOS, SE MULTIPLICARÁ, SEGÚN EL CASO:
CONCEPTOFACTOR
TERRAZAS, PATIOS, ESTACIONAMIENTOS DESCUBIERTOS O ÁREAS SIN CUBIERTA CON USO DETERMINADO COMPLEMENTARIO AL AUTORIZADO, POR METRO CUADRADO0,3
ÁREA VERDE0
ÁREA CUBIERTA CON MATERIAL PROVISIONAL POR METRO CUADRADO0,3
CONSTRUCCIÓN A BASE DE CONTENEDORES METÁLICOS (PARA TRANSPORTE MARÍTIMO O TERRESTRE)1

 

COSTOS TERMINACION DE OBRA 2024
CONCEPTO UMAPESOS
URBANO (HABITACIONAL)  
a) POPULAR2,49$270,34
b) RESIDENCIAL7,49$813,19
c) RESIDENCIAL CAMPESTRE12,47$1.353,87
COMERCIAL Y/O DE SERVICIOS  
a) COMERCIAL POPULAR COMPATIBLE CON HABITACIONAL2,49$270,34
b) UNICAMENTE  COMERCIO Y/O SERVICIO.12,47$1.353,87
c) COMERCIO RESIDENCIAL COMPATIBLE CON HABITACIONAL14,98$1.626,38
d) CONDOMINAL PARCIAL HABITACIONAL9,98$1.083,53
e) CONDOMINAL TOTAL HABITACIONAL18,72$2.032,43
f) CONDOMINAL PARCIAL COMERCIAL Y/O SERVICIOS18,72$2.032,43
g)  CONDOMINAL TOTAL COMERCIAL Y/O SERVICIOS24,96$2.708,91
INDUSTRIAL  
INDUSTRIA, LIGERA, MEDIANA Y PESADA.24,96$2.708,91
   
VALOR UMA 108.57 PESOS  

 

 


Formas de Pago aceptadas:

 Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Tarjeta de Débito

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

6 Días

Opción de tiempo:

Tiempo de respuesta Maximo

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

  • Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
  • Código Urbano del Estado de Querétaro
  • Código Civil del Estado de Querétaro
  • Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro
  • Código Municipal de Querétaro
  • Planes y programas parciales de Desarrollo Urbano
  • Normas técnicas complementarias
  • Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal vigente
  • Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e  Históricos.  
  • Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro
  • Reglamento para la Simplificación de trámites del Municipio de Querétaro

 

A considerar  para Directores Responsables de Obra y propietarios:

Artículos 419, 421, 423; Sección Cuarta, Código Urbano del Estado de Querétaro.

Artículos 38 al 41, 42, 43 al 198, 206, 226 al 228, 255, 261 al 264, 269, 275 fr.II, 278 al 280, 287 al 301, 323, 355 del Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro

ARTÍCULO 291.  IV. Estar dado de alta en el padrón digital del Municipio de Querétaro a través del cual, en coordinación con la Dirección de Sistemas de  información del Municipio de Querétaro, se inscribirán las altas y bajas conforme a los listados de profesionistas registrados que proporcionen los colegios, cámaras o barras de profesionistas de conformidad con el Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro.  

ARTÍCULO 278. La Dirección podrá ordenar la demolición parcial o total de una obra que se haya realizado sin licencia o cuya licencia condicionada se haya obtenido en base al Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro mediante declaración o documentación falsa, con cargo al propietario, poseedor o responsable, independientemente de las sanciones a que pudiera haber lugar.

ARTÍCULO 330.  La imposición y ejecución de las sanciones no eximirá al infractor de la obligación de corregir las irregularidades que hayan dado motivo a la infracción, así como de realizar los trámites necesarios para la regularización de la obra, ante las instancias correspondientes, profesionistas de conformidad con el Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro.  

ARTÍCULO 333. Se sancionará al Director Responsable de Obra, Corresponsable y propietario, poseedor o persona titular de la licencia, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda:

II. Con multa equivalente al diez por ciento del valor del inmueble de acuerdo al avalúo correspondiente que emita la Dirección de Catastro, cuando:

a) Una obra, excediendo las tolerancias previstas en este Reglamento, no coincida con el proyecto arquitectónico autorizado o diseño estructural, y

b) En un predio o en la ejecución de cualquier obra no se respeten las restricciones, afectaciones o usos autorizados, señalados en el Dictamen de Uso del Suelo, Alineamiento, Número Oficial y en las licencias correspondientes.  

