Descripción:
Autorizar a los/las comerciantes establecidos/as que así lo pretendan, la colocación de anuncios y toldos conforme a la normatividad vigente, para conservar y mejorar la imagen urbana de la Zona de Monumentos Históricos de la Ciudad de Santiago de Querétaro.
Beneficio del trámite:
Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.
Documento ó comprobante:
Licencia de Instalación de Anuncios, toldo o mobiliario particular en Vía Pública.
En que casos se debe presentar el trámite:
Para todos anuncios denominativos y(o de propaganda que se encuentren dentro de la Zona de monumentos históricos de la Ciudad de Santiago de Querétaro
Requisitos | Original | Copias |
---|---|---|
Formato de solicitud de licencia para instalación de anuncio toldo o mobiliario particular en vía pública FM-170150-004. | Si | N/A |
Formato de solicitud para la autorización de anuncios, toldos y/o antenas en monumentos históricos, en inmuebles colindantes con estos o en zona de monumentos históricos INHA-00-006 | Si | N/A |
copia Licencia del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) | No | 1 |
Ejemplar del diseño del anuncio o toldo proporcionado por el departamento de Imagen Urbana conteniendo: propietario/a con firma original, modo de colocación redacción (solo anuncio), ubicación del anuncio en la fachada, materiales y colores, (se anexa machote del diseño del anuncio) y fotografía de fachada del inmueble. | Si | N/A |
En caso de ser solicitado por una persona moral, deberá presentar acta Constitutiva de la empresa y carta poder legal e INE del representante legal. CASO DE REVALIDACIÓN Se anexará a los requisitos anteriores: Copia de Licencia y diseño anterior actualizado, copia Licencia del INHA vigente. | No | 1 |
Información adicional:
En el entendido de que contará con 90 días naturales para recoger su trámite , ya que de lo contrario se tendrá por cancelado en los términos que señala el artículo 262 del Reglamento de Construcción Municipal.
Críterios de Resolución
Licencia del INAH vigente.
¿Requiere inspección o verificación?
Sí
Objetivo de la inspección o verificación
Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
Tipo de anuncios prohibidos:
Luminosos de cualquier tipo.
Espectaculares o autosoportados.
Colgantes, de bandera o de azotea.
De letra multicolores.
Mantas.
MIxtos.
Sobre cortinas metálicas, muros laterales de colindancia, vidrieras o toldos. Fuera del vano.
Al frente o detrás de barandales, balcones o ventanas.
Listas de productos, mercancias o servicios.
Pantallas electrónicas fijas o en movimiento.
Giratorios y de carteleras o mixtos.
Sobre la vía pública y elementos de urbanización no autorizados.
Así mismo, queda prohibida la inclusión de cualquier tipo de publicidad, marcas comerciales, logotipos y
leyendas ajenas al giro de establecimiento o local.
Condiciones para la colocación de anuncios en el Centro Histórico:
La utilización de logotipos en anuncios denominativos únicamente podrá ocupar hasta un 20% del área total
autorizada.
El texto de los anuncios deberá estar en idioma español, excepto cuando se trate de dialectos nacionales,
marcas, productos, nombres propios o nombres comerciales registrados en un idioma extranjero.
Únicamente se permitirá la colocación de un anuncio por establecimiento comercial o de prestación de servicios
que tenga vista hacia la vía pública, excepto los que se ubiquen en esquina, que podrán colocar uno sobre el
vano de acceso de cada fachada, debiendo ser iguales en forma, diseño y color.
En los casos en que existan dos o más establecimientos o locales con un solo acceso en un mismo inmueble, se
podrá colocar un anuncio exterior para identificar el conjunto comercial y en el interior un directorio de los
establecimientos o locales, mediante anuncios de menor tamaño cumpliendo con la condición de que todos
tengan las mismas características.
En los casos de que en un mismo inmueble exista más de un establecimiento o local con acceso independiente,
sin que sea un centro comercial, se podrá colocar un anuncio en cada acceso, cumpliendo con la condición de
que todos tengan las mismas características.
