Descripción:
Emisión de la autorización para la exhumación de un cadáver y/o restos áridos con temporalidad vencida.
Beneficio del trámite:
Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.
Documento ó comprobante:
Permiso de Exhumación Recibo Oficial de Pago
En que casos se debe presentar el trámite:
Cuando se haya vencido la temporalidad de la inhumación
Requisitos | Original | Copias |
---|---|---|
- Identificación oficial vigente del familiar más cercano del cadáver o restos áridos que se pretenden exhumar. (IFE, INE, Pasaporte, Cédula Profesional) | Si | 1 |
- Copia certificada del Acta de defunción. | Si | 1 |
Información adicional:
El presente trámite deberá ser realizado por la persona interesada o en su defecto presentando carta poder simple concedida ante 2 testigos, de los cuales se deberá presentar copia simple de su identificación oficial vigente, o bien, presentando poder notarial o consular (según sea el caso). Descargo de responsabilidad El presente documento constituye una herramienta de apoyo en la consulta sobre un determinado ordenamiento. No representa una versión oficial de su texto. De acuerdo con el artículo 3o. del Código Civil Federal y artículos 1o., 2o. y 5o. de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, la única publicación que da validez jurídica a una norma es aquella contenida en el propio Diario Oficial de la Federación y el Diario Oficial de la Entidad.
Críterios de Resolución
Los cadáveres deberán permanecer en las fosas de los panteones municipales seis años y tratándose de menores de cero a cinco años de edad, cinco años sepultados.
¿Requiere inspección o verificación?
No
Objetivo de la inspección o verificación
No Aplica
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
Este trámite deberá solicitarse en la Oficialía del Registro Civil donde se asentó el acta de defunción.
Únicamente se podrá exhumar el cadáver y/o restos áridos que no hayan cumplido su temporalidad legal, mediante autorización judicial.Los cadáveres deberán permanecer en las fosas de los panteones municipales seis años y tratándose de menores de cero a cinco años de edad, cinco años sepultados.
Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Pasos para Realizar Tramite Presencial:
-Acude al centro de atención especificado. -Preséntate en la Ventanilla de Atención. -Entrega al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. -Realiza el pago de tu trámite. -Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.
Necesidad de Agendar Cita:
No
Horarios de Atención:
Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00 hrs.
Costos:
Pago Único: (Si)
Clase única en panteones Cimatario y San Pedro Mártir (3.74 UMA)
Clase única en otros panteones (1.88 UMA)
Exhumación en campaña (1.25 UMA)
Permiso de exhumación de restos áridos con temporalidad vencida de más de 1 (un) integrante de familia, cuando exista parentesco por consanguinidad en primer grado, en línea recta y conyugue (1.88 UMA)
Las tarifas estarán vigentes al 31 de diciembre de 2023
Formas de Pago aceptadas:
Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Cheque
Pago con Tarjeta de Débito
Vigencia de la Línea de Captura:
No aplica
Tiempo de Respuesta:
30 minutos
Opción de tiempo:
Tiempo de respuesta Promedio
Aplica afirmativa ficta:
No
Fundamento Jurídico
Código Civil del Estado de Querétaro
Código Penal del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Querétaro.
Ley General de Salud en el Estado
Reglamento del Registro Civil
Ley de Ingresos del Municipio, de Querétaro
Documentos
Trámite no cuenta con documentos capturadosContacto
Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]
Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070
En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.
Protesta Ciudadana
Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:
Órgano Interno de Control* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.
Tramita la Autorización de Exhumación de Cadáveres y/o Restos Áridos
(Autorización para Exhumación de Cadáveres y/o Restos Áridos)
Descripción:
Emisión de la autorización para la exhumación de un cadáver y/o restos áridos con temporalidad vencida.
Código: | TR-140100-014 |
Revisión: | 10 |
Fecha de creación: | 15/DEC/2006 |
Última actualización: | 01/FEB/2023 |
Tipo: | Trámite |
Dependencia: | Secretaría General de Gobierno Municipal |
Dirección: | Dirección Municipal del Registro Civil |
Clasificación: | Registro Civil |
Tipo de trámite: | Municipal |
Dirigido a: | Familiares que tengan inhumados restos en los panteones municipales con temporalidad vencida. |
Vigencia del documento: | 15 días |
Beneficio del Trámite o Servicio:
Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.
Documento ó comprobante:
Permiso de Exhumación Recibo Oficial de Pago
En que casos se debe presentar el trámite:
Cuando se haya vencido la temporalidad de la inhumación
Requisitos | Original | Copias |
---|---|---|
- Identificación oficial vigente del familiar más cercano del cadáver o restos áridos que se pretenden exhumar. (IFE, INE, Pasaporte, Cédula Profesional) | Si | 1 |
- Copia certificada del Acta de defunción. | Si | 1 |
Información adicional:
El presente trámite deberá ser realizado por la persona interesada o en su defecto presentando carta poder simple concedida ante 2 testigos, de los cuales se deberá presentar copia simple de su identificación oficial vigente, o bien, presentando poder notarial o consular (según sea el caso). Descargo de responsabilidad El presente documento constituye una herramienta de apoyo en la consulta sobre un determinado ordenamiento. No representa una versión oficial de su texto. De acuerdo con el artículo 3o. del Código Civil Federal y artículos 1o., 2o. y 5o. de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, la única publicación que da validez jurídica a una norma es aquella contenida en el propio Diario Oficial de la Federación y el Diario Oficial de la Entidad.Críterios de Resolución
Los cadáveres deberán permanecer en las fosas de los panteones municipales seis años y tratándose de menores de cero a cinco años de edad, cinco años sepultados.¿Requiere inspección o verificación?
No
Objetivo de la inspección o verificación
No Aplica
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
Este trámite deberá solicitarse en la Oficialía del Registro Civil donde se asentó el acta de defunción.
Únicamente se podrá exhumar el cadáver y/o restos áridos que no hayan cumplido su temporalidad legal, mediante autorización judicial.
Los cadáveres deberán permanecer en las fosas de los panteones municipales seis años y tratándose de menores de cero a cinco años de edad, cinco años sepultados.
Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Pasos para Realizar Tramite Presencial:
-Acude al centro de atención especificado. -Preséntate en la Ventanilla de Atención. -Entrega al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. -Realiza el pago de tu trámite. -Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.
Necesidad de Agendar Cita:
No
Horarios de Atención:
Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00 hrs.
Costos:
Formas de Pago aceptadas:
Pago en EfectivoVigencia de la Línea de Captura:
No aplicaTiempo de Respuesta:
30 minutosOpción de tiempo:
Tiempo de respuesta PromedioAplica afirmativa ficta:
NoFundamento Jurídico
Código Civil del Estado de Querétaro
Código Penal del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Querétaro.
Ley General de Salud en el Estado
Reglamento del Registro Civil
Ley de Ingresos del Municipio, de Querétaro
Documentos
Trámite no cuenta con documentos capturadosContacto
Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]
Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070
En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.
Protesta Ciudadana
Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:
Órgano Interno de Control* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.