Lo anterior de conformidad con el Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro.  

 

DEL REGLAMENTO PARA LA SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO.

Artículo 6. Las solicitudes que la administración pública municipal reciba por medio electrónico, se considerarán presentadas en la fecha que se hubiera emitido el acuse de recibo por la misma, si la solicitud es recibida después de las 16:00 horas, se tendrá como recibido al día siguiente de haber ingresado. Producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos firmados autógrafamente, en consecuencia,  tendrán el mismo valor probatorio que las disposiciones aplicables les otorgan.

Artículo 9. La autoridad únicamente podrá requerir información o documentación cuando se encuentre fuera del archivo de las áreas  Municipales, por lo que prevendrá al interesado por única ocasión al momento de recibir la solicitud junto con todos los requisitos mínimos indispensables, a fin de que subsane la omisión dentro del término que establezca la cédula de trámite correspondiente, la cual deberá estar publicada en la Gaceta Municipal con anterioridad a la fecha del requerimiento de conformidad.

Así mismo, considerar los artículos 13 y 23 del mismo ordenamiento.


Registro de Regulaciones

Documentos

CARTA RESPONSIVA DRO (5) Ver Descargar
Croquis Ver Descargar
PIE DE PLANO DDU Ver Descargar
Solicitud Licencia de Construccion V13 Ver Descargar
TP-170140-003 REV(14) Ver Descargar
TRIP_Term de Obra v18 Ver Descargar

Contacto

Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.



Obtén tu Licencia de Construcción y Terminación de Obra (LRT).


(Regularización de Licencia de Construcción con Terminación de Obra)

Descripción:

Expedir Licencia de Construcción por medio de los cuales se autoriza a los propietarios o propietarias, poseedores o poseedoras y/o representante legal, regularizar, validar, cambiar de DRO, propietario o el proyecto, respecto de autorizaciones previas, en sus predios y cotejar mediante el aviso de terminación de obra que corresponde al proyecto, en un solo trámite.

Código: TR-170100-062
Revisión: 9
Fecha de creación: 04/AUG/2020
Última actualización: 01/FEB/2024
Tipo: Trámite
Dependencia: Secretaría de Desarrollo Sostenible
Dirección: Dirección de Desarrollo Urbano
Clasificación: Uso de Suelo, Construcción e Imagen Urbana
Tipo de trámite: Municipal
Dirigido a: Constructores/as, fraccionadores/as, D.R.O., propietario/a de predios o representante legal(es).
Vigencia del documento: Sin Vigencia

Beneficio del Trámite o Servicio:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Se entrega información digital en formato PDF con firmas y sellos electrónicos, en disco compacto (CD): Licencia de construcción, Terminación de obra, planos arquitectónicos con sello y firma de autorización.

En que casos se debe presentar el trámite:

Todo aquel trabajo de construcción que se haya realizado dentro de los límites de un predio y reporte el aviso de término de la obra.
RequisitosOriginalCopias
Solicitud /Carta Responsiva firmada por propietario(s) o representante legal y DRO.SiN/A
Contrato, Recibo o Factibilidad vigente de agua potable y servicio sanitario.No1
**Director Responsable de Obra (DRO).No1
**Corresponsable(s) en Instalaciones y/o Estructuras.No1
**Licencia y proyecto aprobado, o constancia emitida por el instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), para predios ubicados en Zona de Monumentos y Barrios Históricos, presentar Terminación de Obra emitida por INAH.No1
Dictamen final de obra de Protección CivilNo1
Oficio plano(s) aprobado(s) por los condóminos o asociación, para predios en régimen en condominio (Anexando acta constitutiva y/o protocolo notarial con identificación (oficial) de firmante).No1
Proyecto Ejecutivo (En formato DWG, DXF y PDF).No1
** Manifestación de Impacto Ambiental y evidencia documental del cumplimiento.No1
Validación en sistema del pago del predial al corriente.No1
** Oficio y plano(s), de dictamen en movilidad y documento de cumplimiento de obras de mitigación.No1
- Un juego impreso y en archivo PDF, de fotografías a color de la obra que muestre las fachadas, todos los espacios interiores y exteriores de la construcción, elementos que puedan considerarse como relevantes o aspectos generales de la obra según sea el caso (alberca, roof garden, fuentes, muros colindantes, escaleras, tapancos, sala de maquinas, lineas de producción bodegas, oficinas, etc) .SiN/A

