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Tramita la Recepción de áreas de donación de condominios (Recepción de áreas de donación de condominios)


Descripción:

Recepción de áreas de donación de condominios. Cuando los/las Fraccionadores/as construyen deben donar al Municipio un 10% del área de construcción y que ésta tenga beneficios al Municipio.

Código:
TR-130400-014
Revisión:
2
Fecha de creación:
13/NOV/2006
Última actualización:
16/APR/2012
Tipo:
Trámite
Dependencia:
Secretaría del Ayuntamiento
Dirección:
Dirección de Asuntos Inmobiliarios
Clasificación:
Predios Municipales
Tipo de trámite:
Municipal
Dirigido a:
Fraccionadores/as
Vigencia del documento:
Variable

Beneficio del trámite:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Certificación de Acuerdo de Cabildo y Oficios de Notificación de Trámites Internos
RequisitosOriginalCopias
Solicitud de Autorización dirigido al/a la Secretario/a del Ayuntamiento.Si1
- Copia certificada que acredite la propiedad del predio y el documento que acredite la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.No1
- Acreditar la personalidad jurídica del/de la solicitante, en caso de representar a alguna persona física o moral presentar original y copia certificada del poder que otorga la representación.Si1
- Deslinde Catastral referenciado a las coordenadas UTM.Si0
- Ubicación de las Áreas de Donación.Si0
- Certificado de Libertad de Gravámenes.Si0

Información adicional:

 

Críterios de Resolución

 

¿Requiere inspección o verificación?

No

Objetivo de la inspección o verificación

No Aplica

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

La vigencia del documento que se emite con este trámite será conforme al cumplimiento de las obligaciones establecidas en los Acuerdos de Cabildo.


Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

No cuenta con pasos capturados

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

 


Costos:

                        

Gratuito


Formas de Pago aceptadas:


                                            

Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

90 dias naturales

Opción de tiempo:

Tiempo de respuesta Promedio

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

Art. 115, fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Art. 78, 79, 83 y 88, de la Constitución Política del Estado de Querétaro
Art. 9º, de la Ley General de Asentamientos Humanos
Art. 30 y 38, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro
Art. 1º, 14, 16, 17, 82, 92, 99, 100, 101, 106, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 140, 141, 143, 144, 145, 147 y 152, del Código Urbano para el Estado de Querétaro
Art. 22, 23, 25, 28 y 34 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Querétaro.


Registro de Regulaciones

Documentos

Trámite no cuenta con documentos capturados

Contacto

Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.



Tramita la Recepción de áreas de donación de condominios


(Recepción de áreas de donación de condominios)

Descripción:

Recepción de áreas de donación de condominios. Cuando los/las Fraccionadores/as construyen deben donar al Municipio un 10% del área de construcción y que ésta tenga beneficios al Municipio.

Código: TR-130400-014
Revisión: 2
Fecha de creación: 13/NOV/2006
Última actualización: 16/APR/2012
Tipo: Trámite
Dependencia: Secretaría del Ayuntamiento
Dirección: Dirección de Asuntos Inmobiliarios
Clasificación: Predios Municipales
Tipo de trámite: Municipal
Dirigido a: Fraccionadores/as
Vigencia del documento: Variable

Beneficio del Trámite o Servicio:

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.

Documento ó comprobante:

Certificación de Acuerdo de Cabildo y Oficios de Notificación de Trámites Internos
RequisitosOriginalCopias
Solicitud de Autorización dirigido al/a la Secretario/a del Ayuntamiento.Si1
- Copia certificada que acredite la propiedad del predio y el documento que acredite la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.No1
- Acreditar la personalidad jurídica del/de la solicitante, en caso de representar a alguna persona física o moral presentar original y copia certificada del poder que otorga la representación.Si1
- Deslinde Catastral referenciado a las coordenadas UTM.Si0
- Ubicación de las Áreas de Donación.Si0
- Certificado de Libertad de Gravámenes.Si0

Información adicional:


Críterios de Resolución


¿Requiere inspección o verificación?

No

Objetivo de la inspección o verificación

No Aplica

Registro de Inspectores Registro de Inspecciones

Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:

Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.

Complemento Comentarios

La vigencia del documento que se emite con este trámite será conforme al cumplimiento de las obligaciones establecidas en los Acuerdos de Cabildo.


Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:

El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.

Pasos para Realizar Tramite Presencial:

No cuenta con pasos capturados

Necesidad de Agendar Cita:

No

Horarios de Atención:

 

Costos:


                                

Formas de Pago aceptadas:


Vigencia de la Línea de Captura:

No aplica

Tiempo de Respuesta:

90 dias naturales

Opción de tiempo:

Tiempo de respuesta Promedio

Aplica afirmativa ficta:

No

Fundamento Jurídico

Art. 115, fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Art. 78, 79, 83 y 88, de la Constitución Política del Estado de Querétaro
Art. 9º, de la Ley General de Asentamientos Humanos
Art. 30 y 38, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro
Art. 1º, 14, 16, 17, 82, 92, 99, 100, 101, 106, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 140, 141, 143, 144, 145, 147 y 152, del Código Urbano para el Estado de Querétaro
Art. 22, 23, 25, 28 y 34 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Querétaro.


Registro de Regulaciones

Documentos

Trámite no cuenta con documentos capturados

Contacto

Blvd. Bernardo Quintana 10000
Col. Centro Sur, Santiago de Querétaro, Qro. C.P. 76090
Horario: Lunes a Viernes 8:00 a 16:00 hrs
Correo: [email protected]

Teléfono: 01(442) 238 77 00
Atención Ciudadana 070

En caso de que por parte de la dependencia responsable del trámite o servicio se haya incumplido con lo establecido en esta Cédula de Trámite, puedes acceder al mecanismo de Protesta Ciudadana.

Protesta Ciudadana

Autoridad responsable para Quejas y Denuncias:

Órgano Interno de Control

* La información contenida en esta Cédula de Trámite, así como su actualización, es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.

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