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Viendo información de trámite

Inscribe el Acta de Divorcio Administrativo (Divorcio Administrativo)


Descripción:

Es la Inscripción en el Libro correspondiente de la disolución del Vinculo Matrimonial de dos personas que por voluntad propia convengan en divorciarse.

Código:
TR-140100-007
Revisión:
11
Fecha de creación:
15/DEC/2006
Última actualización:
25/JAN/2024
Tipo:
Trámite
Dependencia:
Secretaría General de Gobierno Municipal
Dirección:
Dirección Municipal del Registro Civil
Clasificación:
Registro Civil
Tipo de trámite:
Municipal
Dirigido a:
Promoventes que pretenden disolver el vínculo matrimonial.
Vigencia del documento:
Permanente

Beneficio del trámite:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Acta de Divorcio Administrativo
Recibo Oficial de Pago

En que casos se debe presentar el trámite:

Cuando los interesados en comun acuerdo pretenden disolver el vinculo matrimonial
RequisitosOriginalCopias
-Solicitud de Divorcio Administrativo fundada y motivada, dirigida al/o la C. Oficial del Registro Civil. manifestando Nombre de los Cónyuges, último domicilio conyugal, Domicilio para oír y recibir notificciones, Regimen Conyugal, no haber procreados hijos ni estar en cinta así como liquidación de bienes.Si1
- Acta de Matrimonio Primigenia y/o copia certificadaSi1
- Actas de Nacimientos de los promoventes.Si1
- Identificación oficial vigente de los promoventes y de dos testigos mayores de edad, los cuales deberán estar presentes en la fecha de ratificación e inscripción del Acta respectiva. (IFE, INE, Cédula Profesional o Pasaporte)Si1
- Análisis clínicos de no gravidez (15 días naturales de vigencia a partir de su expedición, el cuál deberá estar vigente a la fecha de ratificación del divorcio).SiN/A
-Si los/las testigos son extranjeros/as presentarán Pasaporte vigenteSi1
TRATANDOSE DE DIVORCIO ENTRE UN NACIONAL Y UN EXTRANJERO (MATRIMONIO CELEBRADO EN MEXICO): - Acta de nacimiento de la persona extranjera apostillada o legalizada según el país de origen y traducida al español por perito/a oficial autorizado/a.- Pasaporte vigente.Si1
*Clave C.U.R.P. de los divorciantes y comprobante de domicilio que tenga una temporalidad no mayor a tres meses antes del trámite. En el caso de algún divorciante sea extranjero(a) que tenga credencial de residencia temporal o permanente, ofrecer la clave CURP otorgada por el Instituto Nacional de Migración.NoN/A
*Clave C.U.R.P. de los testigos.NoN/A

Información adicional:

El presente trámite deberá ser realizado por el titular o bien, presentando poder notarial o consular (según sea el caso).

Descargo de responsabilidad

El presente documento constituye una herramienta de apoyo en la consulta sobre un determinado ordenamiento. No representa una versión oficial de su texto.

De acuerdo con el artículo 3o. del Código Civil Federal y artículos 1o., 2o. y 5o. de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, la única publicación que da validez jurídica a una norma es aquella contenida en el propio Diario Oficial de la Federación y el Diario Oficial de la Entidad.

Críterios de Resolución

Cuando los consortes convengan en divorciarse y sean mayores de edad, no tengan hijos, ni la mujer esté encinta, así como el haber liquidado la comunidad de bienes, en su caso.

¿Requiere inspección o verificación?

No

Objetivo de la inspección o verificación

No Aplica

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

  • Para la elaboración de la solicitud puede acudir al Bufete jurídico de la Delegación Municipal que corresponda a su domicilio.
  • Los promoventes deben comparecer personalmente de manera conjunta ante el/la Oficial del Registro Civil presentando los requisitos.
  • Acudir a la Oficialía del Registro Civil ubicada en la Delegación Municipal correspondiente al último domicilio conyugal o en la oficialía donde se inscribió el acta de matrimonio.
  • En caso de que el Régimen sea Sociedad Conyugal, deberán tramitar el divorcio vía judicial.
  • No haber procreado hijos/as.
  • Tratándose de divorcio entre un/a nacional y un/a extranjero/a y el matrimonio se haya celebrado en otro país, procederá vía judicial.
  • No se reciben documentos alterados, rotos, con tachaduras ni con enmendaduras

Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

-Acude a la oficialía correspondiente. 
-Preséntate en la mesa de Atención.
-Entrega al encargado de la mesa los requisitos indicados. 
-Realiza el pago de tu trámite.
-Acude a ratificar tu decisión en la fecha indicada y recibe el acta correspondiente.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00 hrs.


Costos:

                        Pago Único: (SI)

Costo: (93.75 UMA)

Las tarifas estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023.


Formas de Pago aceptadas:

 Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Tarjeta de Débito

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

15 días

Opción de tiempo:

Tiempo de respuesta Promedio

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

Código Civil del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Querétaro.
Ley de Ingresos del Municipio, de Querétaro
Reglamento Municipal del Registro Civil
Ley de la Unidad de Medida y Actualización del Estado de Querétaro
Código Civil Federal
Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales


Registro de Regulaciones

Documentos

Trámite no cuenta con documentos capturados

Contacto

Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.