Información adicional:

NOTA CUANDO SE CUENTA CON DUS: Cuando existe construcción dentro del predio y se requiere realizar cualquiera de las modalidades indicadas en la posterior del tríptico, deberá cotejar si coincide con el proyecto actual y/o terminación de obra, para atender a lo siguiente: Si cuenta con licencia de construcción y terminación de obra, no incluirá los metros autorizados, pero deberá indicar en plano llave e incluir ambas autorizaciones. Si cuenta con licencia de construcción autorizada para mayor superficie que la autorizada, deberá aplicar la modalidad de cambio de proyecto.

Críterios de Resolución

La construcción deberá estar terminada al 100% y de acuerdo al proyecto ingresado El/La Propietario/a o el/la Representante, deberá estar presente durante la verificación que se realizará a la obra por motivo de esta solicitud, dentro de los 2 días hábiles siguientes al ingreso del trámite, en horario de 8:30 a 15:00 hrs. En caso de no encontrar persona alguna que atienda la visita de verificación, el resultado se determinará CANCELADO.

¿Requiere inspección o verificación?

No

Objetivo de la inspección o verificación

No Aplica

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

El expediente que forme parte de la solicitud de Licencia de Construcción deberá cumplir con las condicionantes del  Dictamen de Uso de Suelo (en caso de predios con uso Comercial o habitacional plurifamiliar)

 

Si del resultado de la visita de verificación y del cotejo de la documentación correspondiente, se verificara  que la obra no se ajustó a las condiciones del Proyecto presentado, o las modificaciones excedieron los parámetros de tolerancia, la Dirección ordenará al interesado o a la interesada efectuar las modificaciones que fueren necesarias; En tanto éstas modificaciones no sean ejecutadas, la autoridad municipal no podrá autorizar el uso y ocupación de la obra. (Art. 276, Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro).

 

La Dirección podrá ordenar la demolición parcial o total de una obra que se haya realizado sin licencia, con cargo al propietario o a la propietaria, poseedor o poseedora o responsable, independientemente de las sanciones a que pudiera haber lugar. (Art. 278, Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro)

 

Para los casos de licencia de construcción en su modalidad de Regularización, ya sea total o parcial, y atendiendo al avance de la obra, la Dirección sancionará con una multa equivalente de 4 tantos de los derechos correspondientes a obra nueva, adicionales a lo señalado en la Ley de Ingresos vigente para el tipo de construcción(Art. 331, Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro)

 

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**Para revisar los casos aplicables, es necesario considerar lo siguiente:

 

Si aplica por tratarse de predio en régimen condominal (revisar escritura)

Revisar Dictamen de Uso de Suelo, Acuerdos de cabildo para la indicación a presentar Estudios, Manifestaciones, dictámenes.

 

*En caso de contar con condicionantes previas de licencias anteriores, deberá presentar evidencia de cumplimiento de las mismas.

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La construcción debe contar con un avance del 100%, en condiciones de habitabilidad y/o funcionamiento.

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Requisitos  susceptibles a condicionar en caso de no contar con los mismos al ingreso  de la Licencia de Construcción (estos requisitos deberán encontrarse señalados  o condicionados en los trámites previos o acuerdo de cabildo) (Estudio Geológico,  Estudio Geotécnico,  Estudio Hidrológico avalado por autoridad competente y/o Estudio de Mecánica de Suelo).

Aquellos  requisitos  que se encuentran en el Sistema Municipal de Información, dentro de la carpeta de la clave catastral, no le serán requeridos en tanto se encuentren vigentes al momento de la autorización (Escritura del predio que indique medidas y colindancias, Identificaciones oficiales, Dictamen de uso de suelo (si se otorgó previo al 2011), Certificados de números oficiales (Exterior e interiores), poderes notariales, actas constitutivas, Contrato, recibo o factibilidad de agua vigente, Autorización de proyecto en condominio y licencias anteriores para aquellos que cuenten con licencias aprobadas en papel o anteriores al 2011)

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Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

-Acude al centro de atención especificado. 
-Preséntate en la Ventanilla de Atención.
-Entrega al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. 
-Realiza el pago de tu trámite.
-Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

