Descripción:
Realizar anotación marginal en las actas del estado civil de las personas que derivan de una corrección por errores de escritura, mecanográficos, ortográficos, númericos y otros meramente accidentales siempre y cuando resulten obvios y no afecten con su modificación los datos escenciales del acta.
Beneficio del trámite:
Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.
Documento ó comprobante:
Resolución Copia certificada del acta que se aclaró (opcional) Recibo Oficial de pago
En que casos se debe presentar el trámite:
Cuando exista un dato del acta, suceptible de modificación.
Requisitos | Original | Copias |
---|---|---|
Solicitud elaborada con firma del/de la titular del acta. | Si | 1 |
Documentos Oficiales que acrediten la procedencia de la solicitud, tales como: Fe de Bautizo, pasaporte, C.U.R.P., Acta de Matrimonio (en su caso), Certificado de estudios, Acta de nacimiento de hijos (en su caso), Acta de nacimiento de hermanos, entre otros. | Si | 2 |
Identificación Oficial del solicitante | Si | 2 |
Información adicional:
El presente trámite deberá ser realizado por el titular o bien, presentando poder notarial o consular (según sea el caso). Descargo de responsabilidad El presente documento constituye una herramienta de apoyo en la consulta sobre un determinado ordenamiento. No representa una versión oficial de su texto. De acuerdo con el artículo 3o. del Código Civil Federal y artículos 1o., 2o. y 5o. de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, la única publicación que da validez jurídica a una norma es aquella contenida en el propio Diario Oficial de la Federación y el Diario Oficial de la Entidad.
Críterios de Resolución
Cuando exista un dato del acta, suceptible de modificación.
¿Requiere inspección o verificación?
No
Objetivo de la inspección o verificación
No Aplica
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
El trámite deberá llevarse acabo en la Oficialía del Registro Civil donde se encuentre asentada el acta que se pretende modificar a través del procedimiento por aclaración administrativa.
En caso de que el/la titular del acta sea menor de edad, la solicitud deberá estar firmada por los padres o quién tenga la patria potestad, para el caso de que se pretenda aclarar acta de matrimonio la solicitud deberá estar firmada por ambos contrayentes.
Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Pasos para Realizar Tramite Presencial:
-Acude al centro de atención especificado. -Preséntate en la Ventanilla de Atención. -Entrega al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. -Realiza el pago de tu trámite. -Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.
Necesidad de Agendar Cita:
No
Horarios de Atención:
Lunes a Viernes 8:00 a 15:00 hrs.
Costos:
Pago Único: (Si)
Anotación marginal en Libro (1.5 UMA)
Las tarifas estarán vigentes al 31 de diciembre de 2023.
Formas de Pago aceptadas:
Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Tarjeta de Débito
Vigencia de la Línea de Captura:
No aplica
Tiempo de Respuesta:
3 días hábiles
Opción de tiempo:
Tiempo de respuesta Promedio
Aplica afirmativa ficta:
No
Fundamento Jurídico
Código Civil del Estado de Querétaro
Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro
Reglamento Municipal del Registro Civil
Documentos
Trámite no cuenta con documentos capturadosContacto
Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]
Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070
En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.
Protesta Ciudadana
Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:
Órgano Interno de Control* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.
Solicita tu Anotación Marginal en el Acta Derivado de una Aclaración Administrativa
(Anotación Marginal en Actas del Estado Civil, derivada de Aclaración Administrativa)
Descripción:
Realizar anotación marginal en las actas del estado civil de las personas que derivan de una corrección por errores de escritura, mecanográficos, ortográficos, númericos y otros meramente accidentales siempre y cuando resulten obvios y no afecten con su modificación los datos escenciales del acta.
Código: | TR-140100-013 |
Revisión: | 10 |
Fecha de creación: | 15/DEC/2006 |
Última actualización: | 31/JAN/2023 |
Tipo: | Trámite |
Dependencia: | Secretaría General de Gobierno Municipal |
Dirección: | Dirección Municipal del Registro Civil |
Clasificación: | Registro Civil |
Tipo de trámite: | Municipal |
Dirigido a: | Titular del acta o familiares |
Vigencia del documento: | Permanente |
Beneficio del Trámite o Servicio:
Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.
Documento ó comprobante:
Resolución Copia certificada del acta que se aclaró (opcional) Recibo Oficial de pago
En que casos se debe presentar el trámite:
Cuando exista un dato del acta, suceptible de modificación.
Requisitos | Original | Copias |
---|---|---|
Solicitud elaborada con firma del/de la titular del acta. | Si | 1 |
Documentos Oficiales que acrediten la procedencia de la solicitud, tales como: Fe de Bautizo, pasaporte, C.U.R.P., Acta de Matrimonio (en su caso), Certificado de estudios, Acta de nacimiento de hijos (en su caso), Acta de nacimiento de hermanos, entre otros. | Si | 2 |
Identificación Oficial del solicitante | Si | 2 |
Información adicional:
El presente trámite deberá ser realizado por el titular o bien, presentando poder notarial o consular (según sea el caso). Descargo de responsabilidad El presente documento constituye una herramienta de apoyo en la consulta sobre un determinado ordenamiento. No representa una versión oficial de su texto. De acuerdo con el artículo 3o. del Código Civil Federal y artículos 1o., 2o. y 5o. de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, la única publicación que da validez jurídica a una norma es aquella contenida en el propio Diario Oficial de la Federación y el Diario Oficial de la Entidad.Críterios de Resolución
Cuando exista un dato del acta, suceptible de modificación.¿Requiere inspección o verificación?
No
Objetivo de la inspección o verificación
No Aplica
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
El trámite deberá llevarse acabo en la Oficialía del Registro Civil donde se encuentre asentada el acta que se pretende modificar a través del procedimiento por aclaración administrativa.
En caso de que el/la titular del acta sea menor de edad, la solicitud deberá estar firmada por los padres o quién tenga la patria potestad, para el caso de que se pretenda aclarar acta de matrimonio la solicitud deberá estar firmada por ambos contrayentes.
Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Pasos para Realizar Tramite Presencial:
-Acude al centro de atención especificado. -Preséntate en la Ventanilla de Atención. -Entrega al encargado de la ventanilla los requisitos indicados. -Realiza el pago de tu trámite. -Espera la resolución y acude por tu respuesta en la fecha indicada.
Necesidad de Agendar Cita:
No
Horarios de Atención:
Lunes a Viernes 8:00 a 15:00 hrs.
Costos:
Formas de Pago aceptadas:
Pago en EfectivoVigencia de la Línea de Captura:
No aplicaTiempo de Respuesta:
3 días hábilesOpción de tiempo:
Tiempo de respuesta PromedioAplica afirmativa ficta:
NoFundamento Jurídico
Código Civil del Estado de Querétaro
Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro
Reglamento Municipal del Registro Civil
Documentos
Trámite no cuenta con documentos capturadosContacto
Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]
Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070
En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.
Protesta Ciudadana
Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:
Órgano Interno de Control* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.