En el caso en los que las edificaciones cuenten con más de una planta únicamente podrá colocarse en planta
baja.
La iluminación para los anuncios colocados en el exterior de los inmuebles, será únicamente la que se
proporcione por el alumbrado público.
Los anuncios colocados al interior de los inmuebles y que sen visibles desde la vía pública podrán ser iluminados
únicamente por sistemas indirectos de luz blanca.
Toldos:
• Únicamente se autorizará la colocación, Instalación o fijación de toldos cuando la fachada del inmueble
presente un soleamiento.
• Deberá ser colocación retráctil y enrollable sobre un eje horizontal
• Solamente se podrá colocar un toldo en cada vano de puerta o ventana.
Los toldos deberán colocarse únicamente en el interior del vano, por lo que no deberán cubrir los
enmarcamientos así como elementos arquitectónicos de las fachadas.
•
Todos los toldos de un inmueble deberán tener las mismas características de tamaño, diseño, material y
colores y no podrá contener ningún tipo de anuncios o publicidad.
•
No deberá interferir con el tránsito de personal ni de vehículos siendo la altura mínima de 2.10 metros respecto
al nivel de banqueta y una proyección máxima de 1.20 metros respecto del paramento de fachada, siempre y
cuando la sección de la banqueta no sea menor de 1.20 metros.
•
• Solo se permitirá una sola clase y color de tela para todo el toldo.
Tipos de toldos prohibidos.
• Fabricados con material traslucido, metálico brillante.
• Con publicidad e iluminación directa.
• Toldos los esféricos
• Toldos rígidos.
Colores permitidos de toldos:
Recubrimiento:
Manta cruda, Verde olivo, café tabaco, sepia, rojo vino y azul marino.
Estructura:
Negro, verde oscuro y café oscuro.
Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Pasos para Realizar Tramite Presencial:
-Acude al centro de atención especificado. -Preséntate en la Ventanilla de Atención. -Entrega al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. -Realiza el pago de tu trámite. -Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.
Necesidad de Agendar Cita:
No
Horarios de Atención:
8:15 a 16:15 hrs. Horario de ingreso de trámite 8:00 a 14:00 hrs.
Costos:
VER DETALLE DE COSTOS EN ARCHIVOS ANEXOS
Formas de Pago aceptadas:
Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Tarjeta de Débito
Vigencia de la Línea de Captura:
No aplica
Tiempo de Respuesta:
10 días hábiles
Opción de tiempo:
Tiempo de respuesta Maximo
Aplica afirmativa ficta:
No
Fundamento Jurídico
- Reglamento de Imagen Urbana del Municipio de Querétaro
- Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro
Documentos
Anuncios Denominativos y Publicidad de Temporada_FM-170150-027REV (0) vigente | Ver | Descargar |
Anuncios Denominativos_FM-170150-020REV (1) | Ver | Descargar |
Artículos actualizados de la Ley Ingresos | Ver | Descargar |
CARTA RESPONSIVA PROPIETARIO_FM-170150-026REV (0) | Ver | Descargar |
COMPROMISO DE PUBLICIDAD_FM-170150-024REV (1) | Ver | Descargar |
FORMATO_CARTA RESPONSIVA_DRO_FM-170150-025REV (0) | Ver | Descargar |
SOLICITUD_FM-170150-004-REV (23) | Ver | Descargar |
Contacto
Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]
Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070
En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.
Protesta Ciudadana
Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:
Órgano Interno de Control* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.
Obtén la Autorización para la Colocación de Anuncios y Toldos en la Zona de Monumentos Históricos
(Licencia de Anuncios y Toldos para la Zona de Monumentos Históricos de la Ciudad de Santiago de Querétaro)
Descripción:
Autorizar a los/las comerciantes establecidos/as que así lo pretendan, la colocación de anuncios y toldos conforme a la normatividad vigente, para conservar y mejorar la imagen urbana de la Zona de Monumentos Históricos de la Ciudad de Santiago de Querétaro.
