Descripción:
Verificar por parte de la Autoridad Municipal que la obra ha sido realizada de acuerdo a los planos y la Licencia de Construcción autorizada
Beneficio del trámite:
Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.
Documento ó comprobante:
Terminación de Obra
En que casos se debe presentar el trámite:
Toda obra que haya terminado de construir deberá de presentar su tramite de terminación de obra
Requisitos | Original | Copias |
---|---|---|
- Solicitud elaborada, firmada por propietario y DRO (en archivo pdf). | Si | N/A |
- Un juego impreso y en archivo PDF, de fotografías a color de la obra que muestre las fachadas, todos los espacios interiores y exteriores de la construcción, elementos que puedan considerarse como relevantes o aspectos generales de la obra según sea el caso (alberca, roof garden, fuentes, muros colindantes, escaleras, tapancos, sala de maquinas, lineas de producción bodegas, oficinas, etc) . | Si | N/A |
-Previo al ingreso de la Terminación de Obra debe verificar el cumplimiento de todas y cada una de las condicionantes indicadas en la Licencia de Construcción. Presentar documentos (oficio y/o planos y/o autorización y/o etc., según sea el caso) que hayan sido condicionados en la Licencia de Construcción. | Si | N/A |
**- Licencia de Construcción incluyendo planos arquitectónicos autorizados (planos, fachadas y cortes, con sellos legibles)(En archivo pdf y formato dxf. | No | 1 |
En su caso **; 1.-Si la Licencia y planos se otorgaron en papel. 2.- Si la Licencia y planos se emitieron anterior al año 2011. | No | N/A |
Información adicional:
Críterios de Resolución
Para presentar juego de planos impresos (90 x 60 cm): 1.-Si los planos no se emitieron de forma Digital (Archivo PDF). 2.-Si el predio cuenta con una superficie mayor a 800 m2. 3.- Si la Licencia se emitió anterior al año 2011.
¿Requiere inspección o verificación?
Sí
Objetivo de la inspección o verificación
Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
Notas Generales:
Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Pasos para Realizar Tramite Presencial:
-Acude al centro de atención especificado. -Preséntate en la Ventanilla de Atención. -Entrega al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. -Realiza el pago de tu trámite. -Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.
Necesidad de Agendar Cita:
No
Horarios de Atención:
8:15 a 16:15 hrs. Horario de ingreso de trámite 8:00 a 14:00 hrs.
Costos:
COSTOS TERMINACION DE OBRA 2024 | ||
CONCEPTO | UMA | PESOS |
URBANO (HABITACIONAL) | ||
a) POPULAR | 2,49 | $270,34 |
b) RESIDENCIAL | 7,49 | $813,19 |
c) RESIDENCIAL CAMPESTRE | 12,47 | $1.353,87 |
COMERCIAL Y/O DE SERVICIOS | ||
a) COMERCIAL POPULAR COMPATIBLE CON HABITACIONAL | 2,49 | $270,34 |
b) UNICAMENTE COMERCIO Y/O SERVICIO. | 12,47 | $1.353,87 |
c) COMERCIO RESIDENCIAL COMPATIBLE CON HABITACIONAL | 14,98 | $1.626,38 |
d) CONDOMINAL PARCIAL HABITACIONAL | 9,98 | $1.083,53 |
e) CONDOMINAL TOTAL HABITACIONAL | 18,72 | $2.032,43 |
f) CONDOMINAL PARCIAL COMERCIAL Y/O SERVICIOS | 18,72 | $2.032,43 |
g) CONDOMINAL TOTAL COMERCIAL Y/O SERVICIOS | 24,96 | $2.708,91 |
INDUSTRIAL | ||
INDUSTRIA, LIGERA, MEDIANA Y PESADA. | 24,96 | $2.708,91 |
VALOR UMA 108.57 PESOS |
Formas de Pago aceptadas:
Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Tarjeta de Débito
Vigencia de la Línea de Captura:
No aplica
Tiempo de Respuesta:
3 dias habiles
Opción de tiempo:
Tiempo de respuesta Maximo
Aplica afirmativa ficta:
No
Fundamento Jurídico
A considerar para Directores Responsables de Obra y propietarios:
Artículos 419, 421, 423; Sección Cuarta, Código Urbano del Estado de Querétaro.
Artículos 38 al 41, 42, 43 al 198, 206, 226 al 228, 255, 261 al 264, 269, 275 fr.II, 278 al 280, 287 al 301, 323, 355 del Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro
ARTÍCULO 291. IV. Estar dado de alta en el padrón digital del Municipio de Querétaro a través del cual, en coordinación con la Dirección de Sistemas de información del Municipio de Querétaro, se inscribirán las altas y bajas conforme a los listados de profesionistas registrados que proporcionen los colegios, cámaras o barras de profesionistas de conformidad con el Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro.
