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Viendo información de trámite

Solicita tu Licencia nueva o regularización para anuncios y/o toldos. (Solicitud de Licencia para instalación de anuncio y/o toldo, nuevas o regularizaciones.)


Descripción:

Autorización para la instalación de un anuncio y/o toldo; expresión gráfica, escrita y/o mensaje relacionado con la intención de que las personas puedan conocer un producto, venta de bienes, prestación de servicios y el ejercicio lícito de actividades profesionales, comerciales, industriales, mercantiles, técnicas, cívicas, culturales, políticas, deportivas, artesanales, teatrales, de folklore nacional, hecho, acontecimiento o algo similar a efectos de que el público pueda tener una acción al respecto

Código:
TR-170100-004
Revisión:
25
Fecha de creación:
20/DEC/2006
Última actualización:
01/FEB/2024
Tipo:
Trámite
Dependencia:
Secretaría de Desarrollo Sostenible
Dirección:
Dirección de Desarrollo Urbano
Clasificación:
Uso de Suelo, Construcción e Imagen Urbana
Tipo de trámite:
Municipal
Dirigido a:
Toda persona física y/o moral que requiera Instalar un anuncio publicitario y/o toldo, en cualquiera de sus denominaciones.
Vigencia del documento:
- A un año calendario (se otorga vigencia al último día del año en curso)

Beneficio del trámite:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Licencia para instalación de anuncio y/o toldo.

En que casos se debe presentar el trámite:

Para todos aquellos anuncios que sean visibles desde vía pública, tales como;  
•	Letra suelta, pintado, adherido, placa denominativa, integrado o toldo.
•	Adosado/ adosado de pantalla electrónica.
•	Inflable.
•	En tapial.
•	Autosoportado denominativo / directorio / cartelera / directorio de pantalla /electrónica.
•	Banner.
•	Autosoportado de propaganda / mixto.
•	Autosoportado de propaganda de pantalla electrónica.
•	Flotante.
•	Especial.
RequisitosOriginalCopias
Solicitud en formato vigente; en físico tamaño cartaSiN/A
Ejemplar de diseño vigente firmado por el propietario del anuncioy/o toldo en dos tantos; en físico tamaño cartaSiN/A
Documento que acredite la identidad del solicitante (acta constitutiva y poder legal en caso de tratarse de una persona moral).No1
**Licencia del INAH vigente en caso de encontrarse dentro de zona de monumentos históricosNoN/A
**Licencia de construcción.NoN/A
**Visto Bueno de Protección Civil.NoN/A
**Póliza de seguro.NoN/A
**Contrato de arrendamiento vigente.NoN/A
**Carta compromiso de publicidad.NoN/A
**Dictamen de Uso de Suelo.NoN/A
(**)En caso de aplicar. Ver tabla de requisitos del formato de solicitud vigente FM-170150-004NoN/A

Información adicional:

Todos los formatos deberán incluir llenado de campos y firmas según se indique.

La póliza de seguro deberá contener la dirección donde se ubique el anuncio, el monto asegurado según corresponda y una vigencia mínima de 1 año al momento de su ingreso, y/o al 31 de diciembre del año en curso; la suma asegurada se calculará de acuerdo a lo establecido en la  Norma Técnica NTC-RIU-TIV-CIII-SEDESO-17 (Cálculo del Monto de Seguro de Responsabilidad Civil Contra Daños a Terceros) del Reglamento de Imagen Urbana.  

-Anuncios Denominativos: Póliza de Responsabilidad Civil.

-Anuncios de Propaganda: Póliza de Responsabilidad Civil contra daños a terceros.


Críterios de Resolución

Anuncios adosados, flotantes, especiales, tapiales, inflables o autosoportados mayores a 4 m2, se requiere lo siguiente:
•	Firma de un DRO, cada dos años, colegiado en el estado de Querétaro.
•	Visto bueno de Protección Civil del anuncio. 
•	Póliza de seguro.
Para la colocación y trámite de anuncio, el inmueble deberá de cumplir con uso de suelo comercial, industrial y/o servicios, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 Fracción II del Reglamento de Imagen Urbana.

¿Requiere inspección o verificación?