Código: | TR-170100-032 |
Revisión: | 19 |
Fecha de creación: | 06/NOV/2008 |
Última actualización: | 24/JUN/2022 |
Tipo: | Trámite |
Dependencia: | Secretaría de Desarrollo Sostenible |
Dirección: | Dirección de Desarrollo Urbano |
Clasificación: | Uso de Suelo, Construcción e Imagen Urbana |
Tipo de trámite: | Municipal |
Dirigido a: | Comerciantes y prestadores de servicios localizados en la Zona de Monumentos Históricos de la Ciudad de Santiago de Querétaro. |
Vigencia del documento: | A un año calendario (se otorga vigencia al último día del año en curso). |
Beneficio del Trámite o Servicio:
Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.
Documento ó comprobante:
Licencia de Instalación de Anuncios, toldo o mobiliario particular en Vía Pública.
En que casos se debe presentar el trámite:
Para todos anuncios denominativos y(o de propaganda que se encuentren dentro de la Zona de monumentos históricos de la Ciudad de Santiago de Querétaro
Requisitos | Original | Copias |
---|---|---|
Formato de solicitud de licencia para instalación de anuncio toldo o mobiliario particular en vía pública FM-170150-004. | Si | N/A |
Formato de solicitud para la autorización de anuncios, toldos y/o antenas en monumentos históricos, en inmuebles colindantes con estos o en zona de monumentos históricos INHA-00-006 | Si | N/A |
copia Licencia del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) | No | 1 |
Ejemplar del diseño del anuncio o toldo proporcionado por el departamento de Imagen Urbana conteniendo: propietario/a con firma original, modo de colocación redacción (solo anuncio), ubicación del anuncio en la fachada, materiales y colores, (se anexa machote del diseño del anuncio) y fotografía de fachada del inmueble. | Si | N/A |
En caso de ser solicitado por una persona moral, deberá presentar acta Constitutiva de la empresa y carta poder legal e INE del representante legal. CASO DE REVALIDACIÓN Se anexará a los requisitos anteriores: Copia de Licencia y diseño anterior actualizado, copia Licencia del INHA vigente. | No | 1 |
Información adicional:
En el entendido de que contará con 90 días naturales para recoger su trámite , ya que de lo contrario se tendrá por cancelado en los términos que señala el artículo 262 del Reglamento de Construcción Municipal.Críterios de Resolución
Licencia del INAH vigente.¿Requiere inspección o verificación?
Sí
Objetivo de la inspección o verificación
Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
Tipo de anuncios prohibidos:
Luminosos de cualquier tipo.
Espectaculares o autosoportados.
Colgantes, de bandera o de azotea.
De letra multicolores.
Mantas.
MIxtos.
Sobre cortinas metálicas, muros laterales de colindancia, vidrieras o toldos. Fuera del vano.
Al frente o detrás de barandales, balcones o ventanas.
Listas de productos, mercancias o servicios.
Pantallas electrónicas fijas o en movimiento.
Giratorios y de carteleras o mixtos.
Sobre la vía pública y elementos de urbanización no autorizados.
Así mismo, queda prohibida la inclusión de cualquier tipo de publicidad, marcas comerciales, logotipos y
leyendas ajenas al giro de establecimiento o local.
Condiciones para la colocación de anuncios en el Centro Histórico:
La utilización de logotipos en anuncios denominativos únicamente podrá ocupar hasta un 20% del área total
autorizada.
El texto de los anuncios deberá estar en idioma español, excepto cuando se trate de dialectos nacionales,
marcas, productos, nombres propios o nombres comerciales registrados en un idioma extranjero.
Únicamente se permitirá la colocación de un anuncio por establecimiento comercial o de prestación de servicios
que tenga vista hacia la vía pública, excepto los que se ubiquen en esquina, que podrán colocar uno sobre el
vano de acceso de cada fachada, debiendo ser iguales en forma, diseño y color.