ARTÍCULO 278. La Dirección podrá ordenar la demolición parcial o total de una obra que se haya realizado sin licencia o cuya licencia condicionada se haya obtenido en base al Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro mediante declaración o documentación falsa, con cargo al propietario, poseedor o responsable, independientemente de las sanciones a que pudiera haber lugar.
ARTÍCULO 330. La imposición y ejecución de las sanciones no eximirá al infractor de la obligación de corregir las irregularidades que hayan dado motivo a la infracción, así como de realizar los trámites necesarios para la regularización de la obra, ante las instancias correspondientes, profesionistas de conformidad con el Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro.
ARTÍCULO 333. Se sancionará al Director Responsable de Obra, Corresponsable y propietario, poseedor o persona titular de la licencia, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda:
II. Con multa equivalente al diez por ciento del valor del inmueble de acuerdo al avalúo correspondiente que emita la Dirección de Catastro, cuando:
a) Una obra, excediendo las tolerancias previstas en este Reglamento, no coincida con el proyecto arquitectónico autorizado o diseño estructural, y
b) En un predio o en la ejecución de cualquier obra no se respeten las restricciones, afectaciones o usos autorizados, señalados en el Dictamen de Uso del Suelo, Alineamiento, Número Oficial y en las licencias correspondientes.
Lo anterior de conformidad con el Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro.
Artículo 273. El propietario o poseedor de una construcción recién ejecutada deberá acompañar a la manifestación de Terminación de obra los requisitos previstos en las cédulas de trámite correspondientes, mismas que deberán estar publicadas en la Gaceta 6 Municipal con anterioridad al ingreso de la manifestación.
DEL REGLAMENTO PARA LA SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO.
Artículo 6. Las solicitudes que la administración pública municipal reciba por medio electrónico, se considerarán presentadas en la fecha que se hubiera emitido el acuse de recibo por la misma, si la solicitud es recibida después de las 16:00 horas, se tendrá como recibido al día siguiente de haber ingresado. Producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos firmados autógrafamente, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio que las disposiciones aplicables les otorgan.
Artículo 9. La autoridad únicamente podrá requerir información o documentación cuando se encuentre fuera del archivo de las áreas Municipales, por lo que prevendrá al interesado por única ocasión al momento de recibir la solicitud junto con todos los requisitos mínimos indispensables, a fin de que subsane la omisión dentro del término que establezca la cédula de trámite correspondiente, la cual deberá estar publicada en la Gaceta Municipal con anterioridad a la fecha del requerimiento de conformidad.
Así mismo, considerar los artículos 13 y 23 del mismo ordenamiento.
Contacto
Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]
Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070
En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.
Protesta Ciudadana
Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:
Órgano Interno de Control* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.
Solicita tu Comprobante de Terminación de Obra
(Solicitud de terminación de obra)
Descripción:
Verificar por parte de la Autoridad Municipal que la obra ha sido realizada de acuerdo a los planos y la Licencia de Construcción autorizada
Código: | TR-170100-002 |
Revisión: | 31 |
Fecha de creación: | 20/DEC/2006 |
Última actualización: | 06/NOV/2024 |
Tipo: | Trámite |
Dependencia: | Secretaría de Desarrollo Urbano |
Dirección: | Dirección de Desarrollo Urbano |
Clasificación: | Uso de Suelo, Construcción e Imagen Urbana |
Tipo de trámite: | Municipal |
Dirigido a: | Propietario/a de predios, Directores/as responsables ó representantes legales. |
Vigencia del documento: | Sin Vigencia |
Beneficio del Trámite o Servicio:
Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.
Documento ó comprobante:
Terminación de Obra
En que casos se debe presentar el trámite:
Toda obra que haya terminado de construir deberá de presentar su tramite de terminación de obra
Requisitos | Original | Copias |
---|---|---|
- Solicitud elaborada, firmada por propietario y DRO (en archivo pdf). | Si | N/A |
- Un juego impreso y en archivo PDF, de fotografías a color de la obra que muestre las fachadas, todos los espacios interiores y exteriores de la construcción, elementos que puedan considerarse como relevantes o aspectos generales de la obra según sea el caso (alberca, roof garden, fuentes, muros colindantes, escaleras, tapancos, sala de maquinas, lineas de producción bodegas, oficinas, etc) . | Si | N/A |
-Previo al ingreso de la Terminación de Obra debe verificar el cumplimiento de todas y cada una de las condicionantes indicadas en la Licencia de Construcción. Presentar documentos (oficio y/o planos y/o autorización y/o etc., según sea el caso) que hayan sido condicionados en la Licencia de Construcción. | Si | N/A |
**- Licencia de Construcción incluyendo planos arquitectónicos autorizados (planos, fachadas y cortes, con sellos legibles)(En archivo pdf y formato dxf. | No | 1 |
En su caso **; 1.-Si la Licencia y planos se otorgaron en papel. 2.- Si la Licencia y planos se emitieron anterior al año 2011. | No | N/A |
Información adicional:
Críterios de Resolución
Para presentar juego de planos impresos (90 x 60 cm): 1.-Si los planos no se emitieron de forma Digital (Archivo PDF). 2.-Si el predio cuenta con una superficie mayor a 800 m2. 3.- Si la Licencia se emitió anterior al año 2011.¿Requiere inspección o verificación?
