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Viendo información de trámite

Obtén tu certificado de Número Oficial exprés (Certificado de Número Oficial exprés)


Descripción:

Asignación de número oficial exprés, para predios con uso habitacional unifamiliar, los cuales cuenten con frente a vía pública, que estén señaladas en los Planes Parciales de Desarrollo Urbano.

Código:
TR-170100-051
Revisión:
8
Fecha de creación:
23/JAN/2020
Última actualización:
24/OCT/2023
Tipo:
Trámite
Dependencia:
Secretaría de Desarrollo Sostenible
Dirección:
Dirección de Desarrollo Urbano
Clasificación:
Documento administrativo, Certificado de número oficial
Tipo de trámite:
Municipal
Dirigido a:
Propietario/a de predios o representante Legal.
Vigencia del documento:
Permanente.

Beneficio del trámite:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Certificado de Número Oficial.

En que casos se debe presentar el trámite:

Todo predio debe contar con un documento administrativo, mediante el cual hace constar la asignación del número oficial exterior e interior en los casos que aplique, para cada predio con frente a vía pública.
RequisitosOriginalCopias
Escrituras, Fideicomiso o Título de Propiedad, legibles inscritas en el Registro Público de la Propiedad y Comercio del Estado de Querétaro, que señale: (superficie, lote, manzana, medidas y colindancias) el cual deberá estar firmado y sellado.No1
Clave catastral del predio, la cual deberá de indicar el nombre del propietario/a, de acuerdo al comprobante de propiedad (Escritura, Fideicomiso o Título de Propiedad). En caso contrario dirigirse a la Dirección de Catastro del Municipio de Querétaro a solicitar el cambio.No1

Información adicional:

La información deberá ser presentada en forma digital archivo PDF, legible, completa, en orden, sin rotación y un archivo por cada requisito. Tiempo de respuesta el mismo día, de su ingreso.

Críterios de Resolución

No debe tener adeudo en el impuesto predial, desde el ingreso hasta la resolución del trámite.

Para números oficiales habitacionales en Fraccionamientos y Condominios autorizados a partir del
01 de abril del 2014.

Solo se otorgarán números oficiales a predios con frente a vías públicas que estén señaladas en los Planes Parciales de Desarrollo Urbano (Art. 22 del Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro).

¿Requiere inspección o verificación?

No

Objetivo de la inspección o verificación

No Aplica

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

NOTA GENERAL

No se recibirá ningún expediente que no cuente con todos los requisitos solicitados. Expediente que no sea pagado al momento de su ingreso, se contestarán no procedentes.

El/La que suscribe bajo protesta de decir verdad manifiesto que los datos e información que proporciono, son verdaderos, en caso de incurrir en falsedad estoy consciente de las sanciones que en el ámbito civil, penal o del Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro se puedan aplicar por la autoridad competente.

En caso de contar antecedentes de números oficial otorgado antes del 2000, presentar copia del documento que lo ampare.

Testimonial en caso de existir una aclaración, respecto al nombre del propietario del predio.

Una vez asignadas las claves a los fraccionamientos, liquidada y entregada la notificación, estos comenzaran a generar costo del impuesto predial.

 

En caso de requerir factura, presentar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), presentar copia

y poder notariado, para liquidación de adeudos (el cual debe de presentarse al ingreso).

Los recibos de pago solamente podrán salir a nombre del titular.

 

 

Cuenta con 90 días naturales para completar su trámite y revisar cualquier aclaración, considerados a partir de la fecha de ingreso del mismo, posterior a estos días, deberá generar un nuevo ingreso.


Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

-Acude al Centro Cívico.
-Preséntate en la Ventanilla de Atención.
-Entrega al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. 
-Realiza el pago de tu trámite.
-Recibe tu número oficial exprés.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

Horario de atención en Ventanilla 8:00 a 16:00 hrs., Horario de ingreso de trámites: 8:00 a 15:00 hr


Costos:

                        

(LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO, QRO., PARA EL EJERCICIO FISCAL EN CURSO)

CONCEPTO

UMAS

Habitacional Residencial

6,24

Habitacional Popular

1,88


Formas de Pago aceptadas:

 Pago en Efectivo

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

1 día

Opción de tiempo:

Tiempo de respuesta Maximo

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

Código Urbano del Estado de Querétaro Art. 321, 357, y 358.

Código Municipal de Querétaro Art. 431, Art. 192 Fracción III y IV

Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro Art. 22, 38, 39, 40, y 43.


