Descripción:
Dictaminar si es procedente o improcedente otorgar la autorización para realizar el derribo de el/los árboles que se encuentren en vía pública (banqueta) o en área común (camellón, área verdes, con fundamento en la los criterios marcados por la Norma Técnica Ambiental Estatal y el Reglamento de parques, jardines y áreas verdes del Municipio de Querétaro.
Beneficio del trámite:
Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.
Documento ó comprobante:
Oficio de respuesta.
En que casos se debe presentar el trámite:
Los criterios que deben aplicarse para determinar la ejecución de un derribo debe revisarlos en los Archivos Adjuntos de Ficha
Requisitos | Original | Copias |
---|---|---|
Formato; SOLICITUD PARA DICTAMEN Y AUTORIZACIÓN DE TALA DE ÁRBOL(ES) EN VÍA PÚBLICA O AL INERIOR DE PROPIEDAD PRIVADA | Si | 1 |
identificación oficial del promovente. INE, pasaporte, licencia para conducir vigente. | No | 1 |
3 Fotografías del árbol. (1 de árbol completo y 2 de posibles daños) | Si | N/A |
Croquis o plano de localización. | Si | N/A |
Oficio con Resolutivo de la Dirección de Ecología Municipal, si el objeto de su tramite se lo requiere. | No | 1 |
Comprobante de domicilio vigente (recibo de pago de predial, energía eléctrica, agua potable, gas natural, teléfono) | No | 1 |
Licencia de Construcción Municipal vigente (si el objeto de la solicitud es por construcción) | No | 1 |
Oficio con Resolutivo de SEDESU si el objeto del trámite se lo requiere. | No | 1 |
Información adicional:
El derribo del árbol se efectuará conforme a los criterios de evaluación del Área correspondiente. El particular podrá también solicitar un permiso para realizar por su cuenta el servicio de derribo, siempre y cuando sea procedente el dictamen del Departamento que corresponda. El particular se hará responsable de la recolección y transporte del material resultante del derribo debiendo depositar dicho material donde lo indique la Dirección. El derribo o poda de árboles en propiedad particular es responsabilidad del propietario. En caso de daños y perjuicios causados a terceros en sus bienes o en sus personas, el particular se hace responsable de los mismos en los términos de la ley correspondiente. Cuando un árbol sea derribado a solicitud de un particular, éste deberá quitar el tocón y reparar la guarnición y/o banqueta que se hubiere dañado, o bien, pagar los derechos correspondientes.
Críterios de Resolución
El solicitante tiene que ser el propietario del predio donde se encuentra el árbol, si es área común, deberá solicitarlo un ciudadano de la colonia o el representante de colonos o la Asociación de colonos.
¿Requiere inspección o verificación?
Sí
Objetivo de la inspección o verificación
Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
Todas las promociones deberán hacerse por escrito, donde se precise el nombre , la denominación o razón social de quien promueva, de su representante legal, en su caso, el domicilio para recibir notificaciones, el nombre de los autorizados para recibirlas, la petición que se formule, los hechos o razones que la motiven, el órgano administrativo al que se dirijan, el lugar y fecha de formulación; contener la firma autógrafa del interesado o de su representante legal, salvo que estén impedidos para ello o no sepan hacerlo y así lo manifiesten bajo protesta de decir verdad, en cuyo caso se imprimirá su huella digital, así como el nombre y firma de dos testigos.
Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Pasos para Realizar Tramite Presencial:
- Acude al centro de atención especificado. - Preséntate en la Ventanilla de Atención. - Entrega al encargado de la ventanilla el formato y los requisitos indicados. - Espera la resolución. Si procede el derribo: - Realiza la compensación en especie y económica de ser el caso. - Efectúa el pago del dictamen de ser el caso. - Presenta el vale de recibido de la masa vegetal en vivero, en la ventanilla donde se inició el trámite. - Acude por tu oficio de autorización en la fecha indicada.
Necesidad de Agendar Cita:
No
Horarios de Atención:
De 8:30 a 15:30 hrs.
