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Traslado de dominio por ventanilla de Gestión Catastral (Trámite Físico) (Traslado de dominio por ventanilla de Gestión Catastral (Trámite Físico))


Descripción:

Registrar en el padrón catastral los movimientos y operaciones traslativas de dominio, para su actualización, mediante los avisos de traslado de dominio presentados por los/las notarios/as públicos/as

Código:
TR-150400-020
Revisión:
8
Fecha de creación:
15/DEC/2006
Última actualización:
21/FEB/2024
Tipo:
Trámite
Dependencia:
Secretaría de Finanzas
Dirección:
Dirección de Catastro
Clasificación:
Catastro y Traslado de Dominio
Tipo de trámite:
Municipal
Dirigido a:
Notarios/as públicos/as
Vigencia del documento:
Permanente

Beneficio del trámite:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Cédula Catastral u oficio.

En que casos se debe presentar el trámite:

Cuando existan operaciones traslativas de dominio, en las cuáles se requiere cambiar el nombre de propietario, fedatario, escritura y superficie.
RequisitosOriginalCopias
Otros documentos. Se refiere al soporte de documentos de acuerdo al tipo de operación; testamento, radicación, juicio, acuerdo de cabildo, publicación en el Periódico Oficial La Sombra de Arteaga, entre otros.No2
Recibo de pago de Impuesto por Traslado de Dominio (copia) o exención de pago (original) emitida por la Dirección de Ingresos del Municipio de Querétaro.No1
Estar al corriente en el pago de impuesto predial dentro de los seis meses anteriores a la fecha de presentación del aviso de traslado de dominio. (SE VERIFICA INTERNAMENTE).No1
Avalúo Hacendario original, o en su caso copia certificada (con escrito donde se indique el motivo por el que no se presenta el original con firma autógrafa del/de la notario/a y sello original), vigente a la fecha de escrituración con fotos del predio valuado (deberá contar con firma autógrafa y sello del valuador, con folio en cada una de las hojas del mismo).SiN/A
Forma Única para trámite de Traslado de Dominio (firma autógrafa del/de la notario/a y sello original en cada una).Si2

Información adicional:

No aplica.

Críterios de Resolución

No aplica.

¿Requiere inspección o verificación?

No

Objetivo de la inspección o verificación

No Aplica

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

En operaciones anteriores al 28 de enero de 2012; el solicitante deberá presentar tres (3) avisos de traslado de dominio y dos juegos de copias de todos los documentos que conforman el expediente y se acompañan de Visto Bueno de valor en Avalúo Hacendario emitido por Valuador con registro otorgado por el Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro para pago de Impuestos sobre Traslado de Dominio (en caso de que no se haya realizado el pago).


Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

-Acude al centro de atención especificado. 
-Preséntate en la Ventanilla de Atención.
-Entrega al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. 
-Realiza el pago de tu trámite.
-Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

Lun a Vie 8:15 a 1:00 pm


Costos:

                        

Por el registro del nuevo propietario como resultado de una operación traslativa de dominio, presentada
por fedatarios públicos de la demarcación territorial fuera del Estado de Querétaro, se causará y pagará:
15.00 UMA.

 


Formas de Pago aceptadas:


                                        

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

5 dias habiles

Opción de tiempo:

Tiempo de respuesta Promedio

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

-Ley de Catastro para el Estado de Querétaro, vigente.
-Convenio de coordinación en materia de Catastro, celebrado entre Gobierno del Estado y el Municipio de Querétaro, vigente.
-Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro para el ejercicio fiscal, vigente.

-Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, vigente.


Registro de Regulaciones

Documentos

Trámite no cuenta con documentos capturados

Contacto

Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.



Traslado de dominio por ventanilla de Gestión Catastral (Trámite Físico)


(Traslado de dominio por ventanilla de Gestión Catastral (Trámite Físico))

Descripción:

Registrar en el padrón catastral los movimientos y operaciones traslativas de dominio, para su actualización, mediante los avisos de traslado de dominio presentados por los/las notarios/as públicos/as

Código: TR-150400-020
Revisión: 8
Fecha de creación: 15/DEC/2006
Última actualización: 21/FEB/2024
Tipo: Trámite
Dependencia: Secretaría de Finanzas
Dirección: Dirección de Catastro
Clasificación: Catastro y Traslado de Dominio
Tipo de trámite: Municipal
Dirigido a: Notarios/as públicos/as
Vigencia del documento: Permanente

Beneficio del Trámite o Servicio:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Cédula Catastral u oficio.

En que casos se debe presentar el trámite:

Cuando existan operaciones traslativas de dominio, en las cuáles se requiere cambiar el nombre de propietario, fedatario, escritura y superficie.
RequisitosOriginalCopias
Otros documentos. Se refiere al soporte de documentos de acuerdo al tipo de operación; testamento, radicación, juicio, acuerdo de cabildo, publicación en el Periódico Oficial La Sombra de Arteaga, entre otros.No2
Recibo de pago de Impuesto por Traslado de Dominio (copia) o exención de pago (original) emitida por la Dirección de Ingresos del Municipio de Querétaro.No1
Estar al corriente en el pago de impuesto predial dentro de los seis meses anteriores a la fecha de presentación del aviso de traslado de dominio. (SE VERIFICA INTERNAMENTE).No1
Avalúo Hacendario original, o en su caso copia certificada (con escrito donde se indique el motivo por el que no se presenta el original con firma autógrafa del/de la notario/a y sello original), vigente a la fecha de escrituración con fotos del predio valuado (deberá contar con firma autógrafa y sello del valuador, con folio en cada una de las hojas del mismo).SiN/A
Forma Única para trámite de Traslado de Dominio (firma autógrafa del/de la notario/a y sello original en cada una).Si2

Información adicional:

No aplica.

Críterios de Resolución

No aplica.

¿Requiere inspección o verificación?

No

Objetivo de la inspección o verificación

No Aplica

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

En operaciones anteriores al 28 de enero de 2012; el solicitante deberá presentar tres (3) avisos de traslado de dominio y dos juegos de copias de todos los documentos que conforman el expediente y se acompañan de Visto Bueno de valor en Avalúo Hacendario emitido por Valuador con registro otorgado por el Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro para pago de Impuestos sobre Traslado de Dominio (en caso de que no se haya realizado el pago).


Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

-Acude al centro de atención especificado. 
-Preséntate en la Ventanilla de Atención.
-Entrega al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. 
-Realiza el pago de tu trámite.
-Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

Lun a Vie 8:15 a 1:00 pm

Costos:


                                

Formas de Pago aceptadas:


Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

5 dias habiles

Opción de tiempo:

Tiempo de respuesta Promedio

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

-Ley de Catastro para el Estado de Querétaro, vigente.
-Convenio de coordinación en materia de Catastro, celebrado entre Gobierno del Estado y el Municipio de Querétaro, vigente.
-Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro para el ejercicio fiscal, vigente.

-Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, vigente.


Registro de Regulaciones

Documentos

Trámite no cuenta con documentos capturados

Contacto

Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.

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