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Viendo información de trámite

Tramita el Acta de Defunción (Inscripción de Defunción)


Descripción:

Realizar la Inscripción del fallecimiento de una persona en los libros del Registro Civil en la que se determine el destino del cadáver inhumación o cremación

Código:
TR-140100-003
Revisión:
11
Fecha de creación:
15/DEC/2006
Última actualización:
30/JAN/2024
Tipo:
Trámite
Dependencia:
Secretaría General de Gobierno Municipal
Dirección:
Dirección Municipal del Registro Civil
Clasificación:
Registro Civil
Tipo de trámite:
Municipal
Dirigido a:
Familiares del finado/a
Vigencia del documento:
Permanente

Beneficio del trámite:

Acreditar el fallecimiento de una persona

Documento ó comprobante:

Acta de Defunción
Recibo Oficial de Pago
Permiso: de Inhumación o de Cremación o de Traslado de Cadáver, según sea el caso

En que casos se debe presentar el trámite:

Cuando se de el fallecimiento de una persona
RequisitosOriginalCopias
-Certificado de DefunciónSi1
-Identificación oficial vigente con fotografía del declarante, preferentemente familiar directo y dos testigos que les conste el hechoSi1
-Oficio de la Fiscalía (en caso de haber sido muerte violenta o de que la causa de la muerte sea de traumatismo ocurrido en su domicilio)Si1
-Acta de Nacimiento y/o Matrimonio (en su caso)Si1
EN CASO DE QUE EL CUERPO PROVENGA DE OTRO MUNICIPIO O ESTADO (INTERNACIÓN):NoN/A
Presentar Original de Acta de DefunciónSi1
Permiso de Traslado del Registro Civil y de la Dirección de Fomento y Regulación Sanitaria. ubicada en Melchor Ocampo 19 Sur, Col. Centro. Después de las 14:00 horas en el Hospital General (Tel 2124355, 2121087)Si1
EN CASO DE QUE EL CUERPO PROVENGA DEL EXTRANJERO: Deberán presentar la documentación legalizada o apostillada por el país de origen y traducidos al español por perito oficial autorizada.Si1
-Si los/las testigos son extranjeros/as presentarán: Pasaporte vigente.Si1
*Clave C.U.R.P. del finado, (en caso de estar casado) de su cónyuge, de los padres del finado.NoN/A
CURP del finadoSi1

Información adicional:

Al momento de realizar la inscripción del Acta de Defunción, se especificará por parte del declarante el destino final del cadáver, tramitando los permisos correspondientes ante la oficialía de Registro Civil.

Para el  Registro de Defunción fuera de los Horarios Establecidos se atenderá: en la Oficialía 01 Centro Histórico  de Lunes a Viernes de 16:00 a 22:30, Sábados y Domingo de 8:00 a 22:30 horas y En Oficialías de otras Delegaciones Sábado de 9:00 a 12:30

Críterios de Resolución

Es necesario contar con Acta de Defunción para dar certeza jurídica

¿Requiere inspección o verificación?

No

Objetivo de la inspección o verificación

No Aplica

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

  • Acudir a la Delegación Municipal que corresponda al domicilio donde ocurrió el fallecimiento.
  • En caso de que el cuerpo provenga de otro Municipio o Estado (internación) presentar original del acta de defunción, permiso de traslado del Registro Civil y de la Dirección de Fomento y Regulación Sanitaria.
  • En caso de que el cuerpo provenga del extranjero deberán presentar la documentación legalizada o apostillada por el país de origen y traducidos al español por perito/a oficial autorizado/a.

Para Registro de Defunción fuera de los Horarios Establecidos: en la Oficialía 01 Centro Histórico de Lunes a Viernes de 16:00 a 22:30, Sábados y Domingo de 8:00 a 22:30 horas

Toda la documentación deberá de estar actualizada.

El presente trámite deberá ser realizado por el  familiar directo o persona legalmente facultada, en su caso por un tercero presentando carta poder o poder consular (según sea el caso).

 

Descargo de responsabilidad

 

El presente documento constituye una herramienta de apoyo en la consulta sobre un determinado ordenamiento. No representa una versión oficial de su texto.