Sí
Objetivo de la inspección o verificación
Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
Notas Generales:
Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Pasos para Realizar Tramite Presencial:
-Acude al centro de atención especificado. -Preséntate en la Ventanilla de Atención. -Entrega al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. -Realiza el pago de tu trámite. -Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.
Necesidad de Agendar Cita:
No
Horarios de Atención:
8:15 a 16:15 hrs. Horario de ingreso de trámite 8:00 a 14:00 hrs.
Costos:
Formas de Pago aceptadas:
Pago en EfectivoVigencia de la Línea de Captura:
No aplicaTiempo de Respuesta:
3 dias habilesOpción de tiempo:
Tiempo de respuesta MaximoAplica afirmativa ficta:
NoFundamento Jurídico
A considerar para Directores Responsables de Obra y propietarios:
Artículos 419, 421, 423; Sección Cuarta, Código Urbano del Estado de Querétaro.
Artículos 38 al 41, 42, 43 al 198, 206, 226 al 228, 255, 261 al 264, 269, 275 fr.II, 278 al 280, 287 al 301, 323, 355 del Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro
ARTÍCULO 291. IV. Estar dado de alta en el padrón digital del Municipio de Querétaro a través del cual, en coordinación con la Dirección de Sistemas de información del Municipio de Querétaro, se inscribirán las altas y bajas conforme a los listados de profesionistas registrados que proporcionen los colegios, cámaras o barras de profesionistas de conformidad con el Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro.
ARTÍCULO 278. La Dirección podrá ordenar la demolición parcial o total de una obra que se haya realizado sin licencia o cuya licencia condicionada se haya obtenido en base al Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro mediante declaración o documentación falsa, con cargo al propietario, poseedor o responsable, independientemente de las sanciones a que pudiera haber lugar.
ARTÍCULO 330. La imposición y ejecución de las sanciones no eximirá al infractor de la obligación de corregir las irregularidades que hayan dado motivo a la infracción, así como de realizar los trámites necesarios para la regularización de la obra, ante las instancias correspondientes, profesionistas de conformidad con el Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro.
ARTÍCULO 333. Se sancionará al Director Responsable de Obra, Corresponsable y propietario, poseedor o persona titular de la licencia, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda:
II. Con multa equivalente al diez por ciento del valor del inmueble de acuerdo al avalúo correspondiente que emita la Dirección de Catastro, cuando:
a) Una obra, excediendo las tolerancias previstas en este Reglamento, no coincida con el proyecto arquitectónico autorizado o diseño estructural, y
b) En un predio o en la ejecución de cualquier obra no se respeten las restricciones, afectaciones o usos autorizados, señalados en el Dictamen de Uso del Suelo, Alineamiento, Número Oficial y en las licencias correspondientes.
Lo anterior de conformidad con el Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro.
Artículo 273. El propietario o poseedor de una construcción recién ejecutada deberá acompañar a la manifestación de Terminación de obra los requisitos previstos en las cédulas de trámite correspondientes, mismas que deberán estar publicadas en la Gaceta 6 Municipal con anterioridad al ingreso de la manifestación.
DEL REGLAMENTO PARA LA SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO.
Artículo 6. Las solicitudes que la administración pública municipal reciba por medio electrónico, se considerarán presentadas en la fecha que se hubiera emitido el acuse de recibo por la misma, si la solicitud es recibida después de las 16:00 horas, se tendrá como recibido al día siguiente de haber ingresado. Producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos firmados autógrafamente, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio que las disposiciones aplicables les otorgan.
Artículo 9. La autoridad únicamente podrá requerir información o documentación cuando se encuentre fuera del archivo de las áreas Municipales, por lo que prevendrá al interesado por única ocasión al momento de recibir la solicitud junto con todos los requisitos mínimos indispensables, a fin de que subsane la omisión dentro del término que establezca la cédula de trámite correspondiente, la cual deberá estar publicada en la Gaceta Municipal con anterioridad a la fecha del requerimiento de conformidad.
Así mismo, considerar los artículos 13 y 23 del mismo ordenamiento.
Contacto
Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]
Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070
En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.
Protesta Ciudadana
Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:
Órgano Interno de Control* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.