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Viendo información de trámite

Solicita la Cancelación de Embargo (Levantamiento de Embargo)


Descripción:

Dejar a disposición del/de la Contribuyente, aquellos bienes que hayan sido embargados por Créditos Fiscales a favor del Municipio. Tratándose de embargos de bienes inmuebles que hayan sido inscritos en el Registro Público de la Propiedad y Comercio, una vez que se acredite el pago o exista una Resolución Judicial o Administrativa.

Código:
TR-150200-020
Revisión:
11
Fecha de creación:
15/DEC/2006
Última actualización:
22/SEP/2023
Tipo:
Trámite
Dependencia:
Secretaría de Finanzas
Dirección:
Dirección de Ingresos
Clasificación:
Otros Trámites
Tipo de trámite:
Municipal
Dirigido a:
Contribuyentes
Vigencia del documento:
NO APLICA

Beneficio del trámite:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Oficio de Solicitud de levantamiento de embargo dirigido a Registro Público de la Propiedad y el Comercio.

En que casos se debe presentar el trámite:

Únicamente se realiza en Embargo a bienes inmuebles inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Querétaro
RequisitosOriginalCopias
Escrito de solicitud signado por el contribuyente.Si1
Recibo de pago y/o Resolución Judicial o AdministrativaSi1
'Identificación Oficial con fotografía del/de la propietario/a de los bienes.Si1
Si comparece un representante de persona física anexar poder notarial o carta poder firmada por dos testigos, y copia de identificación oficial con fotografía de todos los que la suscriben.Si1
Si el contribuyente es una persona moral, deberá anexar copia del Acta Constitutiva y documento con el que se acredite la personalidad del Representante Legal.No1

Información adicional:

Mayores Informes: Teléfono 238-77-00 Ext. 6375

Críterios de Resolución

Que cuente con los requisitos solicitados.

¿Requiere inspección o verificación?

No

Objetivo de la inspección o verificación

No Aplica

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios


                                                                                    

Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

1.- Acudir a las Oficinas de la Dirección de Ingresos, Mezzanine Letra B 
2.- Presentar los requisitos solicitados.
3.- Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

De lunes a viernes de 8:15 a 16:15 hrs.


Costos:

                        

Gratuito


Formas de Pago aceptadas:


                                        

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

10 días hábiles

Opción de tiempo:

Tiempo de respuesta Promedio

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

  • Artículos 18 al 58 de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro.

  • Artículos 1 y 14 de la Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro para el Ejercicio Fiscal en curso.

  • Artículos 31, 33, 35, 36, 163 y 166 del Código Fiscal del Estado de Querétaro.

  • Artículos 1, 2, 3, 5, 6, 29, 44 párrafo primero, 48, párrafo primero –fracciones I, II, III, IV, VII y XXVI- 102, párrafos primero –fracción III- 105 y 146, párrafo primero y segundo –fracción I- de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.

  • Artículo 1, 2, 3, 5 párrafo primero –fracción IV-, 33, párrafo primero –fracción III- 34, párrafo primero –fracciones V, IX  y XXXIII- y 37, párrafo primero, fracciones I, II, VI, X y XXI y del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Municipio de Querétaro.


Registro de Regulaciones

Documentos

Trámite no cuenta con documentos capturados

Contacto

Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.



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(Levantamiento de Embargo)

Descripción:

Dejar a disposición del/de la Contribuyente, aquellos bienes que hayan sido embargados por Créditos Fiscales a favor del Municipio. Tratándose de embargos de bienes inmuebles que hayan sido inscritos en el Registro Público de la Propiedad y Comercio, una vez que se acredite el pago o exista una Resolución Judicial o Administrativa.

Código: TR-150200-020
Revisión: 11
Fecha de creación: 15/DEC/2006
Última actualización: 22/SEP/2023
Tipo: Trámite
Dependencia: Secretaría de Finanzas
Dirección: Dirección de Ingresos
Clasificación: Otros Trámites
Tipo de trámite: Municipal
Dirigido a: Contribuyentes
Vigencia del documento: NO APLICA

Beneficio del Trámite o Servicio:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Oficio de Solicitud de levantamiento de embargo dirigido a Registro Público de la Propiedad y el Comercio.

En que casos se debe presentar el trámite:

Únicamente se realiza en Embargo a bienes inmuebles inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Querétaro
RequisitosOriginalCopias
Escrito de solicitud signado por el contribuyente.Si1
Recibo de pago y/o Resolución Judicial o AdministrativaSi1
'Identificación Oficial con fotografía del/de la propietario/a de los bienes.Si1
Si comparece un representante de persona física anexar poder notarial o carta poder firmada por dos testigos, y copia de identificación oficial con fotografía de todos los que la suscriben.Si1
Si el contribuyente es una persona moral, deberá anexar copia del Acta Constitutiva y documento con el que se acredite la personalidad del Representante Legal.No1

Información adicional:

Mayores Informes: Teléfono 238-77-00 Ext. 6375

Críterios de Resolución

Que cuente con los requisitos solicitados.

¿Requiere inspección o verificación?

No

Objetivo de la inspección o verificación

No Aplica

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

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Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

1.- Acudir a las Oficinas de la Dirección de Ingresos, Mezzanine Letra B 
2.- Presentar los requisitos solicitados.
3.- Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

De lunes a viernes de 8:15 a 16:15 hrs.

Costos:


                                

Formas de Pago aceptadas:


Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

10 días hábiles

Opción de tiempo:

Tiempo de respuesta Promedio

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

  • Artículos 18 al 58 de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro.

  • Artículos 1 y 14 de la Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro para el Ejercicio Fiscal en curso.

  • Artículos 31, 33, 35, 36, 163 y 166 del Código Fiscal del Estado de Querétaro.

  • Artículos 1, 2, 3, 5, 6, 29, 44 párrafo primero, 48, párrafo primero –fracciones I, II, III, IV, VII y XXVI- 102, párrafos primero –fracción III- 105 y 146, párrafo primero y segundo –fracción I- de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.

  • Artículo 1, 2, 3, 5 párrafo primero –fracción IV-, 33, párrafo primero –fracción III- 34, párrafo primero –fracciones V, IX  y XXXIII- y 37, párrafo primero, fracciones I, II, VI, X y XXI y del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Municipio de Querétaro.


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Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
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En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

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* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.

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