 

De acuerdo con el artículo 3o. del Código Civil Federal y artículos 1o., 2o. y 5o. de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, la única publicación que da validez jurídica a una norma es aquella contenida en el propio Diario Oficial de la Federación y el Diario Oficial de la Entidad.

 


Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

-Acude a la Oficialía de tu preferencia. 
-Preséntate en la mesa de Atención.
-Entrega al encargado de la mesa los requisitos indicados. 
-Realiza el pago de tu trámite.
-Regresa a la mesa de atención a firmar las actas
- Espera la entrega del acta.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

Lunes  a Viernes de 8:00 a 15:00


Costos:

                        Pago Único: (Si)

 

Asentamiento de Acta de Defunción en día hábil

(1.25 UMA's)

Asentamiento de Acta de Defunción en día inhábil

(3.75 UMA's)

Asentamiento de Acta de Defunción de Recién Nacido Muerto

(1.25 UMA's)

 

 

 

 

 

Destino del cadáver:

Inhumación: la temporalidad en los panteones municipales es de 6 años y tratándose de menores de cero a   quince años de edad, es de 5 años (Art. 67 del Reglamento de la Ley General de Salud CSDOTCSH).

Permiso de Inhumación:

 

Panteón  Cimatario

(31.19 UMA)

Panteón San Pedro Mártir

(18.72 UMA)

Panteón Hércules

(3.74 UMA)

Panteón Santa Rosa Jáuregui

(18.72 UMA)

Panteón Mompani

(18.72 UMA)

Panteón Pintillo, Buena Vista o Jofre(1.88 UMA)

Panteón Particular

(9.98 UMA)

Reinhumación de restos áridos o cenizas en caso de contar con perpetuidad

(18.91 UMA)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Todos los permisos estarán sujetos a disponibilidad de cupo en el panteón correspondiente.

 

Cremación:

Permiso de cremación:

 

De cadáveres, restos áridos y/o extremidades

(2.74 UMA's)

De producto de la concepción siempre y cuando sea mayor de 8 semanas de gestación y pese menos de 500 grs.

(2.62 UMA's)

 

 

 

 

 

 

Traslado: Fuera del Estado o País, presentar permiso expedido por la Dirección de Fomento y Regulación Sanitaria ubicada en Melchor Ocampo 19 Sur, Centro, Teléfono: 442 212-43-55/212-10-87 y después de las 14:00     hrs. en el Hospital General.

Permiso de Traslado:

*De Cadáver dentro del Estado:   (5.61 UMA)

*De Cadáver fuera del Estado:    (9.35 UMA)

*De restos áridos, cenizas y/o extremidades dentro y fuera del Estado: (1.25 UMA)

 

Nota: Las tarifas estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2024.

 


Formas de Pago aceptadas:

 Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Tarjeta de Débito

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

30 minutos

Opción de tiempo:

Tiempo de respuesta Promedio

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

Código Civil del Estado de Querétaro.
Código Penal del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Querétaro.
Ley General de Salud en el Estado
Reglamento Municipal del Registro Civil
Ley de Ingresos del Municipio, de Querétaro
Ley de Hacienda del Estado de Querétaro

Ley de la Unidad de Medida y Actualización del Estado de Querétaro


Registro de Regulaciones

Documentos

Trámite no cuenta con documentos capturados

Contacto

Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.



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(Inscripción de Defunción)

Descripción:

Realizar la Inscripción del fallecimiento de una persona en los libros del Registro Civil en la que se determine el destino del cadáver inhumación o cremación

Código: TR-140100-003
Revisión: 11
Fecha de creación: 15/DEC/2006
Última actualización: 30/JAN/2024
Tipo: Trámite
Dependencia: Secretaría General de Gobierno Municipal
Dirección: Dirección Municipal del Registro Civil
Clasificación: Registro Civil
Tipo de trámite: Municipal
Dirigido a: Familiares del finado/a
Vigencia del documento: Permanente

Beneficio del Trámite o Servicio:

Acreditar el fallecimiento de una persona

Documento ó comprobante:

Acta de Defunción
Recibo Oficial de Pago
Permiso: de Inhumación o de Cremación o de Traslado de Cadáver, según sea el caso

En que casos se debe presentar el trámite:

Cuando se de el fallecimiento de una persona
RequisitosOriginalCopias
-Certificado de DefunciónSi1
-Identificación oficial vigente con fotografía del declarante, preferentemente familiar directo y dos testigos que les conste el hechoSi1
-Oficio de la Fiscalía (en caso de haber sido muerte violenta o de que la causa de la muerte sea de traumatismo ocurrido en su domicilio)Si1
-Acta de Nacimiento y/o Matrimonio (en su caso)Si1
EN CASO DE QUE EL CUERPO PROVENGA DE OTRO MUNICIPIO O ESTADO (INTERNACIÓN):NoN/A
Presentar Original de Acta de DefunciónSi1
Permiso de Traslado del Registro Civil y de la Dirección de Fomento y Regulación Sanitaria. ubicada en Melchor Ocampo 19 Sur, Col. Centro. Después de las 14:00 horas en el Hospital General (Tel 2124355, 2121087)Si1
EN CASO DE QUE EL CUERPO PROVENGA DEL EXTRANJERO: Deberán presentar la documentación legalizada o apostillada por el país de origen y traducidos al español por perito oficial autorizada.Si1
-Si los/las testigos son extranjeros/as presentarán: Pasaporte vigente.Si1
*Clave C.U.R.P. del finado, (en caso de estar casado) de su cónyuge, de los padres del finado.NoN/A
CURP del finadoSi1

Información adicional:

Al momento de realizar la inscripción del Acta de Defunción, se especificará por parte del declarante el destino final del cadáver, tramitando los permisos correspondientes ante la oficialía de Registro Civil. Para el Registro de Defunción fuera de los Horarios Establecidos se atenderá: en la Oficialía 01 Centro Histórico de Lunes a Viernes de 16:00 a 22:30, Sábados y Domingo de 8:00 a 22:30 horas y En Oficialías de otras Delegaciones Sábado de 9:00 a 12:30

Críterios de Resolución

Es necesario contar con Acta de Defunción para dar certeza jurídica

¿Requiere inspección o verificación?

No

Objetivo de la inspección o verificación

No Aplica

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

  • Acudir a la Delegación Municipal que corresponda al domicilio donde ocurrió el fallecimiento.
  • En caso de que el cuerpo provenga de otro Municipio o Estado (internación) presentar original del acta de defunción, permiso de traslado del Registro Civil y de la Dirección de Fomento y Regulación Sanitaria.
  • En caso de que el cuerpo provenga del extranjero deberán presentar la documentación legalizada o apostillada por el país de origen y traducidos al español por perito/a oficial autorizado/a.

Para Registro de Defunción fuera de los Horarios Establecidos: en la Oficialía 01 Centro Histórico de Lunes a Viernes de 16:00 a 22:30, Sábados y Domingo de 8:00 a 22:30 horas

Toda la documentación deberá de estar actualizada.

El presente trámite deberá ser realizado por el  familiar directo o persona legalmente facultada, en su caso por un tercero presentando carta poder o poder consular (según sea el caso).

 

Descargo de responsabilidad

 

El presente documento constituye una herramienta de apoyo en la consulta sobre un determinado ordenamiento. No representa una versión oficial de su texto.

 

De acuerdo con el artículo 3o. del Código Civil Federal y artículos 1o., 2o. y 5o. de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, la única publicación que da validez jurídica a una norma es aquella contenida en el propio Diario Oficial de la Federación y el Diario Oficial de la Entidad.

 


Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

-Acude a la Oficialía de tu preferencia. 
-Preséntate en la mesa de Atención.
-Entrega al encargado de la mesa los requisitos indicados. 
-Realiza el pago de tu trámite.
-Regresa a la mesa de atención a firmar las actas
- Espera la entrega del acta.

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

Lunes  a Viernes de 8:00 a 15:00

Costos:


                                

Formas de Pago aceptadas:

Pago en Efectivo
Pago con Tarjeta de Crédito
Pago con Tarjeta de Débito

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

30 minutos

Opción de tiempo:

Tiempo de respuesta Promedio

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

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Código Penal del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Querétaro.
Ley General de Salud en el Estado
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Ley de Hacienda del Estado de Querétaro

Ley de la Unidad de Medida y Actualización del Estado de Querétaro


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Documentos

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Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

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Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

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