Objetivo de la inspección o verificación

el cumplimVerificar iento de la normatividad aplicable

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

ANUNCIOS AUTOSOPORTADOS

  • Especificaciones Técnicas
  • La clasificación de anuncios autosoportados es:
    • Autosoportado Denominativo.
    • Autosoportado de Directorio.
    • Autosoportado de Cartelera.
    • Autosoportado de Propaganda, Mixto y/o Pantalla Electrónica.
  • No deberán sobresalir, proyectarse o invadir el alineamiento oficial y/o colindancias.
  • No podrán invadir cajones de estacionamiento.
  • No podrán colocarse dentro de la Zona de Monumentos Históricos.
  • Podrán tener hasta 2 (dos) niveles de carátula como máximo, así como 2 (dos) carátulas, una por cada vista.
  • Aquellas carátulas en forma de “V”, espalda con espalda, podrán estar separadas a una distancia no mayor a 2.50 metros entre ambas caras.
  • Las carátulas deberán estar montadas sobre una estructura que garantice su estabilidad y seguridad.

ANUNCIOS Y TOLDOS DENOMINATIVOS

  • Especificaciones Técnicas
    • Los anuncios sólo podrán autorizarse en el área asignable de la fachada; quedando prohibidos los anuncios que exceden de manera total o parcial del límite de la misma; de acuerdo a lo establecido en la Norma Técnica correspondiente.
    • En los escaparates, ventanales y/o fachada con acabado en cristal, únicamente se permitirán anuncios en material de vinil adherible o similar.
    • En cortinas o puertas metálicas, únicamente podrán considerarse anuncios pintados.
    • La Dimensión Máxima de Anuncio estará en función de la dimensión de la fachada, y se determinará de acuerdo a las tablas de Determinaciones Máximas de Anuncio en Fachada (Alto y largo).
    • Solo se podrá instalar un anuncio denominativo por edificación o local comercial, salvo en los inmuebles ubicados en esquina, con acceso por diversas calles o vialidades, pudiendo seccionar el área total autorizada.
  • Superficies NO Aptas para la Colocación de Anuncio
  • Donde obstruya la visibilidad de números oficiales y/o placas de nomenclatura de calles.
  • En cualquier sitio donde pueda provocar confusión y/o mala visualización de las señales de tránsito.
  • En espacio o vía pública en cualquiera de sus modalidades, así como cualquier sistema de exhibición porta pendón, gallardete, lona, banderola, manta, cartulina, pegote, atril o caballete.
  • En pedestales, plataformas, cercas, rejas, árboles, barandales, cerros, rocas, bordes de ríos.
  • En las caras externas de los muros de colindancias.
  • En volados, salientes, y/o cornisas del inmueble, así como colgantes y anuncios en bandera adosado a la fachada.
  • En balcones y terrazas de cualquier edificación, independiente del acabado y/o material construido.
  • En el piso o pavimento de calles, avenidas y calzadas.
  • En las azoteas o planos horizontales de cualquier edificación.
  • Sobre vehículos y/o remolques.
  • En cualquier sitio sujeto o adherido a mobiliario urbano o mobiliario particular.

ANUNCIOS TEMPORALES

  • Especificaciones Técnicas
  • Se podrán autorizar anuncios temporales por cada inmueble y/o  evento, únicamente con fines denominativos de acuerdo a lo siguiente:
    • En tapial o banner con la finalidad de promocionar predios en proceso de construcción con frente a vialidad;
    • Adosados a fachada y/o autosoportados con la finalidad de promocionar la renta o venta de bienes raíces;
    • Adosados en fachada con la finalidad de promocionar ofertas temporales, baratas, liquidaciones, subastas y/o similares;
    • De información cívica o cultural colocados en el inmueble a que se refiera el evento publicitario, el cual tendrá vigencia máxima improrrogable de 60 días naturales;
    • De información de obra gubernamental en proceso, el cual tendrá vigencia máxima de tiempo de duración de ejecución de obra; y
    • Para la instalación de publicidad especial, la cual será por un máximo de 120 días naturales.
  • Los anuncios temporales tendrán una vigencia máxima de 120 días naturales anuales.
  • Los anuncios en tapial o banner podrán ser revalidados consecutivamente durante el tiempo que estipule la licencia de construcción;
  • Los anuncios que se ubiquen dentro de la Zona de Monumentos Históricos, deberán ajustarse a lo dispuesto por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), de conformidad con lo establecido en los artículos 16 y 160 del Reglamento de Imagen Urbana del Municipio de Querétaro.;
  • Los anuncios para renta o venta de inmuebles no necesitarán licencia, siempre y cuando no excedan de 1.20 X 1.20 metros; en caso de ser mayores, se ajustarán a las medidas de dimensión máxima de anuncio en fachada;
  • La dimensión máxima para anuncios en fachada estará en función de las dimensiones de la fachada, y se determinarán de acuerdo a las tablas correspondientes.
  • El propietario del anuncio deberá retirar la publicidad una vez vencida la vigencia de la licencia.

Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

-Acude al centro de atención especificado. 
-Preséntate en la Ventanilla de Atención.
-Entrega al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. 
-Realiza el pago de tu trámite.
-Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

Horario de atención en Ventanilla 8:00 a 16:00 hrs., Horario de ingreso de trámites: 8:00 a 15:00 hr


Costos:

                        VER DETALLE DE COSTOS EN ARCHIVOS ANEXOS
                        

Formas de Pago aceptadas:

 Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Tarjeta de Débito

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

10 dias habiles

Opción de tiempo:

Tiempo de respuesta Promedio

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

Código Urbano del Estado de Querétaro Artículo 1 Fracción VIII 115 360-365 y 513.

Reglamento de Imagen Urbana del Municipio de Querétaro.

Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro.


Registro de Regulaciones

Documentos

Costo, Ley de Ingresos IM Ver Descargar
FORMATO_ADOSADO PANTALLA_FM-170150-030REV (0) Ver Descargar
FORMATO_ANUNCIOS DENOMINATIVOS_FM-170150-020REV (1) Ver Descargar
FORMATO_AUTOSOPORTADO DE PROPAGANDA_FM-170150-019REV (1) Ver Descargar
FORMATO_AUTOSOPORTADO DENOMINATIVO_FM-170150-028REV (0) Ver Descargar
FORMATO_AUTOSOPORTADO DIRECTORIO PANTALLA_FM-170150-030REV (0) Ver Descargar
FORMATO_AUTOSOPORTADO PROPAGANDA PANTALLA ELECTÓNICA_FM-170150-018REV (1) Ver Descargar
FORMATO_BANNER_FM-170150-029REV (0) Ver Descargar
FORMATO_DENOMINATIVOS Y PUBLICIDAD DE TEMPORADA_FM-170150-027REV (0) Ver Descargar
FORMATO_TAPIAL_FM-170150-029REV (0) Ver Descargar
SOLICITUD_FM-170150-004-REV (24) Ver Descargar
TRIPTICO ANUNCIOS AUTOSOPORTADOS_TP-170150-004-REV (5) Ver Descargar
TRIPTICO ANUNCIOS DENOMINATIVOS Y TOLDOS_TP-170150-001-REV (4) Ver Descargar
TRIPTICO ANUNCIOS TEMPORALES_TP-170150-005-REV (3) Ver Descargar

Contacto

Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.



Solicita tu Licencia nueva o regularización para anuncios y/o toldos.


(Solicitud de Licencia para instalación de anuncio y/o toldo, nuevas o regularizaciones.)

Descripción:

Autorización para la instalación de un anuncio y/o toldo; expresión gráfica, escrita y/o mensaje relacionado con la intención de que las personas puedan conocer un producto, venta de bienes, prestación de servicios y el ejercicio lícito de actividades profesionales, comerciales, industriales, mercantiles, técnicas, cívicas, culturales, políticas, deportivas, artesanales, teatrales, de folklore nacional, hecho, acontecimiento o algo similar a efectos de que el público pueda tener una acción al respecto

Código: TR-170100-004
Revisión: 25
Fecha de creación: 20/DEC/2006
Última actualización: 01/FEB/2024
Tipo: Trámite
Dependencia: Secretaría de Desarrollo Sostenible
Dirección: Dirección de Desarrollo Urbano
Clasificación: Uso de Suelo, Construcción e Imagen Urbana
Tipo de trámite: Municipal
Dirigido a: Toda persona física y/o moral que requiera Instalar un anuncio publicitario y/o toldo, en cualquiera de sus denominaciones.
Vigencia del documento: - A un año calendario (se otorga vigencia al último día del año en curso)

Beneficio del Trámite o Servicio:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Licencia para instalación de anuncio y/o toldo.