Horario de atención en Ventanilla 8:00 a 16:00 hrs., Horario de ingreso de trámites: 8:00 a 15:00 hr

Costos:


                                

Formas de Pago aceptadas:

Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Tarjeta de Débito

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

6 Días

Opción de tiempo:

Tiempo de respuesta Maximo

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

  • Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
  • Código Urbano del Estado de Querétaro
  • Código Civil del Estado de Querétaro
  • Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro
  • Código Municipal de Querétaro
  • Planes y programas parciales de Desarrollo Urbano
  • Normas técnicas complementarias
  • Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal vigente
  • Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e  Históricos.  
  • Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro
  • Reglamento para la Simplificación de trámites del Municipio de Querétaro

 

A considerar  para Directores Responsables de Obra y propietarios:

Artículos 419, 421, 423; Sección Cuarta, Código Urbano del Estado de Querétaro.

Artículos 38 al 41, 42, 43 al 198, 206, 226 al 228, 255, 261 al 264, 269, 275 fr.II, 278 al 280, 287 al 301, 323, 355 del Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro

ARTÍCULO 291.  IV. Estar dado de alta en el padrón digital del Municipio de Querétaro a través del cual, en coordinación con la Dirección de Sistemas de  información del Municipio de Querétaro, se inscribirán las altas y bajas conforme a los listados de profesionistas registrados que proporcionen los colegios, cámaras o barras de profesionistas de conformidad con el Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro.  

ARTÍCULO 278. La Dirección podrá ordenar la demolición parcial o total de una obra que se haya realizado sin licencia o cuya licencia condicionada se haya obtenido en base al Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro mediante declaración o documentación falsa, con cargo al propietario, poseedor o responsable, independientemente de las sanciones a que pudiera haber lugar.

ARTÍCULO 330.  La imposición y ejecución de las sanciones no eximirá al infractor de la obligación de corregir las irregularidades que hayan dado motivo a la infracción, así como de realizar los trámites necesarios para la regularización de la obra, ante las instancias correspondientes, profesionistas de conformidad con el Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro.  

ARTÍCULO 333. Se sancionará al Director Responsable de Obra, Corresponsable y propietario, poseedor o persona titular de la licencia, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda:

II. Con multa equivalente al diez por ciento del valor del inmueble de acuerdo al avalúo correspondiente que emita la Dirección de Catastro, cuando:

a) Una obra, excediendo las tolerancias previstas en este Reglamento, no coincida con el proyecto arquitectónico autorizado o diseño estructural, y

b) En un predio o en la ejecución de cualquier obra no se respeten las restricciones, afectaciones o usos autorizados, señalados en el Dictamen de Uso del Suelo, Alineamiento, Número Oficial y en las licencias correspondientes.  

Lo anterior de conformidad con el Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro.  

 

DEL REGLAMENTO PARA LA SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO.

Artículo 6. Las solicitudes que la administración pública municipal reciba por medio electrónico, se considerarán presentadas en la fecha que se hubiera emitido el acuse de recibo por la misma, si la solicitud es recibida después de las 16:00 horas, se tendrá como recibido al día siguiente de haber ingresado. Producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos firmados autógrafamente, en consecuencia,  tendrán el mismo valor probatorio que las disposiciones aplicables les otorgan.

Artículo 9. La autoridad únicamente podrá requerir información o documentación cuando se encuentre fuera del archivo de las áreas  Municipales, por lo que prevendrá al interesado por única ocasión al momento de recibir la solicitud junto con todos los requisitos mínimos indispensables, a fin de que subsane la omisión dentro del término que establezca la cédula de trámite correspondiente, la cual deberá estar publicada en la Gaceta Municipal con anterioridad a la fecha del requerimiento de conformidad.

Así mismo, considerar los artículos 13 y 23 del mismo ordenamiento.


Registro de Regulaciones

Documentos

CARTA RESPONSIVA DRO (5) Ver Descargar
Croquis Ver Descargar
PIE DE PLANO DDU Ver Descargar
Solicitud Licencia de Construccion V13 Ver Descargar
TP-170140-003 REV(14) Ver Descargar
TRIP_Term de Obra v18 Ver Descargar

Contacto

Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.

REGISTRO MUNICIPAL DE
TRÁMITES Y SERVICIOS
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