Inscribe el Acta de Divorcio Administrativo


(Divorcio Administrativo)

Descripción:

Es la Inscripción en el Libro correspondiente de la disolución del Vinculo Matrimonial de dos personas que por voluntad propia convengan en divorciarse.

Código: TR-140100-007
Revisión: 11
Fecha de creación: 15/DEC/2006
Última actualización: 25/JAN/2024
Tipo: Trámite
Dependencia: Secretaría General de Gobierno Municipal
Dirección: Dirección Municipal del Registro Civil
Clasificación: Registro Civil
Tipo de trámite: Municipal
Dirigido a: Promoventes que pretenden disolver el vínculo matrimonial.
Vigencia del documento: Permanente

Beneficio del Trámite o Servicio:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Acta de Divorcio Administrativo
Recibo Oficial de Pago

En que casos se debe presentar el trámite:

Cuando los interesados en comun acuerdo pretenden disolver el vinculo matrimonial
RequisitosOriginalCopias
-Solicitud de Divorcio Administrativo fundada y motivada, dirigida al/o la C. Oficial del Registro Civil. manifestando Nombre de los Cónyuges, último domicilio conyugal, Domicilio para oír y recibir notificciones, Regimen Conyugal, no haber procreados hijos ni estar en cinta así como liquidación de bienes.Si1
- Acta de Matrimonio Primigenia y/o copia certificadaSi1
- Actas de Nacimientos de los promoventes.Si1
- Identificación oficial vigente de los promoventes y de dos testigos mayores de edad, los cuales deberán estar presentes en la fecha de ratificación e inscripción del Acta respectiva. (IFE, INE, Cédula Profesional o Pasaporte)Si1
- Análisis clínicos de no gravidez (15 días naturales de vigencia a partir de su expedición, el cuál deberá estar vigente a la fecha de ratificación del divorcio).SiN/A
-Si los/las testigos son extranjeros/as presentarán Pasaporte vigenteSi1
TRATANDOSE DE DIVORCIO ENTRE UN NACIONAL Y UN EXTRANJERO (MATRIMONIO CELEBRADO EN MEXICO): - Acta de nacimiento de la persona extranjera apostillada o legalizada según el país de origen y traducida al español por perito/a oficial autorizado/a.- Pasaporte vigente.Si1
*Clave C.U.R.P. de los divorciantes y comprobante de domicilio que tenga una temporalidad no mayor a tres meses antes del trámite. En el caso de algún divorciante sea extranjero(a) que tenga credencial de residencia temporal o permanente, ofrecer la clave CURP otorgada por el Instituto Nacional de Migración.NoN/A
*Clave C.U.R.P. de los testigos.NoN/A

Información adicional:

El presente trámite deberá ser realizado por el titular o bien, presentando poder notarial o consular (según sea el caso). Descargo de responsabilidad El presente documento constituye una herramienta de apoyo en la consulta sobre un determinado ordenamiento. No representa una versión oficial de su texto. De acuerdo con el artículo 3o. del Código Civil Federal y artículos 1o., 2o. y 5o. de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, la única publicación que da validez jurídica a una norma es aquella contenida en el propio Diario Oficial de la Federación y el Diario Oficial de la Entidad.

Críterios de Resolución

Cuando los consortes convengan en divorciarse y sean mayores de edad, no tengan hijos, ni la mujer esté encinta, así como el haber liquidado la comunidad de bienes, en su caso.

¿Requiere inspección o verificación?

No

Objetivo de la inspección o verificación

No Aplica

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

  • Para la elaboración de la solicitud puede acudir al Bufete jurídico de la Delegación Municipal que corresponda a su domicilio.
  • Los promoventes deben comparecer personalmente de manera conjunta ante el/la Oficial del Registro Civil presentando los requisitos.
  • Acudir a la Oficialía del Registro Civil ubicada en la Delegación Municipal correspondiente al último domicilio conyugal o en la oficialía donde se inscribió el acta de matrimonio.
  • En caso de que el Régimen sea Sociedad Conyugal, deberán tramitar el divorcio vía judicial.
  • No haber procreado hijos/as.
  • Tratándose de divorcio entre un/a nacional y un/a extranjero/a y el matrimonio se haya celebrado en otro país, procederá vía judicial.
  • No se reciben documentos alterados, rotos, con tachaduras ni con enmendaduras

Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

-Acude a la oficialía correspondiente. 
-Preséntate en la mesa de Atención.
-Entrega al encargado de la mesa los requisitos indicados. 
-Realiza el pago de tu trámite.
-Acude a ratificar tu decisión en la fecha indicada y recibe el acta correspondiente.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00 hrs.

Costos:


                                

Formas de Pago aceptadas:

Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Tarjeta de Débito

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

15 días

Opción de tiempo:

Tiempo de respuesta Promedio

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

Código Civil del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Querétaro.
Ley de Ingresos del Municipio, de Querétaro
Reglamento Municipal del Registro Civil
Ley de la Unidad de Medida y Actualización del Estado de Querétaro
Código Civil Federal
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Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.

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