Costos:
Con fundamento en la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal vigente
Artículo 29, fracción IV, numeral 2) incisos:
c) Dictamen técnico y de servicios para la autorización de poda mayor a partir de una altura superior a 4 metros en predios particulares, se pagará por un árbol 2.05 UMA y por cada metro adicional 0.82 UMA.
j) Los interesados para obtener la autorización en materia de derribo en vía pública, poda y restitución de vegetación en zonas urbanas y urbanizables del Municipio de Querétaro pagarán por árbol afectado, conforme a la siguiente tabla:
CATEGORÍA | CARACTERÍSTICAS | UMA |
Talla 1 | Árbol de 0.40 hasta 0.70 m de altura | 10 |
Árbol mayor de 0.70 y hasta 1.00 m de altura | 11 | |
Árbol mayor de 1.00 y hasta 1.30 m de altura | 12 | |
Talla 2 | Árbol mayor de 1.30 y hasta 2.50 m de altura | 15 |
Árbol mayor de 2.50 y hasta 3.70 m de altura | 20 | |
Árbol mayor de 3.70 y hasta 5.00 m de altura | 25 | |
Talla 3 | Árbol mayor de 5.00 y hasta 9.00 m de altura | 30 |
Árbol mayor de 9.00 y hasta 12.00 m de altura | 40 | |
Árbol mayor de 12.00 y hasta 15.00 m de altura | 50 |
Formas de Pago aceptadas:
Vigencia de la Línea de Captura:
No aplica
Tiempo de Respuesta:
De 1 a 4 meses
Opción de tiempo:
Tiempo de respuesta Promedio
Aplica afirmativa ficta:
No
Fundamento Jurídico
Código Municipal de Querétaro
Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro
ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE LA “NORMA TÉCNICA AMBIENTAL ESTATAL, EN MATERIA DE DESMONTE Y LIMPIEZA DE TERRENOS, DERRIBO, PODA, TRASPLANTE Y RESTITUCIÓN DE VEGETACIÓN EN ZONAS URBANAS Y URBANIZABLES DEL ESTADO DE QUERÉTARO (NTAE-001-QRO 2022)”.
Reglamento Interior de la Secretaría de Servicios Públicos Municipales
Reglamento de Parques, jardines y Áreas Verdes del Municipio de Querétaro
Contacto
Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]
Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070
En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.
Protesta Ciudadana
Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:
Órgano Interno de Control* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.
Solicita la Autorización para derribo de Árboles en la Vía Pública, Área Verde , camellón.
(Solicitud de Dictamen y Autorización de Derribo de Árboles en Vía Pública)
Descripción:
Dictaminar si es procedente o improcedente otorgar la autorización para realizar el derribo de el/los árboles que se encuentren en vía pública (banqueta) o en área común (camellón, área verdes, con fundamento en la los criterios marcados por la Norma Técnica Ambiental Estatal y el Reglamento de parques, jardines y áreas verdes del Municipio de Querétaro.
Código: | TR-160200-016 |
Revisión: | 15 |
Fecha de creación: | 15/JAN/2007 |
Última actualización: | 30/JAN/2024 |
Tipo: | Trámite |
Dependencia: | Secretaría de Servicios Públicos Municipales |
Dirección: | Dirección de Mantenimiento de Infraestructura |
Clasificación: | Árboles y Áreas Verdes |
Tipo de trámite: | Municipal |
Dirigido a: | Ciudadania en general. |
Vigencia del documento: | 4 meses |
Beneficio del Trámite o Servicio:
Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.
Documento ó comprobante:
Oficio de respuesta.