Registro de Regulaciones

Documentos

TABLA DE IMPORTACIÓN NÚMEROS OFICIALES TP-170120-003-REV(4) Ver Descargar
Tríptico. TP-170120-003-REV(4) Ver Descargar

Contacto

Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.



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(Certificado de Número Oficial exprés)

Descripción:

Asignación de número oficial exprés, para predios con uso habitacional unifamiliar, los cuales cuenten con frente a vía pública, que estén señaladas en los Planes Parciales de Desarrollo Urbano.

Código: TR-170100-051
Revisión: 8
Fecha de creación: 23/JAN/2020
Última actualización: 24/OCT/2023
Tipo: Trámite
Dependencia: Secretaría de Desarrollo Sostenible
Dirección: Dirección de Desarrollo Urbano
Clasificación: Documento administrativo, Certificado de número oficial
Tipo de trámite: Municipal
Dirigido a: Propietario/a de predios o representante Legal.
Vigencia del documento: Permanente.

Beneficio del Trámite o Servicio:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Certificado de Número Oficial.

En que casos se debe presentar el trámite:

Todo predio debe contar con un documento administrativo, mediante el cual hace constar la asignación del número oficial exterior e interior en los casos que aplique, para cada predio con frente a vía pública.
RequisitosOriginalCopias
Escrituras, Fideicomiso o Título de Propiedad, legibles inscritas en el Registro Público de la Propiedad y Comercio del Estado de Querétaro, que señale: (superficie, lote, manzana, medidas y colindancias) el cual deberá estar firmado y sellado.No1
Clave catastral del predio, la cual deberá de indicar el nombre del propietario/a, de acuerdo al comprobante de propiedad (Escritura, Fideicomiso o Título de Propiedad). En caso contrario dirigirse a la Dirección de Catastro del Municipio de Querétaro a solicitar el cambio.No1

Información adicional:

La información deberá ser presentada en forma digital archivo PDF, legible, completa, en orden, sin rotación y un archivo por cada requisito. Tiempo de respuesta el mismo día, de su ingreso.

Críterios de Resolución

No debe tener adeudo en el impuesto predial, desde el ingreso hasta la resolución del trámite. Para números oficiales habitacionales en Fraccionamientos y Condominios autorizados a partir del 01 de abril del 2014. Solo se otorgarán números oficiales a predios con frente a vías públicas que estén señaladas en los Planes Parciales de Desarrollo Urbano (Art. 22 del Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro).

¿Requiere inspección o verificación?

No

Objetivo de la inspección o verificación

No Aplica

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

NOTA GENERAL

No se recibirá ningún expediente que no cuente con todos los requisitos solicitados. Expediente que no sea pagado al momento de su ingreso, se contestarán no procedentes.

El/La que suscribe bajo protesta de decir verdad manifiesto que los datos e información que proporciono, son verdaderos, en caso de incurrir en falsedad estoy consciente de las sanciones que en el ámbito civil, penal o del Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro se puedan aplicar por la autoridad competente.

En caso de contar antecedentes de números oficial otorgado antes del 2000, presentar copia del documento que lo ampare.

Testimonial en caso de existir una aclaración, respecto al nombre del propietario del predio.

Una vez asignadas las claves a los fraccionamientos, liquidada y entregada la notificación, estos comenzaran a generar costo del impuesto predial.

 

En caso de requerir factura, presentar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), presentar copia

y poder notariado, para liquidación de adeudos (el cual debe de presentarse al ingreso).

Los recibos de pago solamente podrán salir a nombre del titular.

 

 

Cuenta con 90 días naturales para completar su trámite y revisar cualquier aclaración, considerados a partir de la fecha de ingreso del mismo, posterior a estos días, deberá generar un nuevo ingreso.


Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

-Acude al Centro Cívico.
-Preséntate en la Ventanilla de Atención.
-Entrega al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. 
-Realiza el pago de tu trámite.
-Recibe tu número oficial exprés.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

Horario de atención en Ventanilla 8:00 a 16:00 hrs., Horario de ingreso de trámites: 8:00 a 15:00 hr

Costos:


                                

Formas de Pago aceptadas:

Pago en Efectivo

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

1 día

Opción de tiempo:

Tiempo de respuesta Maximo

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

Código Urbano del Estado de Querétaro Art. 321, 357, y 358.

Código Municipal de Querétaro Art. 431, Art. 192 Fracción III y IV

Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro Art. 22, 38, 39, 40, y 43.


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Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
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En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

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* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.

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