En que casos se debe presentar el trámite:

Para todos aquellos anuncios que sean visibles desde vía pública, tales como;  
•	Letra suelta, pintado, adherido, placa denominativa, integrado o toldo.
•	Adosado/ adosado de pantalla electrónica.
•	Inflable.
•	En tapial.
•	Autosoportado denominativo / directorio / cartelera / directorio de pantalla /electrónica.
•	Banner.
•	Autosoportado de propaganda / mixto.
•	Autosoportado de propaganda de pantalla electrónica.
•	Flotante.
•	Especial.
RequisitosOriginalCopias
Solicitud en formato vigente; en físico tamaño cartaSiN/A
Ejemplar de diseño vigente firmado por el propietario del anuncioy/o toldo en dos tantos; en físico tamaño cartaSiN/A
Documento que acredite la identidad del solicitante (acta constitutiva y poder legal en caso de tratarse de una persona moral).No1
**Licencia del INAH vigente en caso de encontrarse dentro de zona de monumentos históricosNoN/A
**Licencia de construcción.NoN/A
**Visto Bueno de Protección Civil.NoN/A
**Póliza de seguro.NoN/A
**Contrato de arrendamiento vigente.NoN/A
**Carta compromiso de publicidad.NoN/A
**Dictamen de Uso de Suelo.NoN/A
(**)En caso de aplicar. Ver tabla de requisitos del formato de solicitud vigente FM-170150-004NoN/A

Información adicional:

Todos los formatos deberán incluir llenado de campos y firmas según se indique. La póliza de seguro deberá contener la dirección donde se ubique el anuncio, el monto asegurado según corresponda y una vigencia mínima de 1 año al momento de su ingreso, y/o al 31 de diciembre del año en curso; la suma asegurada se calculará de acuerdo a lo establecido en la Norma Técnica NTC-RIU-TIV-CIII-SEDESO-17 (Cálculo del Monto de Seguro de Responsabilidad Civil Contra Daños a Terceros) del Reglamento de Imagen Urbana. -Anuncios Denominativos: Póliza de Responsabilidad Civil. -Anuncios de Propaganda: Póliza de Responsabilidad Civil contra daños a terceros.

Críterios de Resolución

Anuncios adosados, flotantes, especiales, tapiales, inflables o autosoportados mayores a 4 m2, se requiere lo siguiente: • Firma de un DRO, cada dos años, colegiado en el estado de Querétaro. • Visto bueno de Protección Civil del anuncio. • Póliza de seguro. Para la colocación y trámite de anuncio, el inmueble deberá de cumplir con uso de suelo comercial, industrial y/o servicios, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 Fracción II del Reglamento de Imagen Urbana.

¿Requiere inspección o verificación?


Objetivo de la inspección o verificación

el cumplimVerificar iento de la normatividad aplicable

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

ANUNCIOS AUTOSOPORTADOS

  • Especificaciones Técnicas
  • La clasificación de anuncios autosoportados es:
    • Autosoportado Denominativo.
    • Autosoportado de Directorio.
    • Autosoportado de Cartelera.
    • Autosoportado de Propaganda, Mixto y/o Pantalla Electrónica.
  • No deberán sobresalir, proyectarse o invadir el alineamiento oficial y/o colindancias.
  • No podrán invadir cajones de estacionamiento.
  • No podrán colocarse dentro de la Zona de Monumentos Históricos.
  • Podrán tener hasta 2 (dos) niveles de carátula como máximo, así como 2 (dos) carátulas, una por cada vista.
  • Aquellas carátulas en forma de “V”, espalda con espalda, podrán estar separadas a una distancia no mayor a 2.50 metros entre ambas caras.
  • Las carátulas deberán estar montadas sobre una estructura que garantice su estabilidad y seguridad.

ANUNCIOS Y TOLDOS DENOMINATIVOS

  • Especificaciones Técnicas
    • Los anuncios sólo podrán autorizarse en el área asignable de la fachada; quedando prohibidos los anuncios que exceden de manera total o parcial del límite de la misma; de acuerdo a lo establecido en la Norma Técnica correspondiente.
    • En los escaparates, ventanales y/o fachada con acabado en cristal, únicamente se permitirán anuncios en material de vinil adherible o similar.
    • En cortinas o puertas metálicas, únicamente podrán considerarse anuncios pintados.
    • La Dimensión Máxima de Anuncio estará en función de la dimensión de la fachada, y se determinará de acuerdo a las tablas de Determinaciones Máximas de Anuncio en Fachada (Alto y largo).
    • Solo se podrá instalar un anuncio denominativo por edificación o local comercial, salvo en los inmuebles ubicados en esquina, con acceso por diversas calles o vialidades, pudiendo seccionar el área total autorizada.
  • Superficies NO Aptas para la Colocación de Anuncio
  • Donde obstruya la visibilidad de números oficiales y/o placas de nomenclatura de calles.
  • En cualquier sitio donde pueda provocar confusión y/o mala visualización de las señales de tránsito.
  • En espacio o vía pública en cualquiera de sus modalidades, así como cualquier sistema de exhibición porta pendón, gallardete, lona, banderola, manta, cartulina, pegote, atril o caballete.
  • En pedestales, plataformas, cercas, rejas, árboles, barandales, cerros, rocas, bordes de ríos.
  • En las caras externas de los muros de colindancias.
  • En volados, salientes, y/o cornisas del inmueble, así como colgantes y anuncios en bandera adosado a la fachada.
  • En balcones y terrazas de cualquier edificación, independiente del acabado y/o material construido.
  • En el piso o pavimento de calles, avenidas y calzadas.
  • En las azoteas o planos horizontales de cualquier edificación.
  • Sobre vehículos y/o remolques.
  • En cualquier sitio sujeto o adherido a mobiliario urbano o mobiliario particular.