En que casos se debe presentar el trámite:
Los criterios que deben aplicarse para determinar la ejecución de un derribo debe revisarlos en los Archivos Adjuntos de Ficha
Requisitos | Original | Copias |
---|---|---|
Formato; SOLICITUD PARA DICTAMEN Y AUTORIZACIÓN DE TALA DE ÁRBOL(ES) EN VÍA PÚBLICA O AL INERIOR DE PROPIEDAD PRIVADA | Si | 1 |
identificación oficial del promovente. INE, pasaporte, licencia para conducir vigente. | No | 1 |
3 Fotografías del árbol. (1 de árbol completo y 2 de posibles daños) | Si | N/A |
Croquis o plano de localización. | Si | N/A |
Oficio con Resolutivo de la Dirección de Ecología Municipal, si el objeto de su tramite se lo requiere. | No | 1 |
Comprobante de domicilio vigente (recibo de pago de predial, energía eléctrica, agua potable, gas natural, teléfono) | No | 1 |
Licencia de Construcción Municipal vigente (si el objeto de la solicitud es por construcción) | No | 1 |
Oficio con Resolutivo de SEDESU si el objeto del trámite se lo requiere. | No | 1 |
Información adicional:
El derribo del árbol se efectuará conforme a los criterios de evaluación del Área correspondiente. El particular podrá también solicitar un permiso para realizar por su cuenta el servicio de derribo, siempre y cuando sea procedente el dictamen del Departamento que corresponda. El particular se hará responsable de la recolección y transporte del material resultante del derribo debiendo depositar dicho material donde lo indique la Dirección. El derribo o poda de árboles en propiedad particular es responsabilidad del propietario. En caso de daños y perjuicios causados a terceros en sus bienes o en sus personas, el particular se hace responsable de los mismos en los términos de la ley correspondiente. Cuando un árbol sea derribado a solicitud de un particular, éste deberá quitar el tocón y reparar la guarnición y/o banqueta que se hubiere dañado, o bien, pagar los derechos correspondientes.Críterios de Resolución
El solicitante tiene que ser el propietario del predio donde se encuentra el árbol, si es área común, deberá solicitarlo un ciudadano de la colonia o el representante de colonos o la Asociación de colonos.¿Requiere inspección o verificación?
Sí
Objetivo de la inspección o verificación
Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
Todas las promociones deberán hacerse por escrito, donde se precise el nombre , la denominación o razón social de quien promueva, de su representante legal, en su caso, el domicilio para recibir notificaciones, el nombre de los autorizados para recibirlas, la petición que se formule, los hechos o razones que la motiven, el órgano administrativo al que se dirijan, el lugar y fecha de formulación; contener la firma autógrafa del interesado o de su representante legal, salvo que estén impedidos para ello o no sepan hacerlo y así lo manifiesten bajo protesta de decir verdad, en cuyo caso se imprimirá su huella digital, así como el nombre y firma de dos testigos.
Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Pasos para Realizar Tramite Presencial:
- Acude al centro de atención especificado. - Preséntate en la Ventanilla de Atención. - Entrega al encargado de la ventanilla el formato y los requisitos indicados. - Espera la resolución. Si procede el derribo: - Realiza la compensación en especie y económica de ser el caso. - Efectúa el pago del dictamen de ser el caso. - Presenta el vale de recibido de la masa vegetal en vivero, en la ventanilla donde se inició el trámite. - Acude por tu oficio de autorización en la fecha indicada.
Necesidad de Agendar Cita:
No
Horarios de Atención:
De 8:30 a 15:30 hrs.
Costos:
Formas de Pago aceptadas:
Vigencia de la Línea de Captura:
No aplicaTiempo de Respuesta:
De 1 a 4 mesesOpción de tiempo:
Tiempo de respuesta PromedioAplica afirmativa ficta:
NoFundamento Jurídico
Código Municipal de Querétaro
Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro
ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE LA “NORMA TÉCNICA AMBIENTAL ESTATAL, EN MATERIA DE DESMONTE Y LIMPIEZA DE TERRENOS, DERRIBO, PODA, TRASPLANTE Y RESTITUCIÓN DE VEGETACIÓN EN ZONAS URBANAS Y URBANIZABLES DEL ESTADO DE QUERÉTARO (NTAE-001-QRO 2022)”.
Reglamento Interior de la Secretaría de Servicios Públicos Municipales
Reglamento de Parques, jardines y Áreas Verdes del Municipio de Querétaro
Documentos
Criterios para la autorización de derribo de árboles NTAE001QRO2022 | Ver | Descargar |
SOLICITUD DE DERRIBO 2024 | Ver | Descargar |
Contacto
Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]
Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070
En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.
Protesta Ciudadana
Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:
Órgano Interno de Control* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.