En los casos en que existan dos o más establecimientos o locales con un solo acceso en un mismo inmueble, se
podrá colocar un anuncio exterior para identificar el conjunto comercial y en el interior un directorio de los
establecimientos o locales, mediante anuncios de menor tamaño cumpliendo con la condición de que todos
tengan las mismas características.
En los casos de que en un mismo inmueble exista más de un establecimiento o local con acceso independiente,
sin que sea un centro comercial, se podrá colocar un anuncio en cada acceso, cumpliendo con la condición de
que todos tengan las mismas características.
En el caso en los que las edificaciones cuenten con más de una planta únicamente podrá colocarse en planta
baja.
La iluminación para los anuncios colocados en el exterior de los inmuebles, será únicamente la que se
proporcione por el alumbrado público.
Los anuncios colocados al interior de los inmuebles y que sen visibles desde la vía pública podrán ser iluminados
únicamente por sistemas indirectos de luz blanca.
Toldos:
• Únicamente se autorizará la colocación, Instalación o fijación de toldos cuando la fachada del inmueble
presente un soleamiento.
• Deberá ser colocación retráctil y enrollable sobre un eje horizontal
• Solamente se podrá colocar un toldo en cada vano de puerta o ventana.
Los toldos deberán colocarse únicamente en el interior del vano, por lo que no deberán cubrir los
enmarcamientos así como elementos arquitectónicos de las fachadas.
•
Todos los toldos de un inmueble deberán tener las mismas características de tamaño, diseño, material y
colores y no podrá contener ningún tipo de anuncios o publicidad.
•
No deberá interferir con el tránsito de personal ni de vehículos siendo la altura mínima de 2.10 metros respecto
al nivel de banqueta y una proyección máxima de 1.20 metros respecto del paramento de fachada, siempre y
cuando la sección de la banqueta no sea menor de 1.20 metros.
•
• Solo se permitirá una sola clase y color de tela para todo el toldo.
Tipos de toldos prohibidos.
• Fabricados con material traslucido, metálico brillante.
• Con publicidad e iluminación directa.
• Toldos los esféricos
• Toldos rígidos.
Colores permitidos de toldos:
Recubrimiento:
Manta cruda, Verde olivo, café tabaco, sepia, rojo vino y azul marino.
Estructura:
Negro, verde oscuro y café oscuro.
Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Pasos para Realizar Tramite Presencial:
-Acude al centro de atención especificado. -Preséntate en la Ventanilla de Atención. -Entrega al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. -Realiza el pago de tu trámite. -Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.
Necesidad de Agendar Cita:
No
Horarios de Atención:
8:15 a 16:15 hrs. Horario de ingreso de trámite 8:00 a 14:00 hrs.
Sección en Actualización
Costos:
VER DETALLE DE COSTOS EN ARCHIVOS ANEXOS
Formas de Pago aceptadas:
Pago en EfectivoVigencia de la Línea de Captura:
No aplicaTiempo de Respuesta:
10 días hábilesOpción de tiempo:
Tiempo de respuesta MaximoAplica afirmativa ficta:
NoFundamento Jurídico
- Reglamento de Imagen Urbana del Municipio de Querétaro
- Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro
Documentos
Anuncios Denominativos y Publicidad de Temporada_FM-170150-027REV (0) vigente | Ver | Descargar |
Anuncios Denominativos_FM-170150-020REV (1) | Ver | Descargar |
Artículos actualizados de la Ley Ingresos | Ver | Descargar |
CARTA RESPONSIVA PROPIETARIO_FM-170150-026REV (0) | Ver | Descargar |
COMPROMISO DE PUBLICIDAD_FM-170150-024REV (1) | Ver | Descargar |
FORMATO_CARTA RESPONSIVA_DRO_FM-170150-025REV (0) | Ver | Descargar |
SOLICITUD_FM-170150-004-REV (23) | Ver | Descargar |
Contacto
Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]
Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070
En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.
Protesta Ciudadana
Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:
Órgano Interno de Control* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.