ANUNCIOS TEMPORALES

  • Especificaciones Técnicas
  • Se podrán autorizar anuncios temporales por cada inmueble y/o  evento, únicamente con fines denominativos de acuerdo a lo siguiente:
    • En tapial o banner con la finalidad de promocionar predios en proceso de construcción con frente a vialidad;
    • Adosados a fachada y/o autosoportados con la finalidad de promocionar la renta o venta de bienes raíces;
    • Adosados en fachada con la finalidad de promocionar ofertas temporales, baratas, liquidaciones, subastas y/o similares;
    • De información cívica o cultural colocados en el inmueble a que se refiera el evento publicitario, el cual tendrá vigencia máxima improrrogable de 60 días naturales;
    • De información de obra gubernamental en proceso, el cual tendrá vigencia máxima de tiempo de duración de ejecución de obra; y
    • Para la instalación de publicidad especial, la cual será por un máximo de 120 días naturales.
  • Los anuncios temporales tendrán una vigencia máxima de 120 días naturales anuales.
  • Los anuncios en tapial o banner podrán ser revalidados consecutivamente durante el tiempo que estipule la licencia de construcción;
  • Los anuncios que se ubiquen dentro de la Zona de Monumentos Históricos, deberán ajustarse a lo dispuesto por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), de conformidad con lo establecido en los artículos 16 y 160 del Reglamento de Imagen Urbana del Municipio de Querétaro.;
  • Los anuncios para renta o venta de inmuebles no necesitarán licencia, siempre y cuando no excedan de 1.20 X 1.20 metros; en caso de ser mayores, se ajustarán a las medidas de dimensión máxima de anuncio en fachada;
  • La dimensión máxima para anuncios en fachada estará en función de las dimensiones de la fachada, y se determinarán de acuerdo a las tablas correspondientes.
  • El propietario del anuncio deberá retirar la publicidad una vez vencida la vigencia de la licencia.

Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

-Acude al centro de atención especificado. 
-Preséntate en la Ventanilla de Atención.
-Entrega al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. 
-Realiza el pago de tu trámite.
-Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

Horario de atención en Ventanilla 8:00 a 16:00 hrs., Horario de ingreso de trámites: 8:00 a 15:00 hr

Costos:


                                

Formas de Pago aceptadas:

Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Tarjeta de Débito

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

10 dias habiles

Opción de tiempo:

Tiempo de respuesta Promedio

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

Código Urbano del Estado de Querétaro Artículo 1 Fracción VIII 115 360-365 y 513.

Reglamento de Imagen Urbana del Municipio de Querétaro.

Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro.


Registro de Regulaciones

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FORMATO_AUTOSOPORTADO DIRECTORIO PANTALLA_FM-170150-030REV (0) Ver Descargar
FORMATO_AUTOSOPORTADO PROPAGANDA PANTALLA ELECTÓNICA_FM-170150-018REV (1) Ver Descargar
FORMATO_BANNER_FM-170150-029REV (0) Ver Descargar
FORMATO_DENOMINATIVOS Y PUBLICIDAD DE TEMPORADA_FM-170150-027REV (0) Ver Descargar
FORMATO_TAPIAL_FM-170150-029REV (0) Ver Descargar
SOLICITUD_FM-170150-004-REV (24) Ver Descargar
TRIPTICO ANUNCIOS AUTOSOPORTADOS_TP-170150-004-REV (5) Ver Descargar
TRIPTICO ANUNCIOS DENOMINATIVOS Y TOLDOS_TP-170150-001-REV (4) Ver Descargar
TRIPTICO ANUNCIOS TEMPORALES_TP-170150-005-REV (3) Ver Descargar

Contacto

Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

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* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.

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